Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2013 (18/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos US$ US$ 518.81 1,260.00

El Peruano MORDAZA 18 de agosto de 2013

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

975532-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran de interes publico regional la Capacitacion y Alta Especializacion Profesional de los Docentes de Primer y MORDAZA Grado de Educacion Primaria
ORDENANZA REGIONAL Nº 237-AREQUIPA
El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo prescrito en el Articulo 38º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional de MORDAZA es competente para emitir Ordenanzas Regionales que MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 15º establece que el Estado y la sociedad procuran la evaluacion, capacitacion, profesionalizacion y promocion permanente de los profesores garantizando al educando su derecho a una formacion que respete su identidad, asi como al buen trato psicologico y fisico; en tal sentido, el Estado a traves de sus niveles de gobierno (regional y/o local) debe promover la capacitacion continua asi como su evaluacion permanente; Que, la Ley General de Educacion define la calidad educativa como el nivel optimo de formacion que deben alcanzar las personas para enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadania y continuar aprendiendo durante toda la vida; consecuentemente, se establece como un factor, que interactua para el logro de la calidad educativa, la "formacion inicial y permanente que garantiza idoneidad de los docentes y autoridades educativas", ademas, senala que el profesor es agente fundamental del MORDAZA educativo y tiene como mision contribuir eficazmente en la formacion de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano, exigiendole idoneidad profesional; Que, por todo lo manifestado precedentemente la Ley General de Educacion en su articulo 60º dispone que el Estado garantice, el funcionamiento de un Programa de Formacion y Capacitacion Permanente que vincule la formacion inicial del docente, su capacitacion y su actualizacion en el servicio, por tanto, es obligacion del Estado procurar los

medios adecuados para asegurar la efectiva participacion del docente; sin embargo, poco o nada se ha hecho por la capacitacion del docente, el Ministerio de Educacion ha venido implementando una serie de programas tales como el PLANCAD, PLANGED, PRONFCAD, etc. y al parecer no con mucho exito, ya que segun los ultimos resultados de la evaluacion de la calidad de los logros de aprendizaje son muy preocupantes y no se nota su impacto; Que, segun los ultimos resultados (2012) de la Evaluacion Censal de Estudiantes (ECE), los menos malos son los Departamentos de MORDAZA, Tacna y MORDAZA, en la Region MORDAZA el 50%.3% aprobo el examen de compresion lectora y en matematica solo el 19.6%, si bien hay una ligera mejoria con relacion al ano 2011, falta mucho por hacer para llegar a un nivel optimo, tal es asi que los resultados de la ECE 2012, revelaron que las UGEL de las Provincias de MORDAZA, La Union, La Joya, Caylloma, Caraveli y Condesuyos tuvieron bajo logros o resultados alarmantemente negativos, permitiendo verificar, no solo de los resultados de la ECE sino del PISA y el mismo SIREVA, que se ha producido un desfase entre las demandas actuales en cuanto a las competencias, capacidades y valores en los cuales han sido formas los profesionales de educacion y que hoy se requiere; Que, respecto a la formacion y capacitacion docente, el Ministerio de Educacion ha manejado el enfoque que el docente debe saber como ensenar y subsidiariamente en el que ensenar, lo cual explica que en los curriculos oficiales aplicados por la Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente a traves del Plan de Formacion Docente hayan desaparecido las disciplinas cientificas, tecnologicas y humanisticas para dar paso a carteles de contenidos, a los que el Ministerio de Educacion denomina areas de trabajo interdisciplinario, ignorando que las interdisciplinas no se opone a la especializacion y profundizacion disciplinaria porque es una estrategia para integrar en el trabajo cientifico a equipos de especialistas en ambitos diversificados y no para obviar la profundidad, riqueza y potencia explicativa de los conocimientos especializados; evidenciandose en el pobre rendimiento de los docentes peruanos mostrados en las pruebas de suficiencia profesional docente nombrado, administrada por el Ministerio de Educacion en marzo del 2007-2008; Que, en general las estrategias de intervencion aplicadas por los diferentes programas de capacitacion ejecutadas por el Ministerio han obviado el desarrollo de capacidades y actitudes dirigidas a la sensibilizacion, motivacion e implicacion sostenida de los actores educativos, especialmente de la comunidad docente, en tanto segun teorias Sociologicas y Psicologicas desarrolladas ampliamente, sostienen que para lograr un cambio social real y efectivo, primero deben cambiar las personas y para lograr ello es imprescindible implicar a los actores sociales que son parte de la solucion al problema; por lo tanto, se hace necesario replantear el enfoque tanto del modelo teorico y Metodologico para el diseno de una Propuesta Alternativa para la Formacion y Capacitacion de los Docentes del 1er. y 2do. grado de la Region Arequipa; Que, conforme al literal r) del articulo 47 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales es funcion especifica de esto, desarrollar los MORDAZA de profesionalizacion, capacitacion y actualizacion del personal docente y administrativo de la region, en concordancia con el plan nacional de formacion continua; por lo que, es importante declarar de interes publico regional la capacitacion y alta especializacion profesional de los docentes del primer y MORDAZA grado de educacion primaria; Que, atendiendo a las consideraciones MORDAZA citadas, el Consejo Regional, al MORDAZA de la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Organica de Gobiernos Regionales; exonerando el tramite de Comision, y en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CRAREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA; Se ha aprobado la siguiente ordenanza: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE INTERES PUBLICO REGINAL "LA CAPACITACION Y ALTA ESPECIALIZACION PROFESIONAL DE LOS DOCENTES DE PRIMER Y MORDAZA GRADO DE EDUCACION PRIMARIA" Articulo 1º.- Interes Publico Regional DECLARAR de interes publico regional "La Capacitacion y Alta Especializacion de los Docentes de Primer y MORDAZA grado de Educacion Primaria".

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