Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2012 (22/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de setiembre de 2012

y 62º de la Ley Nº 27687- Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el MORDAZA parrafo del Art. 9 de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - Ley Nº 29151, establece que los Gobiernos Regionales, respecto de los bienes de propiedad del Estado bajo su administracion, en cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutaran los actos previstos en el Art. 35 Inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion y el Art. 62 de la Ley Nº 27687 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Art. 18 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S Nº 007-2008-VIVIENDA, que regula la competencia exclusiva de los gobiernos regionales, para administrar y adjudicar los terrenos urbanos u eriazos de propiedad del Estado dentro de su jurisdiccion, incluyendo aquellos que cuenten con edificaciones; Que, segun el documento del visto, el administrado MORDAZA MORDAZA Caicedo, solicita otorgamiento de terreno eriazo de libre disponibilidad de un area de 15.7326 HAS denominado CHACUPE, del distrito de LA MORDAZA, provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, terreno no inscrito en el Registro de Propiedad Inmueble de Chiclayo, por lo que sin perjuicio de merituar en su oportunidad esta peticion, es necesario previamente iniciar el procedimiento de inscripcion de primera de dominio a nombre del Estado del predio MORDAZA citado; Que, con fecha 02 de febrero del 2012 se procedio a efectuar la inspeccion ocular del terreno denominado LAS CANAS, ubicada en el distrito de La MORDAZA, provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, a cargo del Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA e Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, constatandose que las coordenadas o vertices del predio coinciden con el plano de ubicacionperimetrico y memoria descriptiva presentados por el administrado, disponiendose replantear el area por 13.1317 Has mediante la elaboracion de la memoria descriptiva y plano de ubicacion-perimetrico en coordenadas UTM de la Division de Administracion de Terrenos y Patrimonio Fiscal, teniendo como referencia el Certificado de Busqueda Catastral Nº 2011-57304 a merito del Informe Tecnico Registral Nº 3077-2011/Z.R. Nº II/OC-CHI,(U) de fecha 31 de MORDAZA del 2011, otorgado por la Oficina Registral de Chiclayo, concluyendo que los mencionados terrenos no estan inscritas en el Registro de Predios, y no constituyen propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas, por lo que son de dominio del Estado conforme lo establece el articulo 23 de la Ley Nº 29151, al senalar textualmente "que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no son de propiedad privada, ni de las Comunidades son de dominio del Estado", cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y en esta jurisdiccion regional al Gobierno Regional MORDAZA, corresponde en consecuencia tramitar la primera inscripcion de la primera de dominio de predios a favor de Estado, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002-SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002-SBN , modificada por la Directiva Nº 003-2004-SBN, que regulan el tramite de inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Estando al Informe Nº 040-2012-GR.LAMB/ORADDIATPF, con las visaciones correspondientes y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 35º Inc. j) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion, el Art. 62º de la Ley Nº 27687- Ley Organica de Gobiernos Regionales, Resolucion Ministerial Nº 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de MORDAZA del 2006, Resolucion de Gerencia General Regional Nº 094-2005-G.R.LAMB/GGR, modificada por Resolucion Gerencial General Regional Nº 096-2005-G.R.LAMB/ GGR y Resolucion Presidencial Nº 255-2008-GR.LAMB/ PR de fecha 08 de MORDAZA del 2008 y Ordenanza Regional Nº 009-2011-GR.LAMB/CR de fecha 29 de MORDAZA del 2011, que aprueba la actualizacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ R.O.F. del Gobierno Regional Lambayeque; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno ERIAZO ubicado en el distrito de La MORDAZA, Provincia de Chiclayo,

Departamento de MORDAZA, de nominado "LAS CANAS" con un area de 13.1317 Has, segun el plano de ubicacion ­ perimetrico en coordenadas UTM de fecha marzo del 2012 y memoria descriptiva de fecha 22 de junio del 2012 que sustentan la presente Resolucion, teniendo las siguientes medidas perimetricas y colindancias que se detallan a continuacion: Por el Norte: Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea quebrada de dos tramos, entre los vertices 1 al 3: tramo 1-2 con 339.58 m.l., tramo 2-3 con 109.44 m.l., con una distancia total de 449.02 metros lineales. Por el Sur: Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea recta, tramo 4-5 con 442.16 metros lineales. Por el Este: Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea recta, tramo 3-4 con 314.25 metros lineales. Por el Oeste: Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea quebrada en cuatro tramos: tramo 1-8 con 24.02 metros lineales, tramo 8-7 con 112.70 metros lineales, tramo 7-6 con 134.73 metros lineales, tramo 6-5 con 76.40 metros lineales, haciendo un total de 347.87 metros lineales. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº II Sede CHICLAYO de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA, del terreno descrito en el articulo primero de la presente resolucion en el Registro de Predios de CHICLAYO. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Regional Oficina Regional de Administracion 844168-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 209, modificada por las Ordenanzas Nº 220 y 228
ORDENANZA Nº 237 La MORDAZA, 20 de setiembre de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 12-2012 de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Promocion Comercial y el Dictamen Nº 172012 de la Comision de Asuntos Juridicos, sobre la propuesta de prorroga de la Ordenanza Nº 209 de fecha 11.04.2011, modificada por las Ordenanzas Nº 220 y 228, que suspende la recepcion de solicitudes de Habilitacion MORDAZA en todas sus modalidades, Planeamiento Integral, Independizacion de terrenos Rusticos con Obras y sin Obras Complementarias, comprendiendose en la suspension a todos los terrenos ubicados en zonas de fuerte pendiente (laderas de los cerros) sin Habilitacion MORDAZA, en el distrito de La Molina; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales son organos de gobierno que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico, conforme a lo establecido en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, los Gobiernos Locales asumen competencias y ejercen funciones especificas, como es la Organizacion del Espacio Fisico y Usos del Suelo en sus respectivas jurisdicciones, la cual comprende el acondicionamiento

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