NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (26/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 18
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de setiembre de 2012 475252 Que, el artículo 5º del mencionado Decreto Supremo, establece que el Programa Nacional Llachay cuenta con un (a) Director (a) Ejecutivo (a), quien es designado (a) mediante Resolución Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, asimismo, conforme a lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, corresponde a los Ministros de Estado como funciones, entre otras, designar y remover a los titulares de los cargos de confi anza del Ministerio, así como de otras entidades del Sector; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto por el que se designe a la persona que se desempeñará como Director (a) Ejecutivo (a) del Programa Nacional Llachay del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, la Secretaría General, la Ofi cina General de Recursos Humanos y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2011-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora AMELIA CABRERA SALAZAR en el cargo de Directora Ejecutiva del Programa Nacional Llachay del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 846289-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de Director Ejecutivo del Centro Cultural Inca Garcilaso a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0966/RE-2012 Lima, 24 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Perú participará como Invitado de Honor en la XVIII Feria del Libro Pacífi co, a realizarse en la ciudad de Santiago de Cali, Departamento de Valle del Cauca, República de Colombia, del 21 de setiembre al 01 de octubre de 2012; Que, a fi n de garantizar una exitosa presentación del Perú como Invitado de Honor de la XVIII Feria del Libro Pacífi co, es necesaria la presencia y participación de escritores de reconocida trayectoria, para representar a la literatura peruana contemporánea; Que, en ese sentido, el señor Antonio Alfonso Cisneros Campoy, Director Ejecutivo del Centro Cultural Inca Garcilaso, ha sido invitado a participar en el citado evento editorial, en consideración de su carrera en el campo de la literatura, y en reconocimiento de su representatividad de las letras peruanas; Teniendo en cuenta los Memoranda (DAC) Nº DAC1265/2012, de la Dirección General para Asuntos Culturales, de 17 de setiembre de 2012, y (OPR) N° OPR0592/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 20 de setiembre de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807, y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, la Ley 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Antonio Alfonso Cisneros Campoy, Director Ejecutivo del Centro Cultural Inca Garcilaso, a la ciudad de Santiago de Cali, Departamento de Valle del Cauca, República de Colombia, del 26 al 28 de setiembre de 2012, para que participe como representante de la literatura peruana contemporánea en la XVIII Feria del Libro Pacífi co. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos en un 50% por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 41428: Protección en el Exterior del Patrimonio Cultural, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apel- lidos Pasajes Clase Económica US$ 50% Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Antonio Alfonso Cisneros Campoy 720.00 100.00 3 + 1 400.00 Artículo 3º.- El gasto por concepto “hospedaje” será cubierto por los organizadores de la Feria. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 845856-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Declaran resuelto contrato de concesión aprobado por R.M. Nº 389- 2006-MTC/03 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 525-2012-MTC/03 Lima, 20 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 389- 2006-MTC/03 de fecha 17 de mayo de 2006, se otorgó concesión al señor JUAN CARLOS LLUEN SÁNCHEZ para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende el distrito de Monsefú, de la provincia de Chiclayo, del departamento de Lambayeque; suscribiéndose el contrato de concesión el 28 de junio de 2006; Que, conforme a lo señalado en la Hoja Informativa Nº 00111-2010-MTC/27 del 24 de febrero de 2010, el concesionario JUAN CARLOS LLUEN SÁNCHEZ pagó la tasa por derecho de explotación del servicio concedido correspondiente a los años 2006, 2007 y 2008 con fecha 18 de enero de 2010, adeudando la tasa correspondiente al año 2009;