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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de abril de 2013 492701 las organizaciones, autoridades y servicios que tienen como fi n prevenir o combatir la delincuencia internacional; en tal sentido realiza asambleas, conferencias regionales, seminarios, coloquios, entre otros; Que, la Ofi cina Central Nacional – INTERPOL – Lima, es el órgano operativo que en representación de la Policía Nacional del Perú, tiene como fi n coordinar, promover y ejecutar la cooperación policial recíproca a nivel internacional, para la lucha contra la delincuencia común, dentro del marco de respeto a los tratados, a los convenios internacionales, a los derechos humanos, al estatuto y reglamentos de la Organización Internacional de Policía Criminal – INTERPOL, las leyes internacionales y peruanas; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 55-2013- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 20 de febrero de 2013, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio del Coronel de Armas de la Policía Nacional del Perú Luis Octavio BISSO PUN, Director de la Ofi cina Central Nacional INTERPOL – Lima, a fi n de que participe en la “9ª Conferencia Anual de Jefes de las Ofi cinas Centrales Nacionales”, del 16 al 20 de abril de 2013, a desarrollarse en el centro de congresos Espace Tête d’Or de la ciudad de Lyon – República Francesa; Que, con Memorándum Múltiple Nº 43-2013-DIRGEN- PNP/EMP-OCNI del 22 de febrero de 2013, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio del Ofi cial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú antes indicado; siendo sufragados los gastos por concepto de viáticos y los pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto para el personal policial, por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007-Ministerio del Interior; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la resolución de autorización de viajes al exterior de la república estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1135 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Decreto Legislativo Nº 1149 – Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior, en comisión del servicio, del Coronel de Armas de la Policía Nacional del Perú Luis Octavio BISSO PUN, Director de la Ofi cina Central Nacional INTERPOL – Lima, del 16 al 20 de abril de 2013, a fi n de que participe en la “9ª Conferencia Anual de Jefes de las Ofi cinas Centrales Nacionales”, a desarrollarse en el centro de congresos Espace Tête d’Or de la ciudad de Lyon – República Francesa. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007 - Ministerio del Interior, de acuerdo al detalle siguiente: Pasajes aéreos en tarifa económica: Lima/Lyon - Francia/Lima S/. 7,521.58 Viáticos: 675.22 N.S. x 5 días S/. 3,376.10 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el Ofi cial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú designado, deberá presentar ante el titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 924661-11 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Decreto Supremo que inicia el proceso de identificación y difusión de las normas sin vigencia del Poder Ejecutivo DECRETO SUPREMO Nº 005-2013-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 17º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el ministerio encargado de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo; Que, en tal sentido, el artículo 18º del mismo dispositivo legal señala que el Presidente del Consejo de Ministros coordina las políticas nacionales de carácter multisectorial; en especial, la referida a la modernización de la Administración Pública; Que, de conformidad con el literal f) del artículo 4º de la Ley Nº 29809 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dicho organismo es competente en materia de coherencia y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico; Que, el literal j) del artículo 7º de la Ley Nº 29809 prescribe que es función específi ca del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sistematizar la legislación e información jurídica de carácter general y promover su estudio y difusión, así como disponer su edición ofi cial; Que, el literal l) del artículo 7º de la Ley Nº 29809 establece que es función específi ca del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, estudiar y proponer la dación y reforma de la legislación; Que, conforme al artículo 4º de la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, dicho proceso de modernización tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia