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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (13/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de setiembre de 2012 474403 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Autorizan realización del “II Matrimonio Civil Comunitario - 2012” ORDENANZA Nº 271-2012/MDI Independencia, 15 de agosto del 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 089-2012-RC-GSG/MDI, Informe Nº 834-2012-GAL/ MDI, Informe Nº 262-2012-SGPCG-GPPR/MDI, sobre Celebración del II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL AÑO 2012. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º reconoce a las Municipalidades Distritales su calidad de Órganos de Gobierno Local autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo señalado en el Artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, el artículo 4º de la Constitución Política del Perú señala, que la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad. Que, la Ley Nº 28542 “Ley de Fortalecimiento de la Familia” cuyo objeto es promover y fortalecer el desarrollo de la familia como fundamento de la sociedad y espacio fundamental para el desarrollo integral del ser humano basándose en el respeto de los derechos fundamentales, señalándose entre una de sus acciones la de promover medidas para que las uniones de hecho puedan formalizar su situación legal mediante el matrimonio. Que, de conformidad con el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales a través de las Ordenanzas crean, modifi can suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por la Ley. Que, los derechos de pago de trámite de Matrimonio Civil, así como los requisitos a presentarse, se encuentran establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Independencia, aprobado mediante Ordenanza Nº117-MDI de fecha 22 de Marzo del 2006 y ratifi cado con Acuerdo de Concejo Nº 202-MML. Que, el artículo 9º numeral 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal, crear, modifi car, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos conforme a Ley. Que, es competencia de los Gobiernos Locales, administrar, organizar y ejecutar los programas locales que coadyuven al desarrollo y bienestar de la población de acuerdo a lo regulado en el artículo 73º numeral 6.2 de la Ley orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, mediante informe de vistos el área de Registro Civil, propone la realización del “II Matrimonio Civil Comunitario 2012”, el cual se llevará a cabo el día sábado 17 de noviembre del 2012, como una de las actividades por el 52º aniversario del poblamiento de Pampa de Cueva - distrito Independencia. Que, la Gerencia de Asesoría Leal, mediante informe Nº 834-2012-GAL/MDI, señala que las Municipalidades tienen la potestad de establecer exoneraciones de las tasas aprobadas mediante sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos, conforme a las normas pertinentes de nuestro ordenamiento jurídico; por tal razón resulta procedente la aprobación de la reducción del pago de la tasa por derecho de trámite para la realización del matrimonio comunitario. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 numeral 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal de Independencia, por UNANIMIDAD aprobó lo siguiente: ORDENANZA AUTORIZAR LA REALIZACIÓN DEL “II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO – 2012” A REALIZARSE EL 17 DE NOVIEMBRE DEL 2012 Y ESTABLECER REDUCCIÓN DE PAGO POR DERECHO DE TRÁMITE Artículo Primero.- AUTORIZAR, la realización del “II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL AÑO 2012”, a realizarse el día SÁBADO 17 DE NOVIEMBRE DE 2012, en frontis de la Plaza de Armas de Independencia, como marco de las actividades a desarrollarse por el 52º Aniversario del poblamiento de “Pampa de Cueva”. Artículo Segundo.- ESTABLECER la reducción del pago por derecho de trámite de Matrimonio Civil, estableciéndose como pago por este concepto; la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos soles). Artículo Tercero.- DISPONER que salvo la reducción del pago establecido en la cláusula precedente; los contrayentes deberán cumplir los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Independencia. Artículo Cuarto.- ESTABLECER, como fecha límite de presentación de documentos para el “II Matrimonio Civil Comunitario 2012”, el día miércoles 14 de noviembre de 2012, exonerándose del pago de la tasa correspondiente, a los que cumplan con los requisitos de Ley. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Área de Registro Civil, Sub Gerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Desarrollo Social, Sub Gerencia de Participación Vecinal y la Gerencia de Administración y Finanzas, su cumplimiento y; a la Secretaria General, su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 840136-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Modifican la Ordenanza Nº 451-MDMM, que regula el procedimiento de canje de deuda ORDENANZA Nº 512-MDMM Magdalena, 29 de agosto de 2012 ORDENANZA QUE MODIFICA ORDENANZA Nº 451-MDMM QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE CANJE DE DEUDA EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 17 de la fecha, y; VISTO: El Informe Nº 619-2012-GAJ/MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;