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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (10/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Sábado 10 de agosto de 2013 500948 Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 973192-6 Autorizan viaje de Oficiales Asesores Jurídicos a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 402-2013-DE/ Lima, 9 de agosto de 2013 VISTA: La Carta Nº 20134000132881/CGFM-JEMC-JEIMC- DASIN-60,1 del Jefe de Operaciones Conjuntas de las Fuerzas Militares de Colombia, de fecha 26 de junio de 2013. CONSIDERANDO: Que, mediante documento del Visto, el Jefe de Operaciones Conjuntas de las Fuerzas Militares de Colombia, hace extensiva la invitación a UN (1) Ofi cial Jurídico del Ministerio de Defensa y DOS (2) Ofi ciales Jurídicos del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, con el objeto de conocer la realidad militar en el ámbito jurídico operacional de las Fuerzas Militares de Colombia, así como realizar las coordinaciones necesarias para que en fecha posterior viajen al Perú UN (1) Ofi cial Jurídico Operacional de cada una de las Fuerzas Militares de dicho país a fi n de intercambiar experiencias en el ámbito propio de su función; dichas actividades se realizarán en la ciudad de Bogotá, D.C. República de Colombia, del 12 al 16 de agosto de 2013; Que, en ese sentido, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Bogotá, D.C. – República de Colombia, al Teniente Coronel EP Jorge Luis CARO Gonzalo, Asesor Jurídico del Ministerio de Defensa, así como del Teniente Coronel EP Hernán Miguel Ángel PIZARRO Arcaya y del Capitán de Corbeta CJ. Pedro Augusto BAZAN Infante, Asesores Jurídicos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, para que participen en las citadas actividades, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio del Sector Defensa; Que, la participación del Teniente Coronel EP Jorge Luis CARO Gonzalo, Asesor Jurídico del Ministerio de Defensa, en la citada Comisión no se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013 aprobado con Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, del 15 de marzo de 2013, en razón de que la misma fue comunicada con posterioridad a su aprobación; sin embargo, en atención a los intereses del Sector Defensa y la importancia de la actividad por desarrollarse, resulta pertinente expedir la autorización de viaje; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales disponibles, y con el fi n de prever la participación del citado Ofi cial Superior durante la totalidad del evento, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del mismo; Que, asimismo, el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Que, la participación del Teniente Coronel EP Hernán Miguel Ángel PIZARRO Arcaya y del Capitán de Corbeta CJ. Pedro Augusto BAZAN Infante, Asesores Jurídicos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, ha sido incluida en el ítem 208, del Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, del anexo 1 (R.O.) del mencionado Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa, para el año fi scal aprobado mediante Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, del 15 de marzo de 2013; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Defensa - Administración General y de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; La Ley Nº 29951- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM, de fecha 05 de junio de 2002 y su modifi catoria Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG- de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Bogotá D.C, República de Colombia, a los Ofi ciales Asesores Jurídicos que se indican a continuación, con el objeto de conocer la realidad militar en el ámbito jurídico operacional de las Fuerzas Militares de Colombia, así como realizar las coordinaciones necesarias para que en fecha posterior viajen al Perú UN (1) Ofi cial Jurídico Operacional de cada una de las Fuerzas Militares de Colombia, a fi n de intercambiar experiencias en el ámbito propio de su función, según el detalle siguiente: Del 12 al 16 de agosto, autorizándose la salida del país el 11 de agosto y su retorno el 17 de agosto de 2013. Ministerio de Defensa DNI CIP Teniente Coronel EP Jorge Luis CARO GONZALO 06595079 118478400 Del 12 al 16 de agosto de 2013. Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas Teniente Coronel EP Hernán Miguel Ángel PIZARRO ARCAYA 08378912 117769900 Capitán de Corbeta Pedro Augusto BAZÁN INFANTE 06806926 00000760 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 001: Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: Lima – Bogotá D.C. (República de Colombia) – Lima: US$ 1,406.17 (Incluye TUUA) US$ 1,406.17 Viáticos: US$ 370.00 x 6 días x 1 persona US$ 2,220.00 TOTAL: US$ 3,626.17 Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa – Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: Lima – Bogotá D.C. (República de Colombia) – Lima: US$ 776.00 x 2 personas (Incluye TUUA) US$. 1,552.00 Viáticos: US$. 370.00 x 4 días x 2 personas US$. 2,960.00 TOTAL: US$. 4,512.00 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- El Personal Militar comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro