Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2013 (13/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2013

NORMAS LEGALES

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los cargos de confianza que a continuacion se senalan, dandoseles las MORDAZA por su desempeno en la labor realizada: SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACION INTERNA - Intendente Nacional de Asesoria Legal Interna (e) MORDAZA Erich Cabos MORDAZA - Gerente Juridico Administrativo (e) MORDAZA Roney MORDAZA MORDAZA Articulo 2°.- Designar o en su caso encargar, a partir del 15 de MORDAZA de 2013, a las siguientes personas en los cargos que a continuacion se senalan: SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACION INTERNA - Intendente Nacional de Asesoria Legal Interna MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Gerente Juridico Administrativo MORDAZA Erich Cabos MORDAZA (e) Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional

por el Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- AMBITO DE APLICACION Sustituyase el articulo 2° de la Resolucion de Superintendencia N.° 234-2005/SUNAT y normas modificatorias, por el siguiente texto: "Articulo 2.- AMBITO DE APLICACION La presente resolucion regula el Regimen de Retenciones del Impuesto a la Renta aplicable a las operaciones por las cuales el adquirente esta obligado a emitir liquidaciones de compra o que, sin estarlo, emita documentos como liquidaciones de compra. No se encuentran comprendidos dentro de los alcances del presente Regimen de Retenciones, las operaciones que se realicen respecto de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria." DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- APLICACION DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 2° DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N.° 234-2005/SUNAT Lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 2° de la Resolucion de Superintendencia N.° 234-2005/SUNAT, modificado por las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 028-2013/SUNAT, 069-2013/SUNAT y la presente resolucion, se encontrara vigente hasta el 31 de diciembre de 2013. A partir del 1 de enero de 2014, el Regimen de Retenciones del Impuesto a la Renta, aprobado por la Resolucion de Superintendencia N.° 234-2005/SUNAT y normas modificatorias, sera de aplicacion respecto de los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional

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Excluyen temporalmente a las operaciones que se realicen con los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria de la aplicacion del Regimen de Retencion del Impuesto a la Renta, aprobado por Resolucion de Superintendencia N° 234-2005/SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 124-2013/SUNAT
MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que el articulo 10° del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-99-EF y normas modificatorias, establece que la Administracion Tributaria podra designar como agentes de retencion a los sujetos que considere que se encuentran en disposicion para efectuar la retencion de tributos; Que el inciso f) del articulo 71° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 179-2004-EF y normas modificatorias, otorga la calidad de agente de retencion a las personas, empresas o entidades que paguen o acrediten rentas de tercera categoria a sujetos domiciliados, designadas por la SUNAT mediante resolucion de superintendencia, asi como establece que las retenciones se efectuaran por el monto, en la oportunidad, forma, plazos y condiciones que establezca dicha entidad; Que mediante Resolucion de Superintendencia N.° 234-2005/SUNAT y normas modificatorias, se aprueba el regimen de retenciones del Impuesto a la Renta sobre operaciones por las cuales se emitan liquidaciones de compra, comprendiendose en su ambito de aplicacion, entre otros, a las operaciones que se realicen respecto de los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria; Que resulta conveniente excluir temporalmente de los alcances del regimen de retenciones del Impuesto a la Renta a dichas operaciones; En uso de las facultades conferidas por el articulo 10° del TUO del Codigo Tributario, el inciso f) del articulo 71° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, el articulo 11° del Decreto Legislativo N.° 501 y normas modificatorias, el articulo 5° de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado

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Aceptan renuncia y dejan sin efecto designacion y encargatura en la SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 126-2013/SUNAT
MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que el articulo 3° de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, establece que la designacion de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el articulo 1° de la citada Ley, se efectua mediante Resolucion del Titular de la Entidad; Que por su parte, el articulo 6° de la referida Ley establece que la resolucion de designacion de funcionarios en cargos de confianza, surte efecto a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposicion en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que asimismo, el articulo 7° de la indicada Ley dispone que mediante Resolucion Ministerial o Resolucion del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el senalado articulo 1°; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 109-2012/SUNAT se designo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional; asimismo, por

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