Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2012 (08/09/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

474149

Viceministerio de Industria y un representante del Viceministerio de Pesqueria; y representantes del Instituto MORDAZA del Peru. Asimismo, el articulo 3° de la indicada Resolucion Suprema, dispone que la designacion de los representantes se efectuara mediante resolucion del Titular, en el plazo de cinco (5) dias habiles siguientes de publicada esta; Que, el articulo 1° de la Resolucion Ministerial N° 3452012 del 23 de MORDAZA de 2012, senala que el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, es un Organismo Publico Tecnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Produccion; Que, en tal sentido, resulta pertinente designar a los representantes titulares y alternos del Ministerio de la Produccion e Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial indicado en el primer considerando; Con los vistos del Despacho Viceministerial de Pesqueria, Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; la Resolucion Ministerial N° 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, el Decreto Legislativo Nº 95 que aprueba la Ley del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE; y, la Resolucion Ministerial N° 345-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del IMARPE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar a la senora Luz MORDAZA Pisua MORDAZA y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes titulares del Despacho Viceministerial de Pesqueria y Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Produccion, respectivamente, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial de caracter temporal adscrito al Ministerio del Ambiente, creado mediante Resolucion Suprema N° 004-2012-MINAM. Articulo 2°.- Designar al senor Ronaldo MORDAZA Gallo Gallo y a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes alternos del Despacho Viceministerial de Pesqueria y Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Produccion, respectivamente, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial de caracter temporal, adscrito al Ministerio del Ambiente, creado mediante Resolucion Suprema N° 004-2012-MINAM. Articulo 3°.- Designar a la senora Sulma MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes titular y alterno del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, respectivamente, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial de caracter temporal, adscrito al Ministerio del Ambiente, creado mediante Resolucion Suprema N° 004-2012-MINAM. Articulo 4°.- Comuniquese la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General de Calidad Ambiental del Viceministerio de Gestion Ambiental del Ministerio del Ambiente, que actua como Secretaria Tecnica del Grupo de Trabajo Multisectorial creado por Resolucion Suprema N° 004-2012-MINAM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 838095-1

Peru ­ IMARPE; el Informe N° 001-2012-PRODUCE/ DGP-Diropa del 06 de setiembre de 2012 de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero. CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, el articulo 9º de la citada Ley, establece que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determinara, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; ademas, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2003PRODUCE, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con el proposito de lograr su recuperacion en el mediano plazo, para el aprovechamiento sostenido de dicho recurso y de su fauna acompanante, teniendo en cuenta sus caracteristicas biologicas y poblacionales, considerando los principios de pesca responsable, la conservacion del medio ambiente y la biodiversidad; Que, a traves de la Resolucion Ministerial N° 4152011-PRODUCE de fecha 29 de diciembre de 2011, modificada por la Resolucion Ministerial N° 3212012-PRODUCE, establece el Regimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) correspondiente al ano 2012, en el MORDAZA del cual se autoriza la actividad extractiva del recurso desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2012 en el area maritima comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 06° 00' LS, determinandose el Limite MORDAZA de Captura Total Permisible (LMCTP) en veinticinco mil ochocientas (25,800) toneladas, cuya cantidad debera ser extraida durante el Regimen Provisional de Pesca autorizado; Que, el articulo 18° de la precitada Resolucion Ministerial dispone que el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, debera informar al Ministerio de la Produccion los resultados de las evaluaciones y seguimiento de la pesqueria de merluza, recomendando de ser el caso, las medidas de ordenamiento pesquero; Que, el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE mediante el Oficio de Vistos, remitio el informe "Regimen Provisional de Pesca de Merluza, con enfasis en el aspecto reproductivo", en el cual se resumen y analizan los principales aspectos biologicos y pesqueros de la actividad extractiva de la merluza en el periodo del 1 de enero al 15 de agosto de 2012, con especial enfasis en las capturas, areas de pesca, estructura de tallas de las capturas y el avance del MORDAZA reproductivo de la especie; Que, el Informe MORDAZA citado indica entre otros que: (i) en el periodo del 1 de enero al 15 de agosto de 2012, el desembarque de merluza proveniente de la flota industrial arrastrera (EAC y EAME) fue de 16,760 toneladas, habiendo operado 23 embarcaciones pesqueras desde el reinicio de la actividad extractiva (3 de MORDAZA al 15 de agosto); (ii) la captura total de la flota se estimo en 17,129 toneladas, de los cuales el 97.8% fue merluza Merluccius gayi peruanus, seguido por jaiva MORDAZA Mursia gaidichaudii (0.3%), lenguado de ojo grande Hippoglossina macrops (0.3%), jaiva colorada Cancer porteri (0.2%), entre otros; (iii) las capturas de merluza presentaron un rango de tallas entre 12 y 70 cm de longitud total (LT), con talla media de 30.9 cm, y predominio de grupo modal de 29 cm; (iv) los indicadores reproductivos de la poblacion de merluza tales como: actividad reproductiva (AR) e

Establecen la MORDAZA reproductiva del recurso merluza en area maritima
RESOLUCION MINISTERIAL N° 407-2012-PRODUCE MORDAZA, 06 de setiembre de 2012 VISTOS: El Oficio Nº PCD-100-333-2012-PRODUCE/ IMP del 21 de agosto de 2012 del Instituto MORDAZA del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.