Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2013 (18/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA 18 de agosto de 2013

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Nacion, asi como, al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion Directoral Regional, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director de la Direccion Regional de Energia y Minas Gobierno Regional MORDAZA

Articulo 2º.- La titular esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como, al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion Directoral Regional, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director de la Direccion Regional de Energia y Minas Gobierno Regional MORDAZA

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975862-6 DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL Nº 078-2012-GR-CAJ-DREM
MORDAZA, 28 de noviembre del 2012 VISTO: el Informe Nº 135-2012-GR.CAJ/DREM/ESSFO, de fecha 22 de noviembre del 2012, elaborado por el Ingeniero representante de la Oficina de Electricidad ­ DREM-CAJAMARCA, asi como tambien el Informe Legal Nº 092-GR.CAJ/DREM/AL-PORM de fecha 28 de noviembre del 2012; y, CONSIDERANDO: Que, MINERA YANACOCHA SRL, mediante documento con registro Nº 721604, ha solicitado la autorizacion para generacion de Energia Electrica en las instalaciones de la Central Termica Western Oxide Expansion Etapa I, con una potencia instalada de 5, 475 kW, ubicada en el distrito de La Encanada, provincia y Departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en el articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y, en el articulo 67º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00993-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la peticionaria ha presentado Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Oficina de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 1352012-GR.CAJ/DREM/E-SSFO; Estando a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas, D.S. Nº 056-2009-EM y el item 05 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Direccion Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de Cajamarca. Con la opinion favorable del Director Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional MORDAZA y el Representante de la Oficina de Electricidad de esta Direccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a favor de la EMPRESA YANACOCHA SRL, para desarrollar la actividad de Generacion de Energia Electrica en las instalaciones de la Central Termica Western Oxide Expansion Etapa I, con una potencia instalada de 5, 475 kW, ubicada en el distrito de la Encanada, provincia y Departamento de Cajamarca. Articulo 2º.- La titular esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la

GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Aprueban modificacion del MORDAZA de la Gerencia de Desarrollo Local
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2013
La Punta, 14 de agosto de 2013 VISTO: El Informe Nº 050-2013-MDLP/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Articulo 194° de la Constitucion Politica modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion- Ley Nº 27680 y posteriormente modificado por la Ley Nº 28607, las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local, que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia con este se pronuncia el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, de acuerdo con el numeral 38.5 del Articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos se debe realizar por Decreto de Alcaldia, publicandose dicha modificacion. Asimismo, en su Articulo 44º, numeral 44.4, se establece que no pueden dividirse los procedimientos ni establecerse cobro por etapas; Que, la Ley Nº 29060, Ley de Silencio Administrativo, estipula en su Articulo 9º que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 36º de la Ley Nº 27444, solamente podra exigirse a los administrados el cumplimiento de los procedimientos o requisitos administrativos que se encuentren previamente establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, no pudiendo requerirse procedimiento, tramite, requisito u otra informacion, documentacion o pago que no consten en dicho Texto; Que, el Articulo 5º de la Ley Nº 29566, Ley que modifica diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversion y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, publicada el 28 de MORDAZA de 2010, establece que en la tramitacion de licencias de edificacion no sera exigible la MORDAZA de: "(...) d) Documentos que por su naturaleza municipal se encuentren en los archivos del gobierno local";

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