NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (26/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de setiembre de 2012 475244 Varían fecha de inicio y término de viaje de oficiales de las Fuerzas Armadas autorizado mediante R.M. Nº 1031- 2012-DE/SG RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1089-2012-DE/SG Lima, 24 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial 1031-2012-DE/ SG del 13 de setiembre de 2012 se autorizó del 14 al 28 de setiembre de 2012, el viaje al exterior en Comisión de Servicio, de una delegación de Ofi ciales Superiores de las Fuerzas Armadas, para que participen en el Intercambio de Ofi ciales Militares de la República Popular China y de la República del Perú, que se realizará en la ciudad de Beijing, República Popular China; Que, mediante Carta N.V.EMBACHN-WZ-043/2012 del 17 de setiembre de 2012, el Agregado Militar, Naval y Aéreo de la Embajada de la República Popular China comunica que el Ministerio de Defensa Nacional de su país aplazó la visita de la delegación de los Ofi ciales peruanos a la ciudad de Beijing para el período comprendido del 8 al 18 de octubre de 2012 por lo que en atención a lo señalado en dicho documento, debe fi jarse las nuevas fechas de inicio y término del viaje autorizado; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modifi catorias, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Variar la fecha de inicio y término del viaje al exterior en Comisión de Servicio autorizado en el Artículo 1º de la Resolución Ministerial 1031-2012-DE/SG del 13 de setiembre de 2012, debiendo considerarse el período comprendido del 6 al 19 de octubre de 2012 como nueva fecha de inicio y término de la comisión de Ofi ciales Superiores de las Fuerzas Armadas que participan en el Intercambio de Ofi ciales Militares de la República Popular China y de la República del Perú, que se realizará en la ciudad de Beijing, República Popular China. Artículo 2º.- Disponer la vigencia de las demás disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial 1031-2012-DE/SG del 13 de setiembre de 2012. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 845863-3 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO N° 012-2012-MIDIS Mediante Ofi cio Nº 827-2012-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS, publicado en nuestra edición del día 20 de setiembre de 2012. DICE: “Artículo 2.- Constitución del Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana (…) El Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana estará conformado por: (…) - Un (01) representante del Consejo Nacional de Iglesias Evangélicas. (…)” DEBE DECIR: “Artículo 2.- Constitución del Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana (…) El Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana estará conformado por: (…) Un (01) representante del Concilio Nacional Evangélico del Perú. (…)” 846288-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban contratación del servicio de Sistema Electrónico de Negociación para la Subasta de Títulos de Deuda Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 617-2012-EF/43 Lima, 24 de setiembre de 2012 VISTOS: El Informe Nº 002-2012-EF/52.04, el Memorando Nº 013-2012-EF/52.04 y el Memorando Nº 044-2012- EF/52.04 de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público; así como los Informes Nº 274-2012- EF/43.03 y Nº 1469-2012-EF/42.01 de la Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, relacionados con la contratación del servicio de Sistema Electrónico de Negociación para la Subasta de Títulos de Deuda Pública brindados por la empresa Datos Técnicos S.A. - DATATEC; y CONSIDERANDO: Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado para contratar los servicios de asesoría legal y fi nanciera especializados, vinculados directa o indirectamente al objeto de la citada Ley, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante decreto supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2006-EF se aprobó el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el marco de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, disponiendo que las contrataciones de los servicios serán efectuadas por la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas a requerimiento de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, cuando éstas estén indirectamente vinculadas a una operación de endeudamiento público o de administración de deuda, como es el servicio de sistema electrónico de negociación para la subasta de títulos de deuda pública; Que, sobre el particular, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, órgano rector del Sistema Nacional de Endeudamiento, mediante el Informe Nº 002- 2012-EF/52.04, de 3 de enero de 2012, precisado mediante Memorando Nº 151-2012-EF/52.04, de 17 de abril de 2012, solicitó la contratación del Servicio de Sistema Electrónico de Negociación para la Subasta de Títulos de Deuda Pública; siendo que a través del Memorando Nº 013-2012-EF/52.04, de 16 de enero de 2012, indicó que la contratación solicitada se encuentra comprendida dentro del numeral 9.1 del procedimiento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 033- 2006-EF y señala las características que –a su criterio- hace a la empresa Datos Técnicos S.A. – DATATEC, un proveedor único para la prestación de dichos servicios; Que, al respecto, el numeral 9.1 del artículo 9 del Procedimiento mencionado en el considerando anterior, dispone