Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2012 (22/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de setiembre de 2012

adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdiccion este Gobierno Regional, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento del inc. j) del art. 35º de la Ley 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, art. 10º y 62º de la Ley Nº 27687 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el MORDAZA parrafo del art. 9 de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales ­ Ley Nº 29151, establece que los Gobiernos Regionales, respecto de los bienes de propiedad del Estado bajo su administracion, en cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutaran los actos previstos en el art. 35 inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion y el art. 62 de la Ley Nº 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el art. 18 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA, que regula la competencia exclusiva de los gobiernos regionales, para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado dentro de su jurisdiccion, incluyendo aquellos que cuenten con edificaciones; Que, segun el documento del visto, el administrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita otorgamiento de terreno eriazo de libre disponibilidad de un area de 10.000 HAS denominado CHACUPE, del distrito de LA MORDAZA, Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, terreno no inscrito en el Registro de Propiedad Inmueble de Chiclayo, por lo que sin perjuicio de merituar en su oportunidad esta peticion, es necesario previamente iniciar el procedimiento de inscripcion de primera de dominio a nombre del Estado del predio MORDAZA citado; Que, con fecha 27 de enero del 2012, se procedio a efectuar la inspeccion ocular del terreno denominado CHACUPE, ubicada en el distrito de La MORDAZA, Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, a cargo del Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA e Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, constatandose que las coordenadas o vertices del predio coinciden con el plano de ubicacionperimetrico y memoria descriptiva presentados por el administrado, disponiendose por lo tanto la elaboracion de la memoria descriptiva y plano de ubicacion-perimetrico en coordenadas UTM de la Division de Administracion de Terrenos y Patrimonio Fiscal de conformidad con el Certificado de Busqueda Catastral Nº 2011 ­ 125937 a merito del Informe Tecnico Registral Nº 7666-2011/Z.R. Nº II/OC-CIII de fecha 22 de noviembre del 2011, otorgado por la Oficina Registral de Chiclayo, concluyendo que los mencionados terrenos no estan inscritos en el Registro de Predios, y no constituyen propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas, por lo que son de dominio del Estado conforme lo establece el articulo 23 de la Ley Nº 29151, al senalar textualmente " que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no son de propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas son de dominio del Estado", cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y en esta jurisdiccion regional al Gobierno Regional MORDAZA, corresponde en consecuencia tramitar la primera inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002-SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002-SBN , modificada por la Directiva Nº 003-2004-SBN, que regulan el tramite de inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Estando al Informe Nº 035-2012-GR.LAMB/ORADDIATPF, con las visaciones correspondientes y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 35º inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion, el art. 62º de la Ley Nº 27687 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, Resolucion Ministerial Nº 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 26 de MORDAZA del 2006, Resolucion de Gerencia General Regional Nº 094-2005-GR.LAMB/GGR, modificada por Resolucion Gerencial General Regional Nº 096-2005-GR.LAMB/ GGR y Resolucion Presidencial Nº 255-2008-GR. LAMB/PR de fecha 08 de MORDAZA del 2008 y Ordenanza Regional Nº 009-2011-GR.LAMB/CR de fecha 29 de MORDAZA del 2011, que aprueba la actualizacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ R.O.F. del Gobierno Regional Lambayeque.

Articulo Primero.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno ERIAZO ubicado en el distrito de la MORDAZA, Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, denominado "CHACUPE" con un area de 9.5589 Has, segun el plano de ubicacion ­ perimetrico en coordenadas UTM de marzo del 2012 y memoria descriptiva de fecha 13 de junio del 2012, que sustentan la presente Resolucion, teniendo las siguientes medidas perimetricas y colindancias que se detallan a continuacion: Por el Norte: Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea recta, entre los vertices 2-3, con una longitud total de 369.94 metros lineales. Por el Este: Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea quebrada de dos tramos, entre los vertices 3 al 5, con una longitud total de 439.83 metros lineales. Por el Sur: Colinda con terreno eriazo del Estado, en posesion de terceros, en linea quebrada, de tres tramos entre los vertices 5 al 8, con una longitud total de 200.28 metros lineales. Por el Oeste: Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea quebrada de cuatro tramos, entre los vertices 8 al 2 con una longitud de 382.20 metros lineales. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº II Sede CHICLAYO de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA, del terreno descrito en el articulo primero de la presente resolucion en el Registro de Predios de CHICLAYO. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Regional Oficina Regional de Administracion 844167-1 RESOLUCION JEFATURAL REGIONAL Nº 249-2012-GR.LAMB/ORAD Chiclayo, 21 de junio de 2012 Visto: Las solicitudes del administrador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de fechas 28 de noviembre del 2011 (Registro Nº 147031, 01 de febrero (Reg. Nº 231647) y 21 de MORDAZA del 2012 (Registro Nº 370367). CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes de Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley 29151- Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 0072008- VIVIENDA; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA es competente para inmatricular, administrar y adjudicar terrenos urbanos y erizados de Propiedad del Estado en su jurisdiccion con excepcion de los terrenos de propiedad municipal conforme lo establece del inc. j) del art. 35º de la Ley 27783- Ley de Bases de Descentralizacion y el art. 62º de la Ley Nº 27687- Ley Organica de Gobiernos Regionales, Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 429-2006EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006, se comunico que el 06 de marzo del 2006 el Ministerio de Economia y Finanzas y el Presidente de Gobierno Regional de MORDAZA suscribieron el Acta de Entrega y Recepcion mediante el cual se formalizo la transferencia de competencias para administrar y adjudicar

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