Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2013 (26/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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en los Informes Nº 125-2013-MTC/12.04 y Nº 130-2013MTC/12.04. Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa Aero Transporte S.A., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el

El Peruano Viernes 26 de MORDAZA de 2013

viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Codigo: F-DSA-P&C-002 Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 27 AL 29 DE MORDAZA DE 2013 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 130-2013-MTC/12.04 Y Nº 125-2013-MTC/12.04 ORDEN INICIO INSPECCION Nº 783-2013MTC/12.04 27-Abr FIN VIATICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR MORDAZA Camero, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DETALLE Chequeo tecnico Inicial en simulador de vuelo del equipo B350, a su personal aeronautico RECIBOS DE ACOTACION Nºs. 5754-5755 Revision: Original Fecha: 30.08.10

29-Abr US$ 660.00

ATSA

Atlanta

EUA

929215-1

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 210-2013-MTC/02
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Informe Nº 132-2013-MTC/12.07 emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 1202013-MTC/12.07 emitido por la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa Great Slave Helicopters Ltd., ha presentado ante la autoridad aeronautica civil, su solicitud

para ser atendida durante los meses de MORDAZA y MORDAZA de 2013, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA de los Procedimientos Nos. 16 correspondientes a la Direccion General de Aeronautica Civil, previstos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Great Slave Helicopters Ltd., ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente a los Procedimientos a que se refieren en el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dicha solicitud ha sido calificada y aprobada por la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de las respectivas Ordenes de Inspeccion y referidas en los Informes Nº 1322013-MTC/12.07 de la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 120-2013-MTC/12.07 de la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29951, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Mendives MORDAZA, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara del 27 de MORDAZA al 04 de MORDAZA de 2013 a las ciudades de Yellowknife y Calgary, Canada, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en el Informe Nº 132-2013-MTC/12.07 de la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 120-2013-MTC/12.07 de la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones. Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa Great Slave Helicopters Ltd., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos.

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