Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2012 (26/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de setiembre de 2012

Articulo 1°.- Declarar que el 17 de marzo de 2011, quedo resuelto de pleno derecho el Contrato de Concesion Unica suscrito por la empresa TETRAKOM S.A., que fuera aprobado por Resolucion Ministerial N° 872-2009-MTC/03, quedando sin efecto el mencionado resolutivo conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Declarar que el 17 de marzo de 2011 quedo cancelada de pleno derecho la inscripcion en el Registro de Servicios Publicos de Telecomunicaciones de la Ficha N° 230, aprobada a favor de la empresa TETRAKOM S.A. por Resolucion Directoral N° 131-2010-MTC/27, asi como la respectiva asignacion de espectro radioelectrico; quedando sin efecto la mencionada resolucion, conforme a lo expuesto en la parte considerativa del presente resolutivo. Articulo 3°.La empresa TETRAKOM S.A. queda inhabilitada para suscribir MORDAZA contrato de concesion para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, por un periodo de dos (02) anos, contados a partir de la fecha de la notificacion de la presente Resolucion, conforme a lo estipulado en el numeral 22.04 del Clausula Vigesimo MORDAZA del Contrato de Concesion Unica aprobado por Resolucion Ministerial N° 872-2009-MTC/03. Articulo 4°.- Revertir a favor del Estado el espectro radioelectrico asignado, a la empresa TETRAKOM S.A., para la prestacion del servicio movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado), mediante Resolucion Directoral N° 131-2010-MTC/27. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion - OGA y a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de sus competencias. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, las empresas Aero Transporte S.A. y Lan Peru S.A. han presentado ante la autoridad aeronautica civil, sus solicitudes para ser atendidas durante el mes de octubre de 2012, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Aero Transporte S.A. y Lan Peru S.A., han cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de las respectivas Ordenes de Inspeccion y referidas en los Informes Nºs. 410-2012-MTC/12.04 y 281-2012-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29812, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar los viajes de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camero y MORDAZA Samolski Edery, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuaran del 04 al 07 de octubre de 2012, a la MORDAZA de Wichita, Estados Unidos de MORDAZA, y del 07 al 11 de octubre de 2012, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nºs. 410-2012-MTC/12.04 y 281-2012-MTC/12.04. Articulo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido integramente cubiertos por las empresas Aero Transporte S.A. y Lan Peru S.A., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuados los viajes, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU. y MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 528-2012-MTC/02
MORDAZA, 20 de setiembre de 2012 VISTOS: El Informe Nº 410-2012-MTC/12.04, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil, y el Informe Nº 2812012-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia

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