Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2013 (24/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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distrito. Adicionalmente, como delegacion de funciones especificas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de las obras de infraestructura MORDAZA o rural que MORDAZA indispensables para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario, la produccion, el comercio, el transporte y la comunicacion en el distrito, tales como pistas o calzadas, vias, puentes, parques, mercados, MORDAZA de irrigacion, locales comunales, y obras similares, en coordinacion con la municipalidad provincial respectiva, b) Administrar y reglamentar, directamente o por concesion el servicio de agua potable, alcantarillado y desague, limpieza publica y tratamiento de residuos solidos, cuando este en capacidad de hacerlo, c) Proveer los servicios de saneamiento rural, d) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinacion con las municipalidades provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes y e) Promover la cultura de la prevencion mediante la educacion para la preservacion del ambiente; Que, finalmente, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal del Alto Piura", contiene informacion sobre domicilio, ambito territorial, organos directivos, recursos, plazo de duracion indefinida, disposiciones para garantizar la participacion ciudadana, condiciones para la adhesion y separacion de municipalidades, requisitos para su modificacion, y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordo la constitucion de la "Mancomunidad Municipal del Alto Piura", la aprobacion de su Estatuto y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Buenos Aires, Canchaque, Huarmaca, Lalaquiz, San MORDAZA de Bigote y San MORDAZA de El Faique, aprueban la constitucion de la "Mancomunidad Municipal del Alto Piura"; ratificando el contenido del Acta de Constitucion y el Estatuto, y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 013-2013­PCM/ SD-OGI-MIRA, en la elaboracion de los documentos presentados para la inscripcion del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el articulo 11º del Reglamento de la Ley y en el articulo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emision de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion, que dispone la inscripcion de la constitucion de la "Mancomunidad Municipal del Alto Piura", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 0462010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizacion de Inscripcion de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la "Mancomunidad Municipal del Alto Piura"; integrada por las Municipalidades Distritales de Buenos Aires y San MORDAZA de Bigote de la Provincia de Morropon, y Canchaque, Huarmaca, Lalaquiz y San MORDAZA de El Faique de la Provincia de Huancabamba, en el Departamento de Piura; reconociendosele, a partir de dicho acto, la condicion de persona juridica de derecho publico, como entidad publica. Articulo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal del Alto Piura", como sigue: - Presidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Buenos Aires. - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Canchaque. - Director: Martires MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huarmaca.

El Peruano Miercoles 24 de MORDAZA de 2013

- Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lalaquiz. - Director: MORDAZA Erick MORDAZA Ocana, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Bigote. - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de El Faique. Articulo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Tecnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitucion y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitucion de la "Mancomunidad Municipal del Alto Piura", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Articulo 4º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion de Secretaria de Descentralizacion en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Articulo 5º.- Vigencia La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CEDRON Secretaria de Descentralizacion Presidencia del Consejo de Ministros 928862-2

Disponen inscripcion de la "Mancomunidad Municipal Llapanchik Llankasun" en el Registro de Mancomunidades Municipales
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 021-2013-PCM/SD MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2013 VISTOS: Los Oficios N° 018-2012-MMLL/P y N° 033-2013MMLL/P; el Informe Tecnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 002-2012-MDJAS de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Apu Sahuaraura; la Ordenanza Municipal Nº 002-2012-MDP de la Municipalidad Distrital de Pocohuanca; la Ordenanza Municipal Nº 005-2012-MDT de la Municipalidad Distrital de Tapayrihua; la Ordenanza Municipal Nº 011-2012MDY de la Municipalidad Distrital de Yanaca; el Acta de Constitucion y el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal LLapanchik Llankasun"; y el Informe Nº 0162013­PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras; promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5°, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales;

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