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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (08/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Jueves 8 de agosto de 2013 500828 PLIEGO 022 : Ministerio Público UNIDAD EJECUTORA 002 : Gerencia General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001044 : Procesos de las Fiscalías Superiores FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios 64 007,00 ACTIVIDAD 5002207 : Procesos de las Fiscalías Provinciales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios 226 935,00 ------------------ SUB TOTAL Pliego 022 290 942,00 ========== TOTAL EGRESOS 1 915 000,00 ========== Artículo 2.- Procedimientos para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en el presente Crédito Suplementario aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de agosto del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 971920-1 Autorizan Crédito Suplementario a favor del pliego Autoridad Portuaria Nacional en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 DECRETO SUPREMO N° 201-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprueba, entre otros, el presupuesto del Pliego 214 Autoridad Portuaria Nacional; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 052-2009 se declaró de necesidad nacional el proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta- Callao”, estableciéndose que su ejecución está a cargo del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao durante el período 2009-2011, ampliándose su vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2013 de acuerdo a lo dispuesto por la Centésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 052-2009, dispuso que la Autoridad Portuaria Nacional debe aportar la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 150 000 000,00) para la ejecución del citado Proyecto; dichos recursos serán transferidos fi nancieramente al Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, de acuerdo a lo dispuesto por la Centésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, la cual señala que dichas transferencias fi nancieras se efectúan bajo el mecanismo y responsabilidad que establecen los numerales 12.2 y 12.3 del artículo 12 de la mencionada Ley; Que, mediante el Decreto Supremo N° 271-2010-EF, se aprobó la operación de endeudamiento interno con el Banco de la Nación, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 150 000 000,00), destinada a fi nanciar parcialmente el proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta – Callao”, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 052-2009; Que, con fecha 28 de marzo de 2011 se suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional N° 001- 2011-GRC entre el Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao y la Autoridad Portuaria Nacional, con el objeto de establecer los términos y condiciones bajo los cuales se fi nanciará parcialmente las obras del proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta – Callao”, de conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 052-2009; Que, con fecha 19 de abril de 2011 el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación suscribieron el Contrato de Crédito bajo la modalidad de préstamo a favor del Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.150 000 000,00) destinado a fi nanciar parcialmente el proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta - Callao”, a ser ejecutado por el Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao en calidad de Unidad Ejecutora; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 482-2011- EF/52 se aprobó el Convenio de Traspaso de Recursos entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y la Autoridad Portuaria Nacional, en el cual se establecen los términos y condiciones para la utilización de los recursos derivados de la operación de endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo N° 271-2010-EF para el fi nanciamiento parcial del proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta - Callao”; Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio N° 053-2012-APN/DIR de fecha 27 de diciembre de 2012 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos del Pliego 214 Autoridad Portuaria Nacional, el mismo que considera la suma de VEINTIÚN MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 210 000,00) para ser transferidos fi nancieramente al Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao para el fi nanciamiento parcial del proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta - Callao”, en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, que corresponden a la operación de endeudamiento interno antes descrita;