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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (08/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de setiembre de 2012 474142 Que, en adición a ello, el artículo 10º de la precitada norma, precisa los supuestos específi cos en que deben publicarse las demás disposiciones legales, tales como resoluciones administrativas o similares de interés general y de observancia obligatoria; Que, en ese contexto, resulta pertinente emitir una resolución con el objeto de garantizar, a partir de la fecha, la publicación en el diario ofi cial “El Peruano” de todas las resoluciones ministeriales expedidas por este Sector y que sean de interés general, en observancia de los dispositivos legales anteriormente descritos; Que, de igual forma, es necesario disponer medidas orientadas a la publicidad de las resoluciones ministeriales que, aun cuando no requieran ser publicadas en diario ofi cial “El Peruano”, debido a su naturaleza particular, resulte indispensable su difusión institucional, como mecanismo de transparencia en la gestión de este Ministerio; con excepción de los supuestos de información clasifi cada contenidos en el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; De conformidad con el artículo 9º de la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, concordante con el artículo 8º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-DE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer, a partir de la fecha, que los órganos y organismos del Sector Defensa incluyan en los proyectos de Resolución Ministerial que elaboran, la referencia expresa a la publicación de la norma, cuando el contenido o naturaleza de las referidas propuestas sea de interés general, a fi n de viabilizar su aprobación y garantizar su publicación en el diario ofi cial “El Peruano”, en observancia del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Artículo 2º.- Disponer, a partir de la fecha, que las resoluciones ministeriales no comprendidas en el artículo precedente, sean difundidas, inmediatamente después de su aprobación, a través del Portal institucional del Ministerio de Defensa, como mecanismo de transparencia de la gestión, con excepción de aquéllas que, por su naturaleza, no puedan ser publicadas por encontrarse inmersas en alguno de los supuestos que contempla el artículo 15º, 16º y 17º del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 838099-2 Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1003-2012-DE/SG Lima, 7 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 675 del 16 de agosto de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 1736-2012-MINDEF/VPD/B/01.a del 10 de agosto de 2012, la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el personal militar antes señalado, ingresará a territorio de la República, del 10 al 17 de setiembre de 2012, a fi n de participar en un pre-despliegue de estudio de sitio para un entrenamiento conjunto de intercambio combinado, en las ciudades de Lima, Callao, Iquitos y Pucallpa; Que, el Artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, del personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 10 al 17 de setiembre de 2012, a fi n que participen en un pre-despliegue de estudio de sitio para un entrenamiento conjunto de intercambio combinado, en las ciudades de Lima, Callao, Iquitos y Pucallpa. 1. Técnico Supervisor Maestro Rob GALVEZ 2. Técnico Supervisor Maestro Rob RHEAUME 3. Técnico Tercero Justin BEEBE 4. Técnico Tercero Brad RUMBAUGH 5. Técnico Tercero Mike TAYLOR Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el Artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 838549-1 Designan Secretaria V del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1004-2012-DE/SG Lima, 7 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2011 DE se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, sobre la base de lo previsto por la Ley N° 29605 “Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa”; Que, por Resolución Ministerial N° 306-2011 DE/ SG del 31 de marzo de 2011, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Defensa, en el cual se prevé, como cargo de confi anza, el cargo estructural de Secretaria V de la unidad orgánica Despacho Ministerial del Ministerio de Defensa; Que, conforme a lo prescrito por el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento