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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (18/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Domingo 18 de agosto de 2013 501374 A)SAGITARIO S1 B)540020110 C)QUISPE COYLA FELIX D)178-2013-GRA/GREM 31/07/2013 E)18 F)V1:N8265 E742 V2:N8260 E742 V3:N8260 E740 V4:N8265 E740 11.-A)CAROLINA UNO 2010 B)540028810 C)VALVERDE HUAMANI HUMBERTO AQUILES D)179-2013-GRA/ GREM 31/07/2013 E)18 F)V1:N8262 E625 V2:N8261 E625 V3:N8261 E624 V4:N8262 E624 12.-A)ALEXAL 2011 B)540034011 C)YANA HUILLCA HILDA CLEOFE D)182-2013-GRA/GREM 31/07/2013 E)19 F)V1:N8169 E260 V2:N8168 E260 V3:N8168 E258 V4:N8169 E258 13.-A)EL GORDITO-II B)540034410 C)GOMEZ MAS WALTER D)180-2013-GRA/GREM 31/07/2013 E)19 F)V1: N8181 E238 V2:N8180 E238 V3:N8180 E237 V4:N8179 E237 V5:N8179 E236 V6:N8181 E236 . Regístrese y publíquese.- ALBERTO BUTRÓN FERNÁNDEZ Gerente Regional Gerencia Regional de Energía y Minas 975813-1 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Otorgan autorización a Empresa Yanacocha SRL para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en las instalaciones de las Centrales Térmicas: Pond de Carachugo, La Pajuela, Pumping Station, Pampa Larga, Yanacocha Norte, China Linda y Western Oxide Expansión Etapa I, ubicadas en el distrito de la Encañada, provincia y departamento de Cajamarca (Se publica la presente Resolución Directoral Regional a solicitud del Gobierno Regional Cajamarca, mediante Ofi cio Nº 554-2012-GR-CAJ-P/DRA, recibido el 16 de agosto de 2013) DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 012- 2012-GR-CAJ-DREM Cajamarca, 20 de marzo del 2012 VISTO: el Informe Nº 036-2012-GR.CAJ/DREM/E- SSFO, de fecha 29 de febrero del 2012, elaborado por el Ingeniero representante de la Ofi cina de Electricidad – DREM-CAJAMARCA, así como también el Informe Legal Nº 014-GR.CAJ/DREM/AL-PORM de fecha 20 de marzo del 2012; y, CONSIDERANDO: Que, MINERA YANACOCHA SRL, mediante documento con registro Nº 474740, ha solicitado autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica Pond de Carachugo, con una potencia instalada de 1 820 kW, ubicada en el distrito de La Encañada, provincia y Departamento de Cajamarca, cuyas coordenadas UTM fi guran en el Expediente; Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y, en el artículo 67º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la peticionaria ha presentado Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Ofi cina de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 036- 2012-GR.CAJ/DREM/E-SSFO; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el ítem 05 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Energía y Minas. Con la opinión favorable del Director Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional Cajamarca y el Representante de la Ofi cina de Electricidad de esta Dirección; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización a favor de la EMPRESA YANACOCHA SRL, para desarrollar la actividad de Generación de Energía Eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica Pond de Carachugo, con una potencia instalada de 1 820 kW, ubicada en el distrito de la Encañada, provincia y Departamento de Cajamarca. Artículo 2º.- La titular está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como, al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral Regional, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FEDERICO SANCHEZ SANCHEZ Director de la Dirección Regional de Energía y Minas Gobierno Regional Cajamarca 975862-1 DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 013-2012-GR-CAJ-DREM Cajamarca, 20 de marzo del 2012 VISTO: el Informe Nº 035-2012-GR.CAJ/DREM/E- SSFO, de fecha 29 de febrero del 2012, elaborado por el Ingeniero representante de la Ofi cina de Electricidad – DREM-CAJAMARCA, así como también el Informe Legal Nº 011-GR.CAJ/DREM/AL-PORM de fecha 20 de marzo del 2012; y, CONSIDERANDO: Que, MINERA YANACOCHA SRL, mediante documento con registro Nº 474738, ha solicitado autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica La Pajuela, con una potencia instalada de 7 300 kW, ubicada en el distrito de La Encañada, provincia y Departamento de Cajamarca, cuyas coordenadas UTM fi guran en el Expediente; Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y, en el artículo 67º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009- 93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la peticionaria ha presentado Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Ofi cina de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones