Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2013 (08/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Jueves 8 de agosto de 2013

500845
Que, mediante Parte Diario N° 069692 de fecha 25 de MORDAZA de 2013; la empresa denominada MANEJE CON SEGURIDAD E.I.R.L., con RUC N° 20551189571 y domicilio en Avenida 2, Mz H1 Lotes N°s 16 y 65, 1er y 2do piso, Urbanizacion San MORDAZA de Carapongo, Distrito Lurigancho, Provincia y Departamento de MORDAZA, presenta solicitud para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Empresa, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, a efectos de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II- c, asi como el curso de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; Que, mediante Oficio N° 3748-2013-MTC/15.03 de fecha 30 de MORDAZA de 2013, notificado en la misma fecha, esta administracion formulo las observaciones pertinentes de la solicitud presentada por La Empresa requiriendole la subsanacion correspondiente, para lo cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario N° 074022 de fecha 03 de junio de 2013, La Empresa, presenta diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones realizadas en el Oficio que antecede; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante el Informe N° 001-2013-MTC/15. zega de fecha 18 de junio de 2013, se adjunta el acta de inspeccion ocular realizada a la empresa denominada MANEJE CON SEGURIDAD E.I.R.L., del cual se advierte que la inspeccion fue realizada en los locales propuestos por La Empresa donde la inspectora concluye que cumple con lo establecido en los numerales 43.3 y 43.5 del articulo 43° del Decreto Supremo N° 040-2008-MTC; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 498-2013MTC/15.03.A.A.ec y siendo este parte integrante de la presente resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.-AUTORIZAR a la empresa denominada MANEJE CON SEGURIDAD E.I.R.L., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II-c, asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de Recategorizacion y Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; en consecuencia, procedase a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos: Denominacion de la Escuela : MANEJE CON SEGURIDAD E.I.R.L. Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales

publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- La Escuela autorizada debera presentar: a) En un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo senala el numeral 43.6 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. c) En un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario de publicada la Resolucion Directoral que establece las caracteristicas especiales del circuito donde se realizaran las practicas de manejo, MORDAZA de la Poliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo senala el literal e) numeral 43.4 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Setimo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de La Empresa autorizada los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 968867-1

Autorizan a empresa Maneje con Seguridad E.I.R.L. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 2757-2013-MTC/15 MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 069692 y 074022, presentados por la empresa denominada MANEJE CON SEGURIDAD E.I.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales;

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