Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2013 (08/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

500828
PLIEGO UNIDAD EJECUTORA 022 : Ministerio Publico 002 : Gerencia General

El Peruano Jueves 8 de agosto de 2013

CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se aprueba, entre otros, el presupuesto del Pliego 214 Autoridad Portuaria Nacional; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 052-2009 se declaro de necesidad nacional el proyecto de inversion publica "Mejoramiento de la Avenida MORDAZA GambettaCallao", estableciendose que su ejecucion esta a cargo del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao durante el periodo 2009-2011, ampliandose su vigencia hasta el 31 de diciembre del ano 2013 de acuerdo a lo dispuesto por la Centesima Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; Que, el numeral 2.1 del articulo 2 del Decreto de Urgencia N° 052-2009, dispuso que la Autoridad Portuaria Nacional debe aportar la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 150 000 000,00) para la ejecucion del citado Proyecto; dichos recursos seran transferidos financieramente al Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, de acuerdo a lo dispuesto por la Centesima Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, la cual senala que dichas transferencias financieras se efectuan bajo el mecanismo y responsabilidad que establecen los numerales 12.2 y 12.3 del articulo 12 de la mencionada Ley; Que, mediante el Decreto Supremo N° 271-2010-EF, se aprobo la operacion de endeudamiento interno con el Banco de la Nacion, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 150 000 000,00), destinada a financiar parcialmente el proyecto de inversion publica "Mejoramiento de la Avenida MORDAZA Gambetta ­ Callao", en el MORDAZA de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 052-2009; Que, con fecha 28 de marzo de 2011 se suscribio el Convenio de Cooperacion Interinstitucional N° 0012011-GRC entre el Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao y la Autoridad Portuaria Nacional, con el objeto de establecer los terminos y condiciones bajo los cuales se financiara parcialmente las obras del proyecto de inversion publica "Mejoramiento de la Avenida MORDAZA Gambetta ­ Callao", de conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 052-2009; Que, con fecha 19 de MORDAZA de 2011 el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion suscribieron el Contrato de Credito bajo la modalidad de prestamo a favor del Ministerio de Economia y Finanzas hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.150 000 000,00) destinado a financiar parcialmente el proyecto de inversion publica "Mejoramiento de la Avenida MORDAZA Gambetta - Callao", a ser ejecutado por el Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao en calidad de Unidad Ejecutora; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 482-2011EF/52 se aprobo el Convenio de Traspaso de Recursos entre el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, y la Autoridad Portuaria Nacional, en el cual se establecen los terminos y condiciones para la utilizacion de los recursos derivados de la operacion de endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo N° 271-2010-EF para el financiamiento parcial del proyecto de inversion publica "Mejoramiento de la Avenida MORDAZA Gambetta - Callao"; Que, mediante Resolucion de Acuerdo de Directorio N° 053-2012-APN/DIR de fecha 27 de diciembre de 2012 se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos del Pliego 214 Autoridad Portuaria Nacional, el mismo que considera la suma de VEINTIUN MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 210 000,00) para ser transferidos financieramente al Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao para el financiamiento parcial del proyecto de inversion publica "Mejoramiento de la Avenida MORDAZA Gambetta - Callao", en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Credito, que corresponden a la operacion de endeudamiento interno MORDAZA descrita;

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001044 : Procesos de las Fiscalias Superiores FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios

64 007,00

ACTIVIDAD 5002207 : Procesos de las Fiscalias Provinciales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios SUB TOTAL Pliego 022 TOTAL EGRESOS

226 935,00 -----------------290 942,00 ========== 1 915 000,00 ==========

Articulo 2.- Procedimientos para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en el presente Credito Suplementario aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a que hace referencia el articulo 1 del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de agosto del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 971920-1

Autorizan Credito Suplementario a favor del pliego Autoridad Portuaria Nacional en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO N° 201-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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