Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2012 (22/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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normativa del sistema privado de pensiones, se dispuso la pre publicacion del proyecto de resolucion sobre la materia en el MORDAZA electronico de la Superintendencia, al MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 0012009-JUS; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, de Riesgos, de Estudios Economicos y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 9 y 13 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702 y sus normas modificatorias, y el inciso d) del articulo 57° del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme a lo senalado en el Anexo adjunto, el cual se publica en el MORDAZA Institucional (www.sbs.gob. pe) conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. Asimismo, en el Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones reemplazar todo referencia a la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores ­ CONASEV por la siguiente: Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV. Articulo Segundo.- En aquello no contemplado en el Manual de Contabilidad, las administradoras privadas de fondos de pensiones deben cenirse a las NIIF emitidas por el International Accounting Standards Board (IASB) oficializadas en el MORDAZA por el Consejo Normativo de Contabilidad. Articulo Tercero.- La Superintendencia, con ocasion de la reglamentacion de la Ley Nº 29903, emitira las disposiciones contables a que se refiere el articulo 30° del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones. Articulo Cuarto.- DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS.Primera.- Plan de implementacion En el ejercicio 2012, las administradoras privadas de fondos de pensiones deberan presentar un plan de implementacion, el que debera contener un cronograma de actividades del MORDAZA de adecuacion del sistema contable e informatico a la normativa aprobada mediante la presente Resolucion, de acuerdo a las instrucciones que esta Superintendencia emita mediante Oficio Multiple. Segunda.- Preparacion y MORDAZA de estados financieros ejercicio 2013 Las administradoras privadas de fondos de pensiones deben preparar y presentar su informacion financiera, conforme a los siguientes lineamientos: 1. Los saldos iniciales del ejercicio 2013 deben ser ajustados a las nuevas politicas contables, contabilizando dicho efecto en las cuentas de resultados acumulados, en el mes de enero de 2013. 2. En los estados financieros trimestrales correspondientes al periodo 2013 (marzo, junio y setiembre), no sera exigible la MORDAZA comparativa, sin embargo las entidades revelaran en notas lo siguiente: a) Un juego completo de las politicas contables significativas; y, b) Una descripcion del cambio de politica contable. 3. Para la informacion financiera anual correspondiente al cierre del ejercicio 2013, la revelacion en notas sera en forma comparativa con el ano anterior, en la medida de lo practicable. Asimismo, como una de las notas a los estados financieros anuales se debera revelar el efecto en cada una de las partidas de los estados financieros de la aplicacion de los nuevos requerimientos; es decir, comparar los saldos finales al 31/12/2012 determinados

en base a los principios de contabilidad anteriores con los estados financieros ajustados senalados en el numeral 1. Tercera.- Distribucion, capitalizacion o aplicacion Para efectos de la distribucion, capitalizacion o cualquier forma de aplicacion del monto producto de los ajustes senalados en el numeral 1 de la MORDAZA Disposicion Final y Transitoria, se requiere que los estados financieros anuales del ejercicio 2013 MORDAZA auditados y contar con la debida aprobacion de la Junta General. Articulo Quinto.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir de la informacion correspondiente al mes de enero de 2013, excepto la Primera Disposicion Final y Transitoria senalada en el articulo tercero que entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, deroguese cualquier disposicion que se oponga a la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 843989-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en el distrito de La MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL REGIONAL Nº 236-2012-GR.LAMB/ORAD Chiclayo, 18 de junio de 2012 VISTO: La solicitud del administrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de fecha 28 de noviembre del 2011 (Registro Nº 147054 de fecha 02 de diciembre del 2011). CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA es competente para inmatricular, administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de Propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal conforme lo establece el inc. j) del art. 35º de la Ley 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion y el art. 62º de la Ley Nº 27687 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 429-2006EF/10 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de MORDAZA del 2006, se comunico que el 06 de marzo de 2006 el Ministerio de Economia y Finanzas y el Presidente de Gobierno Regional de MORDAZA suscribieron el Acta de Entrega y Recepcion mediante el cual se formalizo la transferencia de competencias para administrar y

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