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El Peruano Jueves 8 de agosto de 2013 500829 Que, de acuerdo con el cronograma de desembolsos de la obra del proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta - Callao” remitido por el Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao mediante Ofi cio N° 168-2013/GRC/GGR, se prevé la necesidad de que la Autoridad Portuaria Nacional le transfi era fi nancieramente en el presente año fi scal, la suma total de OCHENTA MILLONES SETECIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 76/100 NUEVOS SOLES (S/. 80 703 437,76) para el fi nanciamiento del citado Proyecto; Que, al haberse considerado en el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2013 del Pliego 214 Autoridad Portuaria Nacional, el monto de VEINTIÚN MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 210 000,00) de la referida operación de endeudamiento interno, queda un saldo pendiente de incorporar por la suma de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 76/100 NUEVOS SOLES (S/. 59 493 437,76); Que, la Centésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año fi scal 2013, faculta al Poder Ejecutivo para que mediante decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, y el Ministro de Economía y Finanzas, apruebe la incorporación en el presupuesto institucional correspondiente al Año Fiscal 2013 del Pliego Autoridad Portuaria Nacional, de los recursos provenientes de la operación de endeudamiento interno destinados a fi nanciar la participación de la Autoridad Portuaria Nacional en la ejecución del proyecto “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta - Callao”; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, mediante Ofi cio N° 0643-2013-MTC/04, el Secretario General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013 hasta por la suma de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 59 493 438,00) para el fi nanciamiento parcial del proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta – Callao”; Que, resulta necesario autorizar la incorporación de los citados recursos vía Crédito Suplementario a favor de la Autoridad Portuaria Nacional, en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 59 493 437,00), destinados a fi nanciar la participación de la Autoridad Portuaria Nacional en la ejecución del proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta – Callao”, de acuerdo al siguiente detalle: En Nuevos Soles INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO 1.8 Endeudamiento 1.8.2 Endeudamiento Interno 1.8.2.1 Créditos Internos 1.8.2.1.2 Otros Créditos Internos 1.8.2.1.2.1 Del Banco de la Nación 59 493 437,00 ------------------- TOTAL INGRESOS 59 493 437,00 ============ EGRESOS En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 214: AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL UNIDAD EJECUTORA 001 : AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL ACCIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5002324 : T R A N S F E R E N C I A FINANCIERA AL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO PARA EL MEJORAMIENTO DE LA AVENIDA NESTOR GAMBETTA – CALLAO FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias 59 493 437,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 59 493 437,00 ============ Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en el presente Crédito Suplementario aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de agosto del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 971920-2