NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (22/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de setiembre de 2012 474997 VERT. COORDENADAS UTM ESTE NORTE 1 393141.5658 8489696.7292 2 393727.0552 8489690.3632 3 393727.3265 8488268.7636 COORDENADAS UTM DATUM: Horizontal WGS 84, Vertical Nivel Medio del Mar Zona Sur: 18 Esferoide Internacional Que, en mérito a lo establecido en el Acuerdo Nº 050-2012-MPP, la extensión del predio a inscribir para el Proyecto de Relleno Sanitario que se ubicará en el Sector Cabeza de Toro, del Distrito de Independencia, Provincia de Pisco, Departamento de Ica, es de 41.6178 hás; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 20º, inciso 6), concordante con el Artículo 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Con la visación de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Nº 089-2012-MPP de fecha 12 de Marzo del 2012, por haber variado la extensión del terreno para el Proyecto de Relleno Sanitario. Artículo Segundo.- Disponer la Primera Inscripción de Dominio a favor de la Municipalidad Provincial de Pisco del predio ubicado en el Sector Cabeza de Toro del Distrito de Independencia, Provincia de Pisco, Departamento de Ica, con una extensión de 41.6178 has. Para el proyecto de Relleno Sanitario, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Gerencia de Secretaria General, efectúe las publicaciones en el Diario Ofi cial El Peruano, Página Web de la institución y otro medio de circulación regional, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 130-2011-EF, procedimiento que deberá realizarse previo a la inscripción del predio en la Zona Registral XI – Sede Ica; Ofi cina Registral de Pisco. Regístrese, comuníquese y archívese. JESUS ECHEGARAY NIETO Alcalde 844436-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA Aprueban Reglamento de la Prestación del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado en el distrito ORDENANZA Nº 006-2012-MDSM Santa María, 26 de junio del 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de Santa María de fecha 26 de Junio del 2012, con dispensa de aprobación del Acta; VISTOS: El Informe Nº 0033-2012-SG/MDSM mediante el cual la Secretaría General remite el proyecto de Ordenanza que Reglamenta la Prestación del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado en el Distrito de Santa María; El Informe Legal Nº 0112-2012-AL-MDSM, a través del cual el Asesor Jurídico remite su opinión legal respecto a la referida Ordenanza; El Dictamen Nº 01-2012 de la Comisión Permanente de Servicios Públicos, donde se recomienda la aprobación de la Ordenanza que Reglamenta la Prestación del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado en el Distrito de Santa María y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley Nº 28607, señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al Artículo IV de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, de acuerdo al Artículo 9º de la citada ley, corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales; Que, mediante Informe Legal Nº 0112-2012-AL-MDSM la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina favorablemente sobre el proyecto de Ordenanza materia de la presente normativa; Que, en atención a lo establecido en el artículo 9, numeral 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 29792, son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos. Por otra parte el Artículo 40º del mismo cuerpo Normativo, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la Estructura Normativa Municipal; En uso de las facultades que confi ere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el pleno del Concejo Municipal de Santa María en Sesión Ordinaria del día 26 de junio de 2012, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL DISTRITO DE SANTA MARIA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de la Prestación del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado en el Distrito de Santa María, el mismo que consta de VII Capítulos, 25 Artículos y Una Disposición Final y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub-Gerencia de Administración y Finanzas, Sub-Gerencia de Servicios Públicos, y demás áreas administrativas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Imagen Institucional la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en el diario de mayor circulación regional así como la difusión en la página Web de la Municipalidad, de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ESTABLECER que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Sexto.- DEROGAR toda normatividad que contravenga la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS GARCIA ROMERO Alcalde 844464-1