Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2013 (27/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Sabado 27 de MORDAZA de 2013

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la propuesta de Secretaria General, en el sentido de promover la union e integracion de la familia a traves del matrimonio civil comunitario; Que, mediante Informe Nº 206 -2013-GAJ-MDMM de fecha 21 de marzo del 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica, emite pronunciamiento favorable respecto a la Ordenanza APROBAR LA REALIZACION DE TRES MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL ANO 2013, propuesta por Secretaria General, debiendo elevarse al Concejo Municipal para su aprobacion. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con el informe favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Administracion y Finanzas; el Concejo Municipal aprobo por Unanimidad, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA APROBAR LA CELEBRACION DEL PRIMER MORDAZA Y TERCER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL ANO 2013 Articulo Primero.- Autorizar la celebracion del Primer Matrimonio Civil Comunitario, a llevarse cabo el dia sabado 25 de MORDAZA del 2013, a las 10:00 horas en la Plaza de MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Miraflores, estableciendose como plazo de inscripcion al dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza y culmina el 23 de MORDAZA del 2013. Articulo Segundo.- Autorizar la celebracion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario, a llevarse cabo el dia sabado 24 de Agosto del 2013, a las 10:00 horas en la Plaza de MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Miraflores, estableciendose como plazo de inscripcion del 01 de Junio y culmina el 22 de Agosto del 2013. Articulo Tercero.- Autorizar la celebracion del Tercer Matrimonio Civil Comunitario, a llevarse cabo el dia sabado 30 de Noviembre del 2013, a las 10:00 horas en la Plaza de MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Miraflores, estableciendose como plazo de inscripcion del 02 de Setiembre y culmina el 28 de Noviembre del 2013. Articulo Cuarto.- Dispensar a los contrayentes, del tramite de publicacion de los avisos matrimoniales, conforme a lo dispuesto por el articulo 252º del Codigo Civil vigente, estableciendose que los Contrayentes deberan cumplir con los requisitos que dispone el articulo 248º y siguientes de la citada MORDAZA y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores. Articulo Quinto.- Aprobar la exoneracion del pago de los derechos correspondientes, estableciendose como pago unico la suma de S/. 120.00 (Cien Veinte y 00/100 Nuevos Soles), que seran destinados a cubrir los gastos que genere dicha ceremonia. Articulo Sexto.- Encargar a la Secretaria General, Sub Gerencia de Relaciones Publicas y Comunicaciones y Gerencia de Desarrollo e Inclusion Social, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 929644-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Autorizan celebracion de matrimonios civiles comunitarios para el ano 2013
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 245-MDSJM San MORDAZA de Miraflores 26 de marzo del 2013 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de marzo del 2013, el Informe Nº 64 -2013-SG-MDSJM de fecha 19 de marzo del 2013 de Secretaria General, el Informe Nº 2202013-SGP-GPP-MDMM de fecha 20 de marzo del 2013 de la Sub Gerencia de Presupuesto, el Informe Nº 206-2013GAJ-MDMM de fecha 21 de marzo de 2013 de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Memorandum Nº 245-2013-GM-MDSJM de fecha 22 de marzo del 2013 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru senala que la comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono. Asimismo, precisa que protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos ultimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en su articulo 40º, faculta a las municipalidades a que mediante Ordenanza puedan suprimir arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por ley, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4) del art. 195º de la Constitucion Politica del Peru y lo dispuesto en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo 135-99-EF, modificado por el articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 981; Que, asimismo, de conformidad a lo dispuesto en los numerales 8), 9) y 29) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar ordenanzas; asi como, crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a lo dispuesto en la ley; y, aprobar el regimen de administracion de sus bienes y rentas; Que, las Municipalidades dentro de su politica de tratamiento social con su comunidad brindan facilidades a sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebracion del matrimonio comunitario y con ello contribuir al fortalecimiento de la unidad familiar como celula basica de la sociedad; Que, mediante el Informe Nº 64.-2013-SG/MDSJM, propone la realizacion del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2013 a realizarse el dia 25 de MORDAZA de 2013, a horas 10:00 a.m., el MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario el dia 24 de Agosto del 2013 a horas 10:00 a.m. y el Tercer Matrimonio Civil Comunitario el dia 30 de noviembre del 2013, y los requisitos que deberan presentar los contrayentes se encuentran establecidas en el articulo 248º del Codigo Civil Peruano; asimismo, que los derechos de pago de tramite de Matrimonio Civil propone los derechos administrativos a ser cobrados en dicho acto, los mismos que por ser dirigidos a personas de escasos recursos economicos, son menores a los establecidos en el MORDAZA vigente de la Municipalidad; Que, mediante Memorandum Nº 220-2013-SGP-GPPMDMM de la Sub Gerencia de Presupuesto respalda

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ORDENANZA MUNICIPAL Nº 246-MDSJM San MORDAZA de Miraflores 26 de marzo del 2013 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de marzo del 2013, el Informe Nº 05 -2013-GR-MDSJM de

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