Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2013 (18/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA 18 de agosto de 2013

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dentro de los cinco (05) dias calendario contados desde su aprobacion; asimismo debera colocarse una MORDAZA de la presente resolucion en lugar visible de la sede central y oficinas desconcentradas. Registrese, comuniquese y publiquese. EDGARD C. MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Migraciones

de conformidad con la Ley de Trasparencia y Acceso a la Informacion Publica; Que, conforme la Primera Disposicion Complementaria y Final del citado Decreto Supremo, el Superintendente Nacional de Migraciones podra disponer las acciones necesarias para la aplicacion e implementacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, mediante Ley Nº 27806 se aprobo la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, la cual promueve la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2º de la ConstitucionPolitica del Peru; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y por Decreto Supremo Nº 072-2003 se aprobo el Reglamento de la citada ley, modificado por Decreto Supremo Nº 0702013-PCM; Que, conforme los articulos 5º y 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, concordante con los articulos 3 y 4 de su Reglamento, las entidades mediante resolucion de la MORDAZA autoridad deberan identificar y designar a los funcionarios responsables de la difusion de informacion a traves de internet, elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia, y de brindar informacion que posean o produzcan; Que, asimismo los articulos 15º y 16º del citado Texto Unico Ordenado, contemplan excepciones al ejercicio del derecho de acceso a la informacion publica, senalando que el mismo no podra ser ejercido cuando se trate de informacion expresamente clasificada como secreta o reservada, en cuyo caso la entidad es la responsable de clasificar dicha informacion o designar a los funcionarios encargados de realizarla, en concordancia con lo dispuesto en el literal e) del articulo 3º del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM; Que,en tal sentido a fin de garantizar el cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, es necesario designar a los funcionarios responsables de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia ;transitoriamente al funcionario responsable de brindar la informacion que posee o produce MIGRACIONES, en tanto se designe al Gerente General; asi como del encargado de clasificar, reclasificar y desclasificar la informacion secreta y/o reservada; De conformidad con las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 1130, el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013IN y el articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y de los articulos 3 y 4 de su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a la Ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General de la Oficina General de Tecnologias de Informacion, Comunicaciones y Estadistica, como responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES. Articulo 2º.- Designar al Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, como responsable de brindar informacion publica que se solicite a la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES. Articulo 3º.- Designar a la Ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General de la Oficina General de Administracion como responsable de la clasificacion, reclasificacion y desclasificacion, segun corresponda, de la informacion secreta y/o reservada a que se refiere el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento. Articulo 4º.- La facilitacion de la documentacion y/o informacion requerida, es previo pago del costo de reproduccion senalados en el MORDAZA, de acuerdo al articulo 13º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. Articulo 5º.- La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional,

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ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban la expedicion de duplicado de diploma de Titulo Profesional de Ingeniero Civil de la Universidad Nacional de Ingenieria
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 0414
MORDAZA, 14 de marzo de 2013 Visto el expediente STDUNI: 2013-15419 presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien solicita duplicado de su diploma del Titulo Profesional de Ingeniero Civil; CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 07576937, egresado de esta MORDAZA de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedicion del duplicado de su diploma de Titulo Profesional de Ingeniero Civil, por perdida de dicho documento, adjuntando la documentacion sustentatoria respectiva, segun lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales, aprobado por Resolucion Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008; Que, la Oficina de Tramite Documentario, MORDAZA y Titulos de la Secretaria General de la Universidad, mediante informe de fecha 13-02-2013 precisa que el diploma el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra registrado en el Libro de Titulos Profesionales Nº 13, pagina 293, con el numero 12277; teniendose en cuenta el Oficio Nº 166-2013-1er. VR, de fecha 04 de marzo del 2013, del Primer Vicerrector, y la recomendacion de la Comision Academica y de Investigacion en su sesion Nº 09-2013 realizada el 0403-2013; y Que el Consejo Universitario en su sesion extraordinaria Nº 07 del 06 de marzo del 2013 acordo aceptar lo solicitado y se expida el duplicado del Titulo Profesional de Ingeniero Civil del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lucas; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso c), articulo numero 50º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la expedicion de duplicado del diploma de Titulo Profesional de Ingeniero Civil del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgado el 25 de noviembre del 1985, anulandose el diploma otorgado anteriormente. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Rector

975731-1

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