TEXTO PAGINA: 6
El Peruano Sábado 10 de agosto de 2013 500940 FUNCIONES TECNICAS SUSTENTO NORMATIVO 29 Fiscalizar y Sancionar el incumplimiento de obligaciones establecidas en la normativa aplicable por OSINERGMIN referida a normas técnicas y de seguridad, no vinculadas a la seguridad y salud en el trabajo, en el ámbito de su competencia en el subsector electricidad. Artículo 2º de la Ley Nº 27699 Inciso e) del artículo 5º de la Ley Nº 26734 Artículo 5º del Resolución Nº 205-2009- OS/CD. Literal d) del numeral 3.1 del artículo 3º de la Ley Nº 27332 Artículo 36º del Decreto Supremo Nº 054- 2001-PCM. Segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27699 Artículo 101º de la Ley Nº 25844 Artículo 201º del Decreto Supremo Nº 009-1993-EM. 30 Fiscalizar y Sancionar el incumplimientos de las obligaciones de los agentes sobre reporte de emergencias, así como atención de denuncias e investigación de emergencias, en lo que respecta a las materias bajo su ámbito de competencia. Artículo 2º de la Ley Nº 27699 Inciso e) del artículo 5º de la Ley Nº 26734 Artículo 5º del Resolución Nº 205-2009- OS/CD. Literal d) del numeral 3.1 del artículo 3º de la Ley Nº 27332 Artículo 36º del Decreto Supremo Nº 054- 2001-PCM. Segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27699 Artículo 101º de la Ley Nº 25844 Artículo 201º del Decreto Supremo Nº 009-1993-EM. 31 Resolver los intereses contrapuestos entre entidades o empresas bajo su ámbito de competencia, entre éstas y sus usuarios, reconociendo o desestimando los derechos invocados. Artículo 3.1, literal e, de la Ley Nº 27332 Artículos del 44º al 47º del Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM Resolución Nº 826-2002-OS/CD, y sus modifi catorias. 32 Verifi car el cumplimiento de las resoluciones emitidas por los órganos de solución de controversias en los procedimientos de solución de controversias y sancionar su incumplimiento. Artículo 3º numeral 3.1, incisos a) y d) de la Ley 27332. Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN Nº 256-2009-OS-CD. 33 Resolver los reclamos, quejas y medidas cautelares de los usuarios de los servicios públicos de electricidad, en el ámbito de su competencia. Art. 3º numeral 3.1, inciso f) de la Ley 27332. Artículo 48º del Decreto Supremo Nº 054- 2001-PCM Resolución Nº 671-2007-OS-CD y sus modifi catorias. 34 Verifi car el cumplimiento de las resoluciones emitidas en los procedimientos de reclamos del servicio público de electricidad y sancionar su incumplimiento. Artículo 3º numeral 3.1, incisos a) y d) de la Ley 27332. ANEXO 1 1B SUBSECTOR HIDROCARBUROS 1B.1 ACTIVIDAD DE GAS NATURAL FUNCIONES TÉCNICAS SUSTENTO NORMATIVO 1 Dictar los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios, en los temas de su competencia. Artículo 3.1, literal c, de la Ley Nº 27332 2 Administrar, regular y simplifi car el Registro de Hidrocarburos Decreto Supremo Nº 004-2010-EM Decreto Supremo Nº 029-2010-EM Resolución de Consejo Directivo Nº 191- 2011-OS/CD 3 Fijación de las Tarifas de Transporte de Gas Natural por Red de Ductos (Red Principal) Artículo 9 de la Ley Nº 27133 Artículos 8 al 11 del Decreto Supremo Nº 040-99 Título VII del Decreto Supremo Nº 081- 2007 4 Fijación de las Tarifas de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobación del Plan Quinquenal de Inversiones y del Plan de Promoción. Decreto Supremo Nº 040-2008-EM Artículo 112a, inciso b del Decreto Supremo Nº 040-2008-EM 5 Aprobación de bases de las licitaciones sobre instalaciones internas de gas natural benefi ciadas con el Mecanismo de Promoción y con el FISE Artículo 10.5 del Decreto Supremo Nº 021-2012-EM 6 Fijación del costo de corte y reconexión, del costo de las Acometidas y sus cargos por mantenimiento. Artículos 75º y 118º del Decreto Supremo Nº 040-99 7 Dar opinión en los aspectos materia de su competencia sobre los proyectos de Contratos remitidos por PROINVERSIÓN Artículos 9.3, 9.5 y 15º del Decreto Legislativo Nº 1012 8 Supervisar el cumplimiento de los contratos de concesión otorgados por el Estado y aquellos derivados del proceso de promoción en el sector energía, asimismo emitir opinión previa a la renovación de la vigencia de los contratos, la prórroga de los plazos estipulados o la revisión y/o renegociación de aquellos contratos ya suscritos, mediante la emisión de un informe de evaluación sobre el cumplimiento de la empresa concesionaria, respecto a las obligaciones contenidas en el contrato de concesión y en las normas del sector. Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 054- 2001-PCM FUNCIONES TÉCNICAS SUSTENTO NORMATIVO 9 Supervisar el cumplimiento de normas técnicas en las actividades de exploración, explotación, producción, procesamiento, petroquímica básica, transporte, distribución y comercialización en la industria de gas natural, en el ámbito de su competencia. Artículo 5º, literal c de la Ley Nº 26734 Artículo 3º, numeral 3.1, lit. a) de la Ley Nº 27332 Artículo 3º de la Ley Nº 29901 Artículo 5º de la Ley Nº 29163 10 Supervisar el cumplimiento de normas relacionadas con presentación de información en las actividades de exploración, explotación, producción, procesamiento, petroquímica básica, transporte, distribución y comercialización en la industria de gas natural, en las materias bajo el ámbito de su competencia. Artículo 5º, literal c de la Ley Nº 26734 Artículo 3º, numeral 3.1, lit. a) de la Ley Nº 27332 Artículo 3º de la Ley Nº 29901 Artículo 5º de la Ley Nº 29163 11 Supervisar el cumplimiento de normas para el inicio de actividades, en el ámbito de su competencia. Artículo 5º, literal c de la Ley Nº 26734 12 Supervisar el cumplimiento de normas relacionadas con características del servicio de transporte de gas natural y/o líquidos de gas natural, distribución de gas natural por red de ductos; y suministro de gas natural por parte de productores, en el ámbito de su competencia. Artículo 3º, numeral 3.1, lit. a) de la Ley Nº 27332 Artículo 3º de la Ley Nº 29901 Art. 5º de la Ley Nº 29163 13 Fiscalizar y sancionar el incumplimiento de normas técnicas en las actividades de exploración, explotación, producción, procesamiento, petroquímica básica, transporte, distribución y comercialización en la industria de gas natural, en el ámbito de su competencia. Rubros 2, 3 y 5 del Anexo 1 de la Resolución Nº 388-2007-OS/CD Artículo 5º, literal c de la Ley Nº 26734 Artículo 3º, numeral 3.1, lit. d) de la Ley Nº 27332 Artículo 3º de la Ley Nº 29901 Artículo 5º de la Ley Nº 29163 14 Fiscalizar y sancionar el incumplimiento de: - Normas relacionadas con presentación de información en las actividades de exploración, explotación, producción, procesamiento, petroquímica básica, transporte, distribución y comercialización en la industria de gas natural. - Normas para el inicio de actividades. Rubros 1 y 5 del Anexo 1 de la Resoluciónº 388-2007-OS/CD Artículo 5º, literal c de la Ley Nº 26734 Artículo 3º, numeral 3.1, lit. d) de la Ley Nº 27332 Artículo 3º de la Ley Nº 29901 Artículo 5º de la Ley Nº 29163 15 Fiscalizar y sancionar el incumplimiento de normas relacionadas con características del servicio de transporte de gas natural y/o líquidos de gas natural, distribución de gas natural por red de ductos; y suministro de gas natural por parte de productores. Rubro 4 del Anexo 1 de la Resolución Nº 388-2007-OS/CD Artículo 5º, literal c de la Ley Nº 26734 Artículo 3º, numeral 3.1, lit. d) de la Ley Nº 27332 Artículo 3º de la Ley Nº 29901 Artículo 5º de la Ley Nº 29163 16 Resolver los intereses contrapuestos entre entidades o empresas bajo su ámbito de competencia, entre éstas y sus consumidores, reconociendo o desestimando los derechos invocados. Artículo 3.1, literal e, de la Ley Nº 27332 Artículos 44º al 47º del Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM Resolución Nº 826-2002-OS/CD, y sus modifi catorias. 17 Verifi car el cumplimiento de las resoluciones emitidas en los procedimientos de solución de controversias y sancionar su incumplimiento. Artículo 3º numeral 3.1, incisos a) y d) de la Ley Nº 27332. Resolución Nº 256-2009-OS-CD y modifi catorias. 18 Resolver los reclamos, quejas y medidas cautelares de los usuarios de los servicios públicos de gas natural, en el ámbito de su competencia. Artículo 3º numeral 3.1, inciso f) de la Ley 27332. Artículo 48º del Decreto Supremo Nº 054- 2001-PCM Resolución Nº 671-2007-OS-CD y sus modifi catorias. 19 Verifi car el cumplimiento de las resoluciones emitidas en los procedimientos de reclamos del servicio público de gas natural y sancionar su incumplimiento. Artículo 3º numeral 3.1, incisos a) y d) de la Ley Nº 27332. 20 Actuar como dirimente en la fi jación del precio del Etano derivado del Gas Natural, ante la falta de acuerdo entre el productor y consumidor Artículo 4º de la Ley Nº 29690 ANEXO 1 1B SUBSECTOR HIDROCARBUROS 1B.2 ACTIVIDADES DE HIDROCARBUROS LÍQUIDOS FUNCIONES TECNICAS SUSTENTO NORMATIVO 1 Dictar los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios, en los temas de su competencia. Artículo 3.1, literal c, de la Ley Nº 27332 2 Administrar, regular y simplifi car el Registro de Hidrocarburos Decreto Supremo Nº 004-2010-EM Decreto Supremo Nº 029-2010-EM Resolución Nº 191-2011-OS/CD 3 Actualización de las Bandas de Precios Objetivo, del Fondo para la Estabilización de Precios de los Hidrocarburos Líquidos Derivados del Petróleo y fi scalizar el correcto funcionamiento del Fondo para la Estabilización de Precios de los Hidrocarburos Líquidos Derivados del Petróleo, conforme a las directivas que establezca el Administrador del Fondo. Decreto de Urgencia 10-2004 Decreto de Urgencia 027-2010 Decreto de Urgencia 057-2011 Decreto de Urgencia 060-2011 Decreto de Urgencia 005-2012