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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (22/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de setiembre de 2012 474993 Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 844178-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Crean la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana en el distrito ORDENANZA Nº 256-MVES Villa El Salvador, 12 de setiembre del 2012 POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de Villa El Salvador, en Sesión Ordinaria de la fecha, visto el Proyecto de Ordenanza que crea la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana en el Distrito de Villa El Salvador; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 3.1 del Artículo 85º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es competencia exclusiva de las Municipalidades Distritales en materia de Seguridad Ciudadana establecer y organizar un servicio de Serenazgo cuando lo crea conveniente, de acuerdo a las normas establecidas por la Municipalidad Provincial respectiva; Que, corresponde al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al Numeral 4) del artículo 200º de nuestra Carta Magna; Que, asimismo el artículo 40º del precitado cuerpo normativo, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal. Mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, en nuestro distrito a diario se reciben quejas de los vecinos de: asaltos, robos, violaciones y estragos con la vida humana de las personas, que es obligación del Estado defender y cautelar los derechos de la persona humana y que el Gobierno Local es representante del Estado dentro de su jurisdicción y no cuenta con una norma de protección a la Comunidad y a la Sociedad; Que, en el Distrito de Villa El Salvador se hace necesario implementar medidas destinadas a proteger el derecho a la seguridad que tiene el vecino del distrito, con la creación e implementación del Sistema de Serenazgo, como servicio público local en materia de seguridad ciudadana en apoyo a la labor que vienen realizando las Juntas Vecinales; Que, es política de la actual gestión municipal, la necesidad de preservar la seguridad ciudadana en el distrito, siendo necesario establecer los mecanismos de vigilancia y salvaguarda de la seguridad local en el espacio geográfi co del distrito, para proteger a la ciudadanía de la violencia cotidiana; en tal sentido, es necesario adoptar las acciones pertinentes que permitan el cabal desarrollo de las funciones señaladas, mediante la creación e implementación de la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana en el distrito. Estando a lo expuesto y con el Informe favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica Nº 319-2012-OAJ/ MVES, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º y 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por mayoría, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente Ordenanza. ORDENANZA QUE CREA LA SUB GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA EN EL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR Artículo 1º.- Mediante la presente Ordenanza se crea la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana en el Distrito de Villa El Salvador, con la fi nalidad de contribuir a asegurar la convivencia pacífi ca, el control de la violencia urbana e interurbana y la prevención de delitos y faltas en el Distrito de Villa El Salvador. La Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana integrará la estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, siendo dependiente jerárquicamente de la Gerencia de Servicios Municipales. La Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, organizará y coordinará con la Policía Nacional del Perú y con las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, desplegando en forma oportuna, efi ciente y efectiva un sistema de información y operativos conjuntos y coordinados a favor de la seguridad en el distrito de Villa El Salvador. Artículo 2º.- La Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana está integrado por el Serenazgo de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador. Artículo 3º.- El servicio de Serenazgo en el Distrito de Villa El Salvador, tiene las siguientes características: a) Servicio de patrullaje distrital con camionetas, motos y cuatrimotos. b) Servicio de patrullaje a pie. c) Servicio de atención a emergencias. d) Servicio de rastreo y videovigilancia. e) Servicio con información integrada de seguridad ciudadana. Artículo 4º.- La Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, a través de la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, con relación al Serenazgo del Distrito de Villa El Salvador, tiene las siguientes competencias: a) Planifi car, organizar, dirigir, supervisar y evaluar al Serenazgo de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador. b) Coordinar las actividades y acciones con la Policía Nacional del Perú a nivel del Distrito de Villa El Salvador. c) Promover la participación vecinal en asuntos de seguridad. d) Convocar a reuniones de coordinación con las juntas Vecinales, y la Policía Nacional del Perú. e) Coordinar el servicio y acciones conjuntas con los responsables del Serenazgo del distrito, las Juntas Vecinales y la Policía Nacional. f) Otras que disponga la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, acorde a sus fi nes. Artículo 5º.- Funciones Generales de la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana: 1. Planifi car, organizar y controlar los programas de acción destinados a solucionar los problemas detectados y potenciales relativos a la seguridad y tranquilidad de los vecinos del distrito; y al cumplimiento de los objetivos fi jados en este ámbito. 2. Proporcionar protección para el libre ejercicio de los derechos del vecino. 3. Colaborar con la Policía Nacional del Perú en la protección de personas, bienes y el mantenimiento de la tranquilidad y el orden, en el nivel preventivo. 4. Garantizar la tranquilidad, orden, seguridad y moralidad pública del vecindario. 5. Planifi car y ejecutar operaciones de patrullaje general y mixto con las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana y con apoyo de la Policía Nacional del Perú. 6. Formular y proponer el Plan Local de Seguridad Ciudadana en concordancia con lo establecido en la Normatividad vigente.