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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (10/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Sábado 10 de agosto de 2013 500950 Que, el numeral 12.2 del artículo 12 de la Directiva en mención, en concordancia con lo dispuesto en el literal c) de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, precisa que para el fi nanciamiento de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia, el INDECI remite al Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Informe Sustentatorio, la solicitud de crédito presupuestario, señalando la relación de los PIP de Emergencia declarados elegibles por la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas así como sus respectivos montos; Que, el artículo 13 de la Directiva antes referida, establece que la transferencia de los recursos a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29952, se autoriza de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; Que, la Directiva Nº 005-2012-EF/63.01 “Directiva del procedimiento simplifi cado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de desastres de Gran Magnitud”, establece un procedimiento simplifi cado aplicable a los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia de acuerdo a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29952; Que, en aplicación de lo antes señalado, el INDECI, a través del Ofi cio Nº 792-2013/INDECI/4.0, solicita la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 273 013,00), los cuales serán transferidos fi nancieramente a la Municipalidad Distrital de Salamanca de la Provincia de Condesuyos del Departamento de Arequipa, para la ejecución de 03 Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados “Rehabilitación del servicio del canal Ayanca Sectores de Ayanca, Octogepa, Paycahua, Pampaira, Kolpichu y Joccho, L = 870 ML, afectado por lluvias de alta intensidad ocurrido el 04/02/2013, en el Distrito de Salamanca, Provincia de Condesuyos - Región Arequipa declarado en Estado de Emergencia con D.S. 045- 2013-PCM”, “Rehabilitación del servicio del canal Salamanca, L = 600 ML, afectado por lluvias de alta intensidad ocurrido el 04/02/2013, en el Distrito de Salamanca, Provincia de Condesuyos, Región Arequipa, declarado en Estado de Emergencia con D.S. 045-2013-PCM” y “Rehabilitación del servicio del canal Tancani, L=370 ML, afectado por lluvias de alta intensidad ocurrido el 04/02/2013, en el Distrito de Salamanca, Provincia de Condesuyos - Región Arequipa declarado en Estado de Emergencia con D.S. 045-2013- PCM”, los mismos que han sido declarados elegibles por la Dirección General de Política de Inversiones, mediante Ofi cio Nº 3270-2013-EF/63.01 de fecha 26 de junio del 2013; Que, el INDECI a través del Ofi cio Nº 793-2013/ INDECI/4.0 solicita la suma de CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 45 468,00), los cuales serán transferidos fi nancieramente a la Municipalidad Distrital de Andagua, de la Provincia de Castilla del Departamento de Arequipa, para dos (02) Actividades de Emergencia, denominadas “Alquiler de maquinaria pesada para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable de Andagua al Anexo San Antonio, trocha que une al distrito de Andagua con el Sector Charcca, Occoruro y San Antonio afectado en dos tramos críticos con una longitud total de 1000 metros ocurridos por las lluvias de gran intensidad presentadas el día 8 de marzo del 2013” y “Alquiler de maquinaria pesada para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable de Andagua al Anexo San Isidro de Taucca, trocha que une al distrito de Andagua con el Sector Hunacaure, el anexo San Isidro de Taucca, afectado en dos tramos críticos con una longitud total de 600 metros ocurridos por las lluvias de gran intensidad presentadas el día 8 de marzo del 2013”; habiéndose declarado en estado de Emergencia el 20 de abril del 2013 mediante Decreto Supremo Nº 045-2013- PCM y prorrogado mediante Decreto Supremo Nº 073- 2013-PCM del 19 de junio del 2013; Que, el INDECI a través del Ofi cio Nº 832-2013/ INDECI/4.0 solicita la suma de CIENTO VEINTITRES MIL NOVECIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 123 920,00) los cuales serán transferidos fi nancieramente a la Municipalidad Distrital de Quilca, de la Provincia de Camaná del Departamento de Arequipa, para una (01) Actividad de Emergencia, denominada “Alquiler de maquinaria pesada para la descolmatacion y limpieza del cauce del Río Quilca, desde la progresiva 3+580 hasta la progresiva 4+420, Sector el Platanal, Distrito de Quilca, Provincia de Camaná, Región Arequipa, afectado como consecuencia de la crecida del Río Quilca por las lluvias intensas que se presentaron en las partes altas de la Cuenca el día 26 de marzo de 2013 declarada en Estado de Emergencia mediante D.S 045- 2013-PCM”; cuya declaratoria de emergencia ha sido prorrogado mediante Decreto Supremo Nº 073-2013-PCM del 19 de junio del 2013; Que, el INDECI a través del Ofi cio Nº 833-2013/ INDECI/4.0 solicita la suma de CIENTO DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 119 631,00) los cuales serán transferidos fi nancieramente a la Municipalidad Distrital de Coporaque, de la Provincia de Caylloma del Departamento de Arequipa, para la ejecución de 01 Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado “Rehabilitación del servicio del Canal de Cchaquere, L =350 ML, afectado por lluvias de alta intensidad ocurrido el 24/02/2013, en el Distrito de Coporaque, Provincia de Caylloma - Región Arequipa, declarado en Estado de Emergencia con D.S. 045-2013-PCM”, el mismo que ha sido declarado elegible por la Dirección General de Política de Inversiones, mediante Ofi cio Nº 3264-2013-EF/63.01 de fecha 25 de junio del 2013; Que, el INDECI a través del Ofi cio Nº 834-2013/ INDECI/4.0 solicita la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 234 861,00) los cuales serán transferidos fi nancieramente a la Municipalidad Distrital de Madrigal, de la Provincia de Caylloma del Departamento de Arequipa, para la ejecución de 02 Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados “Rehabilitación del servicio del Canal Sahuayto, L = 270 ML, afectado por lluvias de alta intensidad ocurrido el 24/02/2013, en el Distrito de Madrigal, Provincia de Caylloma - Región Arequipa, declarado en Estado de Emergencia con D.S. 045-2013-PCM” y “Rehabilitación del servicio del Canal Patayarka, L = 490 ML, afectado por lluvias de alta intensidad ocurrido el 24/02/2013 en el Distrito de Madrigal, Provincia de Caylloma, Región Arequipa declarado en Estado de Emergencia con D.S. 045-2013-PCM”, los mismos que han sido declarados elegibles por la Dirección General de Política de Inversiones, mediante Ofi cio Nº 3264-2013- EF/63.01 de fecha 25 de junio del 2013; Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fi n de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiendo transferirse para el efecto, recursos por un total de SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 796 893,00) a favor del INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 004-2012-EF/63.01 - Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos, a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y la Directiva Nº 005-2012-EF/63.01 - Directiva del procedimiento simplifi cado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de desastres de Gran Magnitud; De conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 hasta por la suma de SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 796 893,00) a fi n de atender las tres (03) Actividades de Emergencia y seis (06) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS