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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (09/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Viernes 9 de agosto de 2013 500917 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 190-2013- INEI, se aprobaron los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edifi cación, correspondientes a las seis (06) áreas geográfi cas para las Obras del Sector Privado por variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, ejecutadas en el mes de junio último; Que, en la Convención Colectiva de Trabajo, se ha suscrito el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2013-2014, de fecha 11 julio de 2013, bajo el expediente Nº 029-2013-MTPE/2.14, registrada el 31 de julio 2013, por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y cuya publicación ha sido dispuesta por Resolución Ministerial Nº 132-2013-TR, en la cual, como resultado de la negociación directa del pliego de reclamos, se acordó entre otros, otorgar incrementos diarios sobre el jornal básico de los trabajadores de Construcción Civil, a partir del 1 de junio de 2013; Que, resulta pertinente modifi car los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edifi cación para las seis (06) áreas geográfi cas correspondientes al mes de junio de 2013; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edifi cación del Sector No Público para las seis (6) áreas geográfi cas, correspondientes al mes de junio de 2013, que se indica a continuación: FACTORES DE REAJUSTE MODIFICADOS CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DEL 01 AL 30 DE JUNIO DE 2013 (*) ÁREAS GEOGRÁFICAS No. OBRAS DE EDIFICACIÓN Edifi cación de 1 y 2 Pisos Edifi cación de 1 y 2 Pisos Edifi cación de 3 y 4 Pisos Edifi cación de 3 y 4 Pisos (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) M.O. Resto Elem. Total M.O. Resto Elem. Total M.O. Resto Elem. Total M.O. Resto Elem. Total 1 1,0146 1,0045 1,0191 1,0170 1,0042 1,0212 1,0138 1,0062 1,0200 1,0185 1,0050 1,0235 2 1,0144 1,0050 1,0194 1,0166 1,0043 1,0209 1,0137 1,0064 1,0201 1,0183 1,0051 1,0234 3 1,0135 1,0045 1,0180 1,0155 1,0037 1,0192 1,0130 1,0061 1,0191 1,0173 1,0048 1,0221 4 1,0142 1,0050 1,0192 1,0161 1,0033 1,0194 1,0136 1,0061 1,0197 1,0178 1,0041 1,0219 5 1,0152 1,0060 1,0212 1,0178 1,0050 1,0228 1,0142 1,0072 1,0214 1,0193 1,0060 1,0253 6 1,0138 1,0047 1,0185 1,0157 1,0037 1,0194 1,0131 1,0060 1,0191 1,0174 1,0046 1,0220 (*) En base al Convenio Colectivo de fecha 11 de julio de 2013, Expediente Nº 029-2013-MTPE/2.14. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RÍOS Jefe 972473-2 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Aprueban temas a tratar en el Segundo Pleno Jurisdiccional Supremo en materia laboral 2013 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 262-2013-P-PJ Lima, 2 de agosto de 2013. VISTO: El ofi cio N° 182-2013-PPJL-CS-PJ, cursado por el señor Juez Supremo Roberto Luis Acevedo Mena, Coordinador del Segundo Pleno Jurisdiccional Supremo en materia laboral 2013, mediante el cual solicita aprobar el desarrollo de los temas consignados en el mismo. CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolución Administrativa N° 166-2013-P-PJ, del 13 de mayo de 2013, se aprobó la realización del Segundo Pleno Jurisdiccional Supremo en materia laboral 2013, designándose como coordinador del mismo al señor Acevedo Mena. Segundo: Que, habiéndose reunido los señores Jueces Supremos integrantes de las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente y Transitorias del Supremo Tribunal, el 22 de julio del año en curso, acordaron proponer los temas a tratar en el mencionado Pleno Jurisdiccional. Tercero: Que, resulta necesaria la aprobación de los temas propuestos en el ofi cio del visto, para su difusión a la comunidad jurídica, con el fi n de recabar sus aportes y opiniones sobre las mismas. Por lo tanto, en uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por el artículo 76° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero: Aprobar los temas a tratar en el Segundo Pleno Jurisdiccional Supremo en materia laboral 2013, los mismos que están referidos a los siguientes puntos: 1) Tutela procesal de los trabajadores del sector público: Agotamiento de la vía administrativa. Órgano administrativo competente para el agotamiento. Vía procesal judicial pertinente. Órgano jurisdiccional competente; 2) Desnaturalización de los contrato. Casos especiales: Contrato Administrativo de Servicios (CAS); 3) Tratamiento judicial del despido incausado y despido fraudulento: aspectos procesales y sustantivos; 4) Remuneración computable para la compensación por tiempo de servicios y pensiones: Regímenes especiales; 5) Competencia de los órganos jurisdiccionales laborales con la Nueva Ley Procesal del Trabajo y de los Tribunales Unipersonales; 6) Plazos para interponer medios impugnatorios: Notifi cación y rebeldía; 7) Pensión mínima regulada por la Ley N° 23908 y los incrementos establecidos en el sistema de seguridad social y 8) Caducidad de aportaciones de acuerdo con la Ley N° 8433.