Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2013 (27/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Sabado 27 de MORDAZA de 2013

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municipales, la ejecucion de obras municipales y otros servicios que se indiquen de manera precisa en la Ordenanza de su creacion; cuya constitucion, delimitacion numero de delegados, asi como la forma de su eleccion, seran establecidos mediante Ordenanza de la respectiva municipalidad distrital, de conformidad con el articulo 110º de la citada MORDAZA y en concordancia con el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru; Que, mediante Ordenanza Nº 122-C/MC de fecha 19.05.04, se aprobo la Creacion de las Juntas Vecinales Comunales del Distrito de Comas, asi como su Reglamento de Organizacion y Funciones, encargando a la Gerencia de Participacion Vecinal y Seguridad Ciudadana el MORDAZA eleccionario en cada zonal del distrito; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Ordenanza Nº 122, establece en el articulo 12º, que la eleccion del Comite Electoral Distrital encargado de conducir el MORDAZA electoral, sera elegido en asamblea distrital convocada por el MORDAZA, 60 dias MORDAZA del termino del mandato de los Consejos Directivos de las Juntas Vecinales Comunales; Que, es politica de la actual Gestion Municipal, implementar y fortalecer los mecanismos de participacion ciudadana, de manera que los vecinos organizados optimicen su contribucion al desarrollo del distrito; Que, mediante Informe Nº 061-2013-GPVDC/MC, la Gerencia de Participacion Vecinal y Desarrollo Comunal informa que teniendo que convocar a Eleccion del Comite Electoral que llevara a cabo el MORDAZA Eleccionario de los Consejos Directivos de las Juntas Vecinales Comunales, al respecto se propone la fecha de eleccion del citado Comite Electoral para el MORDAZA 28 de MORDAZA del 2013; Que, asimismo, la fecha de elecciones de los Consejos Directivos de las Juntas Vecinales Comunales que deberia ser el dia 29 de MORDAZA del 2013; es necesario postergarlas por coincidir con actividades programadas por la Gerencia de Participacion Vecinal y Desarrollo Comunal, y teniendo en cuenta que es necesaria la mayor difusion posible de estas elecciones; a fin de conseguir la mayor participacion de los dirigentes reconocidos en el RUOS de la Municipalidad Distrital de Comas, se propone la fecha para el MORDAZA 30 de Junio del 2013; Estando a las facultades conferidas en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- CONVOCAR el MORDAZA de eleccion del COMITE ELECTORAL Distrital de las Juntas Vecinales Comunales, para el Dia MORDAZA 28 (Veintiocho) de MORDAZA del 2013, a partir de las 09:00 horas hasta las 13:00 horas, en el Auditorio Municipal "Aurelio Miro MORDAZA Sosa", ubicado en la Plaza de MORDAZA de Comas S/N; pudiendo participar en la eleccion del Comite Electoral MORDAZA citado, los dirigentes registrados en el RUOS de la Municipalidad Distrital de Comas, con mandato vigente, acreditandose con sus Credenciales o Resoluciones Gerenciales correspondientes. El Comite Electoral MORDAZA, tendra a su cargo el MORDAZA eleccionario de los Consejos Directivos de las CATORCE (14) Juntas Vecinales Comunales del Distrito de Comas. Articulo Segundo.- CONVOCAR a eleccion de los Consejos Directivos de las CATORCE (14) Juntas Vecinales Comunales del Distrito de Comas, mediante Votacion Universal y Secreta, el dia MORDAZA 30 (Treinta) de Junio del 2013, a partir de las 09:00 horas hasta las 16:00 horas, en los lugares que con anticipacion minima de veinte dias seran publicados a traves de diversos medios de comunicacion. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Participacion Vecinal y Desarrollo Comunal, Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Administracion y Finanzas, Sub Gerencia de Unidades de Desarrollo Comunal y a la Secretaria General a traves de la Sub Gerencia de Comunicacion Institucional, la publicacion y difusion del mismo. Dado en el local de la Municipalidad de Comas a los doce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA 930119-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Convocan a elecciones de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de La MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 014-2013 La MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: El Informe Nº 176-2013-MDLM-OPV (23.04.2013) de la Oficina de Participacion Vecinal e Informe Nº 106-2013-MDLM-GAJ (23.04.2013) de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; precisando que la autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 39° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, dispone que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno senaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldia; Que, el Articulo 102° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece la conformacion del Consejo de Coordinacion Local Distrital, el mismo que debe estar integrado por el MORDAZA quien lo preside, por los Regidores, y por los Representantes de las Organizaciones Sociales de Base, Asociaciones, Organizaciones de Productores, Gremios Empresariales, Juntas Vecinales y cualquier forma de Organizacion de nivel distrital; Que mediante Ordenanza N° 072, se normo el MORDAZA de Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital a traves del cual los delegados acreditados legalmente, eligen democraticamente a sus representantes ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, segun lo establecido en la Constitucion Politica del estado, la Ley de Bases de la Descentralizacion y la Ley Organica de Municipalidades N° 27972. Que, el Articulo 11° de la MORDAZA citada, establece la conformacion del Comite Electoral responsable de la conduccion y desarrollo del MORDAZA de eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Distrital; Que, asimismo el Articulo 14° senala que es responsabilidad del MORDAZA convocar a la eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, mediante Decreto de Alcaldia, precisando el cronograma, lugar, fecha y la hora de la realizacion de las elecciones a convocarse; Que, mediante Ordenanza Nº 251, publicada el 21 de MORDAZA del 2013, se modifico el Articulo 5° de la Ordenanza Nº 072; Estando a lo expuesto, y de conformidad con el numeral 6) del Articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- CONVOCAR a elecciones de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de La MORDAZA, de acuerdo al Cronograma que como anexo forma parte del presente Decreto. Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia y su Anexo en el Diario Oficial "El Peruano"; a la Gerencia

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