NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (22/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 77
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de setiembre de 2012 474995 Que, en concordancia con las recomendaciones, convenciones y declaraciones de carácter Internacional, aprobada y suscritas por el Estado Peruano entre las que tenemos: La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Recomendación General Nº 19º del 11º Grupo de Sesiones de la ONU, Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (Resolución de la Asamblea General 48/104 del 20 de Diciembre de 1993 de la ONU, Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belem do Pará” (1984). Que, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2009- MIMDES, en el Plan Nacional Contra la Violencia Hacia la Mujer 2009-2015, se determina la continuidad a la política y acciones del estado en materia de erradicación de la violencia hacia la mujer, que establece el PNCVHM: Violencia familiar, feminicidio, violación sexual trata de mujeres, hostigamiento sexual y homofobia a través de la búsqueda del logro de sus objetivos estratégicos. Que, la violencia contra la mujer, los niños, las niñas, los adolescentes, los adultos y los adultos mayores, de acuerdo a informes nacionales e internacionales, es uno de los problemas más severos que se padecen en el país y en particular, en el distrito de Villa El Salvador, la misma que es afrontada a lo largo de todo el ciclo de vida de las personas afectadas y en cada espacio donde desarrollan su vida, constituyéndose en un fl agelo que impide el desarrollo social de la Comunidad. Que, considerando las estadísticas nacionales registran que el 42% de las mujeres sufre violencia física por parte de la pareja y 70 de cada 100 mujeres ha sufrido violencia familiar, cada minuto 2 mujeres víctimas de violencia y 12 mujeres mueren al mes-feminicidio y el 80.2% de víctimas de violencia no acuden a denunciar los hechos de violencia. Asimismo en la Región Lima, se ha verifi cado que la problemática de violencia contra la mujer, los niños, las niñas y los adolescentes en las familias y en los espacios públicos persiste con amparo y complicidad social; Que, según los registros ofi ciales del Centro Emergencia Mujer de Villa El Salvador se atendió el año 2011 a un total de 1325 casos de Violencia Familiar y Sexual, de los cuales el 86 % son mujeres y el 14% son varones. Del total de personas atendidas en el CEM 288 fueron por maltrato infantil (0-17 años), 147 de violencia sexual a niños y adolescentes (0-17 años), 811 de violencia familiar a adultos (18-59 años), 22 de violencia sexual a adulto (19-58 años) y 57 de maltrato a adulto mayor. Que, es necesario fortalecer el rol Comunitario a través del apoyo de todos los organismos que tienen presencia en una determinada zona o comunidad, realizando actividades para sensibilizar a la población, promoviendo la toma de conciencia sobre la problemática; la magnitud y los efectos nefastos que genera la violencia sobre todo en los niños, niñas, adolescentes y mujeres. Estando a lo expuesto y de conformidad al artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente Ordenanza. ORDENANZA QUE INCORPORA EN LA AGENDA DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR, ESTRATEGIAS DE ATENCIÓN Y PREVENCIÓN A LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER, VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL Artículo Primero.- RECONOCER como una problemática que merece urgente atención a la violencia hacia la mujer, violencia familiar y sexual contra mujeres, niños, niñas y adolescentes. Así mismo, reafi rmar las fechas emblemáticas como el día Internacional de la Mujer (8 de marzo) y el día Internacional de la no Violencia contra la Mujer (25 de noviembre) en el distrito de Villa El Salvador. Artículo Segundo.- INCORPORAR como líneas estratégicas de las políticas locales prioritarias en el desarrollo social de la comunidad la Prevención de la Violencia hacia la Mujer, violencia familiar y sexual, en sus diversas manifestaciones. Artículo Tercero.- INCORPORAR en la agenda del Gobierno Local estrategias de atención y prevención de violencia hacia la mujer, violencia familiar y sexual, para la reducción y erradicación de la problemática desde una intervención de política local. La Municipalidad de Villa El Salvador a través del Programa de Promoción de la Mujer e Igualdad de Oportunidades Impulsará la elaboración del Plan Distrital Contra la Violencia Hacia la Mujer, para ello se conformará un Equipo Técnico integrada por la Municipalidad de Villa El Salvador a través del Programa de Promoción de la Mujer e Igualdad de Oportunidades, Instituciones Públicas y Privadas involucrados en el tema para formular, diseñar e implementar el plan, a fi n de que se incorpore en los instrumentos de gestión de la municipalidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Programa de Promoción de la Mujer e Igualdad de Oportunidades articular acciones con el Ministerio de Mujer y Poblaciones Vulnerables a través del Centro Emergencia Mujer y espacios de concertación promovidos por el Gobierno Local, quienes a su vez apoyarán en las estrategias de atención y prevención a desarrollar, orientada a disminuir la violencia familiar y sexual, de acuerdo al compromiso adquirido. Artículo Quinto.- PROMOVER el compromiso de las Instituciones Públicas y Privadas y la Sociedad Civil para su incorporación en sus Planes Operativos anuales, a fi n de coadyuvar al éxito de la aplicación de las estrategias que prevengan y atiendan a las víctimas de violencia hacia la mujer, violencia familiar y sexual en el Distrito de Villa El Salvador de la Provincia de Lima a través de una acción articulada y concertada. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal en coordinación con los demás Órganos y Gerencias de esta Municipalidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza, y al Programa de Promoción de la Mujer e Igualdad de Oportunidades. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 843995-2 Prorrogan plazo para acogerse a beneficio para el pago de multas administrativas impuestas hasta el año 2011 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 028-2012-ALC/MVES Villa El Salvador, 20 de setiembre del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTO: El Informe Nº 219-2012-GR/MVES, de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, ésta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 023-2012- ALC/MVES, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano 08 de agosto de 2012, se prorrogó hasta el 22 de setiembre de 2012, el plazo para acogerse al Benefi cio para el Pago de las Multas Administrativas impuestas hasta el año 2011, otorgadas mediante Ordenanza Nº 253-MVES;