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El Peruano Sábado 27 de abril de 2013 493748 ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS DEL GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Energía y Minas (DREM) del Gobierno Regional de Moquegua, el mismo que contiene seis (VI) títulos, treinta (30) artículos, tres (3) Disposiciones Complementarias y tres (3) Disposiciones transitorias y fi nales, así como el Organización Estructural que en anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Déjese sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional Nº 528-2004-GR/MOQ, del 10 de setiembre del 2004, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Moquegua y todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Moquegua para su promulgación. En Moquegua, a los tres días del mes de Enero del año dos mil trece. DIANIRA A. MEZA MENDOZA Consejera Delegada Consejo Regional Moquegua POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Moquegua, a los nueve días del mes de enero del año dos mil trece. MARTIN A. VIZCARRA CORNEJO Presidente Regional 929918-1 Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante el mes de marzo de 2013 por la Dirección Regional de Energía y Minas Moquegua RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 016-2013/DREM.M-GRM Moquegua, 18 de marzo del 2013 VISTO: La relación de títulos mineros otorgados durante el mes de: MARZO del 2013, conforme a lo informado por Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2008- MEM/DM publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha 16.01.2008, se declaró entre otros, que el Gobierno Regional de Moquegua concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas (…), por tanto a partir de dicha fecha se tiene competencia para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional. Que, el Gobierno Regional Moquegua a través de la Dirección Regional de Energía y Minas de Moquegua, ha iniciado el otorgamiento de títulos de concesión minera para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, conforme a lo indicado en el párrafo anterior. Que, conforme a lo establecido por el Artículo 10 Literal n. del D.S. Nº 084-2007-EM “SIDEMCAT”, concordante con el Artículo 124 del D.S. Nº 014-92 “TUO de la Ley General de Minería” y Artículo 24 del D.S. Nº 018-92-EM “Reglamento de Procedimientos Mineros”, una de las funciones del Gobierno Regional integrante del SIDEMCAT, es efectuar la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de la relación de concesiones mineras, cuyos títulos hubiera aprobado. De conformidad con el D.S. Nº 084-2007-EM “SIDEMCAT”, D.S. Nº 014-92 “TUO de la Ley General de Minería” y D.S. Nº 018-92-EM “Reglamento de Procedimientos Mineros” y Resolución Ministerial Nº 009- 2008-MEM/DM y Ley Nº 28926. SE RESUELVE: Artículo Unico.- PUBLICARSE en el Diario Ofi cial El Peruano, las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante el mes de Marzo del 2013, por la Dirección Regional de Energía y Minas Moquegua, siendo las siguientes: 1)SAN PEDRO HUAYCUTA, con código 68-00027-12, mediante R.D. N° 011-2013-DREM.M/GRM de fecha 05 de Marzo del 2013 (D. Carumas, P. Mariscal Nieto); 2)TALIA PRIMERA, con código 68-00031-12, mediante R.D. N° 012-2013-DREM.M/GRM de fecha 05 de Marzo del 2013 ( D. Ubinas, P. General Sanchez Cerro); 3) RADCOM 7, con código 68-00037-12, mediante R.D. N° 013-2013-DREM.M/GRM de fecha 12 de Marzo del 2013 (D. Moquegua P. Mariscal Nieto); 4)ALEXIS VII, con código 68-00039-12, mediante R.D. Nº 014-2013- DREM.M/GRM, de fecha 12 de Marzo del 2013 (D. Ilo/ Mar P. Ilo/ Mar). Regístrese y comuníquese. JESÚS A. DURAN ESTUCO Director Regional Dirección Regional de Energía y Minas 929920-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Convocan a proceso de elección del Comité Electoral Distrital de las Juntas Vecinales Comunales y a la elección de los Consejos Directivos de las Catorce (14) Juntas Vecinales Comunales del Distrito de Comas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2013-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO; El Informe Nº 061-2013-GPVDC/MC de fecha 27.03.2013 emitido por la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Comunal; el Memorándum Nº 237- 2013-GM-MDC de fecha 05.04.2013, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 345-2013-GAJ-MDC de fecha 12.04.2013, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política, modifi cado mediante Ley 28607 (Ley de Reforma Constitucional), en concordancia con lo dispuesto en el artículo I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; establece que las municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 116º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece la naturaleza y composición de las Juntas Vecinales Comunales, las cuales estarán encargadas de supervisar la prestación de servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas