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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (13/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de abril de 2013 492714 Legislativo Nº 861 y sus modifi catorias, en los fi deicomisos de titulización, la sociedad titulizadora que actúa como fi duciario es la que realiza la emisión de los valores respaldados por el patrimonio fi deicometido; Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 194-2012-SMV/10.2 del 28 de diciembre de 2012, la Superintendencia del Mercado de Valores aprobó el trámite anticipado e inscribió en el Registro Público del Mercado de Valores el “Primer Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA” hasta por un monto máximo de emisión de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en nuevos soles, y dispuso el registro del Prospecto Marco correspondiente al programa; Que, a través de escrito presentado el 21 de marzo de 2013, complementado el 01 de abril de 2013, Creditítulos Sociedad Titulizadora S.A. solicitó a esta Intendencia la inscripción de la emisión denominada “Segunda Emisión del Primer Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA”, hasta por un monto máximo de emisión de US$ 20 000 000,00 (veinte millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América)ampliable a US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en nuevos soles, y el registro del complemento del prospecto marco correspondiente, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha determinado que Creditítulos Sociedad Titulizadora S.A. ha cumplido con lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo 861, el Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 001-97-EF/94.10 y, en lo que corresponde, en el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 141-1998-EF/94.10 y sus normas complementarias, así como con los requisitos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 091-2012-SMV/02; Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios y/o registro de prospectos informativos en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y del Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el artículo 333 de la Ley del Mercado de Valores y los artículos 43 y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, así como el numeral 8 del artículo 38 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF. RESUELVE: Artículo 1º.- Inscribir los valores correspondientes a la emisión denominada “Segunda Emisión del Primer Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA”, hasta por un monto máximo de emisión de US$ 20 000 000,00 (veinte millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) ampliable a US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en nuevos soles y disponer el registro del complemento de prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- La oferta pública de los valores a que se refi ere el artículo 1º deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y, de ser el caso, en el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a la Superintendencia del Mercado de Valores la documentación e información a que se refi ere el artículo 53 del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos y, en lo que corresponda, la establecida en los artículos 23 y 24 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Artículo 3º.- La inscripción y registro a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución no implica que la Superintendencia del Mercado de Valores recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas de la inversión. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A. en su calidad de originador y entidad colocadora; a Creditítulos Sociedad Titulizadora S.A., en su calidad de fi duciario; al Banco de Crédito del Perú en su calidad de entidad estructuradora; a la Bolsa de Valores de Lima S.A.; y, a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervisión de Entidades Superintendencia del Mercado de Valores 922768-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto encargaturas, designan Intendente Nacional y encargan Gerencia en la SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 123-2013/SUNAT Lima, 12 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que asimismo, el artículo 6° de la referida Ley dispone que la resolución de designación de funcionarios en cargos de confi anza, surte efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que mediante Resolución de Superintendencia N° 314- 2012/SUNAT se encargó, entre otros, a los señores Carlo Erich Cabos Villa y Edgar Roney Cuadros Ochoa, en los cargos de confi anza de Intendente Nacional de Asesoría Legal Interna y Gerente Jurídico Administrativo, respectivamente; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto las encargaturas a que se refi ere el considerando precedente, y en consecuencia, designar y en su caso encargar a las personas que asumirán los citados cargos, los cuales son considerados de confi anza, de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N° 204-2012/SUNAT que aprueba el Clasifi cador de Cargos considerados como Empleados de Confi anza y Cargos Directivos de la SUNAT, y que se encuentran previstos en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la SUNAT, aprobado por Resolución Suprema N° 139-2010-EF, modifi cado y actualizado por las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 046-2012/SUNAT, 154-2012/SUNAT, 257-2012/SUNAT y 307-2012/SUNAT; En uso de las facultades conferidas por los artículos 3° y 7° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, los incisos i) y u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto, a partir del 15 de abril de 2013, las encargaturas de las siguientes personas en