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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (13/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de setiembre de 2012 474389 del Programa, a realizarse del 14 de setiembre al 15 de diciembre del presente año en México DF, México; Que, la participación de los pasantes de la Contraloría General de la República en la fase presencial del Programa de Pasantía les permitirá adquirir los conocimientos y metodologías sobre la práctica de auditorías de desempeño, temática de interés institucional al haberse previsto su implementación como parte del proceso de transformación institucional, con la fi nalidad de promover la economía, la efi cacia, la efi ciencia y la efectividad de la gestión y políticas públicas en benefi cio de los ciudadanos; Que, asimismo, para el cumplimiento de los objetivos estratégicos de la Contraloría General de la República resulta necesario incorporar las mejores prácticas de gestión y control empleadas a nivel internacional, constituyendo la capacitación prevista una experiencia orientada a fortalecer las capacidades en la Contraloría General; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los fi nes institucionales, autorizar por excepción, el viaje en comisión de servicios de los profesionales: Eduardo Carlos Dionisio Astuhuamán y Sandra Mónica Oré Fuentes Rivera, del Departamento de Medio Ambiente y Cultura de la Contraloría General de la República, para asistir a la Fase Presencial del Programa “Pasantía sobre la Práctica de Auditoría de Desempeño en la Auditoría Superior de la Federación de México” que se desarrollará del 14 de setiembre al 15 de diciembre de 2012 en la ciudad de México DF, México; Que, los gastos que irrogue la comisión de servicios antes mencionada serán fi nanciados de acuerdo al detalle siguiente: los pasajes aéreos serán cubiertos por la OLACEFS, el hospedaje a cargo de la Cooperación Alemana GIZ, y la alimentación y movilidad con cargo a los recursos del Pliego 019 de la Contraloría General de la República; De conformidad con las facultades conferidas por los artículos 32° y 33° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República - Ley Nº 27785, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 - Ley N° 29812, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y, la Resolución de Contraloría N° 302-2012-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de los profesionales: Eduardo Carlos Dionisio Astuhuamán y Sandra Mónica Oré Fuentes Rivera, del Departamento de Medio Ambiente y Cultura de la Contraloría General de la República, a la ciudad de México DF, México, del 13 de setiembre al 16 de diciembre de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos de pasajes aéreos y hospedaje serán cubiertos por la OLACEFS y la Cooperación Alemana GIZ, respectivamente; siendo los costos de alimentación y movilidad con cargo a los recursos del Pliego 019 de la Contraloría General de la República, asignándole a cada profesional US $ 60.00 por cada día de la pasantía. Artículo Tercero.- Los citados profesionales presentarán al Despacho Contralor, dentro de los quince días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios, un informe sobre los resultados del Programa adjuntando los materiales técnicos obtenidos, con copia al Departamento de Cooperación Técnica; así como, brindarán aportes al Proyecto “Diseño e implementación de la Auditoría del Desempeño” de la Contraloría General y participarán en actividades de capacitación en dicha materia en la Escuela Nacional de Control. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSWALDO YUPANQUI ALVARADO Vicecontralor General de la República Contralor General de la República (e) 840636-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Disponen inscribir a la Universidad Señor de Sipán en el Registro Electoral de Encuestadoras RESOLUCIÓN Nº 0636-2012-JNE Expediente Nº J-2012-00751 Lima, seis de julio de dos mil doce. VISTA la solicitud de inscripción en el Registro Electoral de Encuestadoras, presentada por Wilson Arístides Jiménez Herrera, en calidad de gerente general de la Universidad Señor de Sipán. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo con la Constitución Política y la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, el Jurado Nacional de Elecciones tiene la función de fi scalizar la legalidad del proceso electoral y velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral. Para ello, mantiene el Registro Electoral de Encuestadoras y vela por el estricto cumplimiento de las normas sobre la materia. 2. En ese sentido, mediante la Resolución Nº 5011- 2010-JNE, de fecha 28 de diciembre de 2010, se aprobó el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, documento en el que se reglamenta el procedimiento de inscripción de todas aquellas personas, jurídicas o naturales, que pretendan realizar encuestas y proyecciones sobre intención de voto, así como lo referente a la publicación, difusión y al procedimiento de sanción de las mismas. 3. Respecto al trámite de inscripción de personas jurídicas al Registro Electoral de Encuestadoras, el artículo 6 del reglamento antes mencionado establece entre sus requisitos que con la solicitud de inscripción debe anexarse el testimonio de la escritura pública de constitución social de la empresa inscrita en los Registros Públicos, en el que conste, como parte del objeto social, la realización de encuestas o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intención de voto, así como de acreditarse a un profesional en Economía o especialista en Estadística para llevar a cabo las encuestas. 4. En la medida que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos antes precisados, corresponde otorgar la inscripción en el Registro Electoral de Encuestadoras a la Universidad Señor de Sipán S.A.C., quien a través de su unidad de producción, denominada Centro de Opinión Pública (COP-USS), tendrá a cargo la realización de encuestas, sondeos de opinión o proyecciones de voto, para lo cual se le deberá asignar un número de registro y abrir la partida correspondiente. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- INSCRIBIR en el Registro Electoral de Encuestadoras a la Universidad Señor de Sipán, la que deberá sujetar su actividad a las reglas establecidas en las normas electorales respectivas. Artículo Segundo.- ABRIR la partida correspondiente para que dicha universidad realice encuestas, sondeos de opinión o proyecciones de voto, y asignarle como código de identifi cación el Registro Nº 0224-REE/JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 816163-1