Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2012 (08/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES
VISTO:

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CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29332, se creo el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal, con el objeto de incentivar a los Gobiernos Locales a mejorar los niveles de recaudacion de los tributos municipales, la ejecucion del gasto en inversion y la reduccion de los indices de desnutricion cronica infantil a nivel nacional; Que, a traves de la Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, se incorporo en el articulo 1º, parrafo 1.1 de la Ley Nº 29332 y su modificatoria, como parte de los objetivos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal, la simplificacion de tramites, la mejora en la provision de servicios publicos y la prevencion de riesgos. Asimismo, dispone que el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal se denomine, en adelante, "Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal", entre otros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2012, el cual dispone en su articulo 6º que las Municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Plan de Incentivos. Asimismo, en el anexo N° 04 de dicha MORDAZA se establecen las metas que deben cumplir las municipalidades al 31 de diciembre del ano 2012, las cuales de acuerdo al numeral 8.1 del articulo 8º de la mencionada MORDAZA, seran evaluadas por la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal e) del articulo 4º de la Ley Nº 28411, es atribucion de la Direccion General de Presupuesto Publico promover el perfeccionamiento permanente de la tecnica presupuestaria; Que, en ese sentido, resulta pertinente aprobar los lineamientos especificos que deberan seguir las Municipalidades para el cumplimiento de cada una de las Metas en el MORDAZA del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal para el ano 2012; En uso de las facultades conferidas en el articulo 13º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, los articulos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el articulo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Instructivos para el cumplimiento de las Metas en el MORDAZA del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal para el ano 2012, correspondientes a las Metas 17 al 31, establecidas en el Anexo Nº 04 del Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, los mismos que forman parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, los Instructivos aprobados por el articulo 1º de la presente Resolucion, se publican en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: www.mef.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NAMIHAS Director General Direccion General de Presupuesto Publico 838645-1

El Oficio Nº 072-2012 MINEDU/COSUSINEACEIPEBA de 25 de MORDAZA del 2012, que remite el Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica y Tecnico Productiva. CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28740, establece que el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa (SINEACE), tiene por finalidad garantizar a la sociedad que las instituciones educativas publicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, el articulo 44° de la Ley N° 29158, Organica del Poder Ejecutivo, concordante con lo dispuesto en los articulos 8° y 9° de la Ley N° 28740, establece que el Consejo Superior del SINEACE, es el Ente Rector con autoridad tecnico-normativa para dictar las normas y establecer los procedimientos en el ambito del sistema; Que, el articulo 20° del Reglamento de la referida Ley N° 28740, del SINEACE, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2007-ED, faculta al Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica y Tecnico Productiva (IPEBA) a aprobar las normas de certificacion de competencias profesionales o laborales para su ambito de competencias; Que, mediante Acuerdo N° 038-2010, de la Sesion N° 022/COSUSINEACE de 13 de octubre del 2010, el Consejo Superior del SINEACE dispuso la ratificacion de los Acuerdos de Directorio de los organos operadores que aprueben normas o establezcan procedimientos, a fin de formalizarlos mediante resolucion del SINEACE; a tal efecto, se establecio que se requiere contar con acuerdo aprobatorio del Directorio del organo operador; el informe de la Secretaria Tecnica y el acuerdo expreso del Consejo Superior; Que, mediante Acuerdo Nº 346-2012, de la Sesion N° 113 de 14 de junio del 2012, el Directorio del IPEBA aprobo las "Normas de Competencia del Carpintero Industrial de MYPES", elaboradas y propuestas por la Direccion de Evaluacion y Certificacion (DEC) del IPEBA mediante Informe Nº 20-DEC-IPEBA-2012; Que, con arreglo a las consideraciones establecidas en su Acuerdo N° 038-2010, el Consejo Superior del SINEACE, a traves del Acuerdo N° 106-2012, de la Sesion Nº 039-2012 de 20 de agosto del 2012, acordo oficializar las "Normas de Competencia del Carpintero Industrial de MYPES", aprobadas mediante Acuerdo N° 346-2012 del Directorio del IPEBA; Que, en Sesion Nº 25, Acuerdo Nº 007-2011, el Consejo Superior del SINEACE MORDAZA como su Presidenta a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidenta de Directorio del IPEBA; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED, la Ley N° 29158, del Poder Ejecutivo; y, estando a lo opinado en el Informe N° 0402012-COSUSINEACE/ST. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Oficializar las "Normas de Competencia del Carpintero Industrial de MYPES", aprobadas por el Directorio del Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Basica y Tecnico Productiva - IPEBA mediante Acuerdo N° 346-2012, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- Publicar las "Normas de Competencia del Carpintero Industrial de MYPES" aprobadas, en el MORDAZA institucional del Consejo Superior del SINEACE: www. sineace.gob.pe, en la misma fecha en que sea publicada esta resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3°.- Encargar al Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad

EDUCACION
Oficializan las "Normas de Competencia del Carpintero Industrial de MYPES"
RESOLUCION Nº 042-2012-SINEACE/P MORDAZA, 22 de agosto de 2012

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