Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2013 (24/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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extraida, ambos controles post operatorios garantizaran el exito final del tratamiento; Que, en el ultimo control post operatorio llevado a cabo los primeros dias del mes de noviembre de 2012, el medico especialista tratante determino que no era conveniente proceder a la colocacion de un lente de contacto ya que aun existia el riesgo de producir una lesion en el ojo derecho, indicando el uso de anteojos y asi poder preservar al MORDAZA la unica vision existente, programandole un MORDAZA control para el dia 08 de enero de 2013, el mismo que ha sido reprogramado para el dia 30 de MORDAZA de 2013, siendo imprescindible su asistencia, teniendo en cuenta que en esta cita se realizara un control de ambos ojos, ademas de garantizar el seguimiento y cumplimiento estricto de las indicaciones hechas por los medicos especialistas con el unico fin de recuperar al MORDAZA la salud del paciente; Que, mediante el documento del visto, el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, aprobo la evacuacion del Suboficial 3ra EP Eleaquin MORDAZA MORDAZA y el medico acompanante General de Brigada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la finalidad de recibir el control post operatorio especializado en el BASCOM MORDAZA EYE INSTITUTE ­ MIAMI ­ Estados Unidos de MORDAZA, por un periodo de cuatro (04) dias, comprendido del 29 de MORDAZA 2013 hasta el 02 de MORDAZA del 2013; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto Institucional Ano Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora Nº 003 Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, el articulo 13º del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, dispone que el Personal Militar del Sector Defensa en situacion de actividad que contraiga una enfermedad o lesion y no logre su total recuperacion por falta de tratamiento especializado en el MORDAZA, podra ser evacuado al extranjero para ser tratado en Centros de Salud altamente especializados; sujetos a la disponibilidad presupuestal, requiriendose previamente un peritaje medico asi como el Informe de la Junta Sanidad de la Institucion respectiva; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047­2002-PCM del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificaciones, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior por tratamiento medico altamente especializado al Suboficial 3ra EP Eleaquin MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI N° 45085174 y CIP N° 331078700, y al medico acompanante General de Brigada EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 19181570 y CIP Nº 113183400, para recibir el control post operatorio especializado en el BASCOM MORDAZA EYE INSTITUTE, ubicado en la MORDAZA de Miami, Estado de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, por un periodo de cuatro (04) dias, comprendido del 29 de MORDAZA hasta el 02 de MORDAZA de 2013. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora: 003-Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viajes por servicio en el extranjero: Paciente: US $ 220 X 04 dias (del 29 de MORDAZA al 02 de MORDAZA 2013) Medico acompanante: US $ 220 X 04 dias (del 29 de MORDAZA al 02 de MORDAZA 2013) Pasajes aereos US $ 2,387.76 x 02 Personas Lima-Miami-Lima Gastos medicos Total de gastos medicos TOTAL:

El Peruano Miercoles 24 de MORDAZA de 2013

US $.

880.00

US $. US $. US $.

4,775.52 700.00 7,235.52

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 928964-9

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL N° 330-2013-DE/SG MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 255 del 5 de MORDAZA de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 647 CCFFAA/DAAII/DPTO. AAII del 11 de MORDAZA de 2013, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas por encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 24 al 26 de MORDAZA de 2013, a fin de participar en la IV Ronda de Conversaciones entre el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de MORDAZA y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que

US $.

880.00

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