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El Peruano Sábado 27 de abril de 2013 493757 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El Informe Nº 027-2013-GDIS-MDSJM de fecha 08 de marzo del 2013 de la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, el Informe Nº 066-2013-SGPVLPA-GDIS-MDSJM de fecha 28 de febrero del 2013, el Ofi cio Nº 025-2013-A- MDSJM del Despacho de Alcaldía, Solicitud Nº 1025-13 de fecha 01 de febrero del 2013, Expediente Nº 1052- 13 de fecha 21 de enero del 2013, el Informe Nº 0006- 2013-MDSJM-SGDPV-CCAS de fecha 04 de febrero del 2013, Solicitud Nº 788-13 de fecha 25 de enero del 2013, el Informe Nº 218-2013-GAJ-MDSJM de fecha 25 de marzo del 2013 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Conformación del Comité de Gestión Local para el Programa de Complementación Alimentaria de San Juan de Mirafl ores. CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 917-2012-MDSJM de fecha 07 de noviembre del 2012 resolvió: Artículo 1.- “Constituir el Comité de Gestión del Gobierno Local Distrital de San Juan de Mirafl ores, el cual estará integrado por: Tres Representantes del las Organizaciones Sociales de Base, Dos Representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y Un representante del Gobierno Local Distrital de San Juan de Mirafl ores. Que, con Informe Nº 066-2013-SGPVLPA-GDIS- MDSJM de fecha 01 de marzo del 2013, la Sub Gerencia del Programa de Vaso de Leche Programa Alimentario informa que en cumplimiento al artículo Nº 08 de la Ley Nº 25307, establece que el Programa de Apoyo a la labor alimentaria de las OSB, se requiere la conformación de 01 Comité de Gestión del PCA de San Juan de Mirafl ores y que con Ofi cio Nº 025-2013-A-MDSJM, de fecha 08 de enero del presente año, el despacho de Alcaldía solicita la designación de 02 representantes ante el MIDIS, siendo que las 03 OSB del PCA del Distrito de San Juan de Mirafl ores han designado a: Nombre de la OSB Representante Titular para reconocimiento Alterno para reconocimiento Coordinadora Nacional de Clubes de Madres y Comedores Populares. Ana Benita Gonzales Lealle. Lastenia Quispe Torres. María Socorro Cueva Santur. Asociación Coordi- nadora de Clubes de Madres y Comedores Populares. Edilberta Segundina Lorenzo García. Hilda Pilar Rev- ello Rincón. María Corina Lira Rojas de Castro. OSB Asociación Coordinadora de los Clubes de Madres y Comedores. Iris Palomino Salas. María Calle Peña. Matilde Vera Todco. Por lo que sugiere se conforme el Comité de Gestión del PCA año 2013. Que, con Informe Nº 027-2013-GDIS-MDSJM de fecha 12 de marzo del 2013, la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, informa que mediante Ofi cio Nº 010-2013-MIDIS- VPMS-DGDCPS, de fecha 24 enero del 2013, la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, nos indican sobre la designación de las representantes del MIDIS al Comité de Gestión Local del Programa de Complementación Alimentaria de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores, de igual forma con expediente Nº 1052-13 la Coordinadora de Clubes de Madres y Comedores Populares de Organizaciones Sociales de Base de San Juan de Mirafl ores, expediente Nº 1025-13 la Coordinadora Distrital de la Coordinadora Nacional de Clubes de Madres y Comedores Populares (CSB-CDCMCP) San Juan de Mirafl ores y solicitud Nº 788-13- La OSB. Asociación Coordinadora de los Clubes de Madres y Comedores del Distrito de San Juan de Mirafl ores, designan a sus representantes al Comité de Gestión Local del Programa de Complementación Alimentaria de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores. Que, asimismo, se indica que con Resolución Gerencial Nº 138-2011-MDSJM-GDS, de fecha 12 de julio del 2011, se dio Reconocimiento y Registro la Junta Directiva de la Asociación Coordinadora de Clubes de Madres y Comedores Populares de Organizaciones Sociales de Base San Juan de Mirafl ores. Que, mediante Resolución Gerencial Nº 0288-2011- MDSJM-GDS, de fecha 10 de noviembre del 2011, se dio Reconocimiento y Registro de la Junta Directiva de la Coordinadora Distrital de la Coordinadora Nacional de Clubes de Madres y Comedores Populares, (OSB- CDCMCP) de San Juan de Mirafl ores. Que, mediante Resolución Gerencial Nº 0035- 2012-MDSJM-GDS, de fecha 10 de febrero del 2012, se dio Reconocimiento y Registro de la Junta Directiva de la OSB. Asociación Coordinadora de los Clubes de Madres y Comedores del Distrito de San Juan de Mirafl ores, concluyendo que dentro del cumplimiento de las funciones de la Gerencia de coordinar, dirigir y supervisar la correcta implementación y administración de los Programas Alimentarios, es de opinión que se debe conformar el Comité de Gestión, la misma que deben estar integradas por los representantes de las siguientes Instituciones: ENTIDAD REPRESENTANTE - Asociación Coordinadora de Clubes de Madres y Comedores Populares de Orga- nizaciones Sociales de Base San Juan de Mirafl ores. Sra. Hilda Pilar Ravello Rincón. - Coordinadora Distrital de la Coordinadora Nacional de Clubes de Madres y Comedores Populares (OSB-CDCMCP) de San Juan de Mirafl ores. Sra. Lastenia Quispe Torres. - OSB. Asociación Coordinadora de los Clubes de Madres y Comedores del Distrito de San Juan de Mirafl ores. Sra. María Calle Peña. - Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS. Abog. Cynthia Meléndez Muñoz. MGS Jenny Menacho Agama. Y que el representante del Gobierno Local Distrital de San Juan de Mirafl ores, deberá ser designado por el señor alcalde. Que, según lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, señala que las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos que son de su competencia, siendo que esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, disponen, que a partir del año 2003, se inicia la Transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, según corresponda, de los programas sociales de lucha contra la pobreza y los proyectos de inversión e infraestructura productiva de alcance regional. Que, según lo señalado en el acápite 2.11 del numeral 2 del artículo 84 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en materia de programas sociales de defensa y promoción de derechos, corresponde a los Gobiernos Locales Distritales, como Función Específi ca Exclusiva, “Ejecutar el Programa del Vaso de leche y demás programas de apoyo alimentario con participación de la población y en concordancia con la legislación sobre la materia”. Que, según lo establecido en el Reglamento de la Ley Nº 25307, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 041- 2002-PCM, establece en su Artículo 21º; que los Comités de Gestiones Locales están conformados por tres representantes de las OSB locales benefi ciados del programa, elegidas democráticamente entre las instituciones representativas del más alto nivel de su circunscripción, dos representantes del Sector “Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano” (PROMUDEH); hoy Ministerio de Inclusión Social y un representante del Gobierno Local. Que, según lo establecido en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece