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El Peruano Miércoles 24 de abril de 2013 493393 Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; así como, ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento, conforme a Ley; Que, el artículo 11° de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece que en el Año Fiscal 2013 los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción del convenio correspondiente; y en el caso que el proyecto de inversión pública sea ejecutado por empresas públicas, los recursos son transferidos fi nancieramente, mediante Decreto Supremo, en cualquier fuente de fi nanciamiento, previa suscripción de convenio, y se administran en las cuentas del Tesoro Público, conforme lo disponga la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público; Que, el artículo 80° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modifi caciones a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas presupuestales siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, sujetándose a lo señalado en el artículo 11° de la Ley Nº 29951, cuando corresponda; precisando que dichas transferencias se realizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, mediante el Memorándum N° 270-2013- VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicita gestionar el dispositivo que autorice transferencia de recursos por la suma de CINCUENTA MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 202 797,00), a favor de Gobiernos Locales y Empresas Prestadoras de Servicios, para fi nanciar la continuidad de quince (15) proyectos de inversión pública de saneamiento urbano, precisando que dichos proyectos se encuentran en ejecución en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública y cuentan con las Adendas a los Convenios suscritos; así mismo, informa que los recursos para el fi nanciamiento mencionado, serán atendidos con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, con el Memorándum Nº 687-2013/VIVIENDA- OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hace suyo el Informe N° 107-2013/VIVIENDA-OGPP- UPTO de la Unidad de Presupuesto del citado Ministerio, que opina favorablemente por la transferencia de recursos antes citada, e informa que cuenta con disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias; en mérito de lo cual, con Ofi cio N° 705-2013-VIVIENDA/SG, el referido Ministerio solicita la transferencia de los recursos correspondientes; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales, por un monto de CUARENTA Y SEIS MILLONES CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 46 043 267,00) con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, para el fi nanciamiento de la continuidad de ejecución de doce (12) proyectos de inversión pública de saneamiento urbano, y una Transferencia Financiera a favor de la Empresa Municipal de Saneamiento Básico de Puno S.A. – EMSAPUNO S.A., por un monto de CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 159 530,00), para el fi nanciamiento de la continuidad de ejecución de tres (03) proyectos de inversión pública de saneamiento urbano, en el marco de lo señalado en el artículo 11 de la Ley Nº 29951; De conformidad con lo establecido por el artículo 11° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de S/. 46 043 267,00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el fi nanciamiento de la continuidad de ejecución de doce (12) proyectos de inversión pública de saneamiento urbano, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PROGRAMA PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PRODUCTO 3 000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5 001777 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 46 043 267,00 =========== TOTAL EGRESOS 46 043 267,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 46 043 267,00 ============ TOTAL EGRESOS 46 043 267,00 ============ 1.2. Los Pliegos habilitados en la sección primera del presente artículo y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo I “Transferencia de Partidas para el fi nanciamiento de la continuidad de ejecución de Proyectos de Inversión Pública de Saneamiento Urbano” que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2°.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel programático,