Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2013 (13/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2013

NORMAS LEGALES

492691

General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, se evalue la posibilidad de que representantes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas participen en los diversos cursos programados para el AF-2013 que se desarrollaran en el indicado Centro Argentino; Que, con Oficio Nº 0465 CCFFAA/DAAII/DOP/PER de fecha 14 de marzo de 2013, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, hace de conocimiento al Secretario General del Ministerio de Defensa, la designacion del MORDAZA MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe en el curso de Asistencia Humanitaria y CIMIC; Que, es conveniente para los intereses Institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la MORDAZA de Buenos Aires ­ Republica MORDAZA, al citado Oficial Superior, a fin que participe en el referido curso, por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundaran en beneficio del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, el Gobierno de la Republica MORDAZA, proporcionara alojamiento y racionamiento al Oficial participante durante su estadia en el referido MORDAZA, para lo cual se realizara el desembolso de dinero por concepto de viaticos, de acuerdo a lo establecido en la Directiva General Nº 016-2012/MINDEF/VRD/DGA, "Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Publico", aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 815-2012 DE/SG del 17 de MORDAZA de 2012; Que, el viaje que se autoriza se encuentra incluido en el Rubro 3 Instruccion Militar Superior (Perfeccionamiento), item 8, del anexo 1 (R.O.) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2013, aprobado con Resolucion Suprema Nº 091-2013-DE de fecha 15 de marzo de 2013; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley 29951 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del MORDAZA MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con CIP 116041900 y DNI 43696371, para que participe en el curso de Asistencia Humanitaria y CIMIC, a realizarse en el Centro MORDAZA de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz (CAECOPAZ), ubicado en la MORDAZA de Buenos Aires ­ Republica MORDAZA, del 15 al 19 de MORDAZA de 2013. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje Aereo: MORDAZA ­ Buenos Aires (Argentina) ­ MORDAZA US$ 700.00 x 01 Oficial (Incluye TUUA) US$ 700.00 Viaticos: US$ 40.00 x 5 dias x 01 Oficial Total:

Articulo 4º.- El Oficial Superior comisionado, debera cumplir con lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentacion de viaticos. Articulo 5º.- El Oficial Superior debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.-La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 924661-8

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Italia y EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 293-2013-DE/ MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 252 del 5 de MORDAZA de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Italiana, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 692-2013-MINDEF/VPD/B/01.a del 9 de MORDAZA de 2013, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica Italiana; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 13 al 16 de MORDAZA de 2013, a fin de realizar una visita oficial y sostener reuniones oficiales con autoridades del Sector Defensa; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la

US$ US$

200.00 900.00

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

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