Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2013 (24/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

493392
Que, el Director General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables con Memorando Nº 144-2013-MIMP/OGPP solicita tramitar la propuesta suscrita por la Oficina de Presupuesto e Inversiones del MIMP, mediante Informe Nº 100-2013-MIMP-OGPP/OPI, en el que se manifiesta la necesidad de contar con una demanda adicional por la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 500 000,00) para la adquisicion de frazadas y gastos operativos, para atender de manera directa a las poblaciones vulnerables como gestion preventiva frente a temporadas de bajas temperaturas para el presente ano; para lo cual ha considerado tomar como referencia la base del datos de INDECI 2012, por ello, considera a la poblacion vulnerable de dieciseis (16) departamentos del Peru (Ica, Pasco, La MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ucayali y Loreto). Que, los articulos 44° y 45º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 3042012-EF, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global, destinado a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, el requerimiento efectuado por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables no ha sido previsto en su Presupuesto Institucional aprobado por la Ley Nº 29951 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, toda vez que la necesidad de su atencion se dio con posterioridad a la fase de programacion y formulacion presupuestaria de dicho Ano Fiscal; razon por la cual, sera atendido con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, siendo necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 500 000,00); Que, en merito de lo MORDAZA senalado, resulta necesario emitir el dispositivo legal por el que se autorice una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 500 000,00), para ser destinados a los fines expuestos; De conformidad con lo establecido en el articulo 45° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. DECRETA: Articulo 1°.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 500 000,00), para la adquisicion de frazadas y gastos operativos, a fin de atender de manera directa a las poblaciones vulnerables como gestion preventiva frente a temporadas de bajas temperaturas, conforme al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles y A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO

El Peruano Miercoles 24 de MORDAZA de 2013

: Gobierno Central 039 : Ministerio de la Mujer Poblaciones Vulnerables UNIDAD EJECUTORA 001 : Administracion Nivel Central ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD

y

5003887 : Apoyo social a las poblaciones vulnerables

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.2. Pensiones y otras prestaciones sociales 2 100 000,00 2.3. Bienes y Servicios 400 000,00 ------------------TOTAL EGRESOS 2 500 000,00 =========== Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1° del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 928964-1

: Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administracion General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administracion Presupuestario Publico

del MORDAZA del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas y Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, para el financiamiento de la continuidad de ejecucion de proyectos de Inversion Publica de Saneamiento MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 077-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del articulo 4° de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia 2 500 000,00 -----------------TOTAL EGRESOS 2 500 000,00 ==========

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