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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (20/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Martes 20 de agosto de 2013 501425 Tabuchi Matsumoto, en el cargo de Director General del Centro Nacional de Control de Calidad, Nivel F4 del Instituto Nacional de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha, al Químico Farmacéutico Armando José Rivero Laverde, en el cargo de Director General del Centro Nacional de Control de Calidad, Nivel F4 del Instituto Nacional de Salud. Artículo 3º.- El funcionario designado, en el plazo de cinco (5) días hábiles presentará el cronograma de actividades priorizadas en su respectiva Dirección General, cuya ejecución será contemplada dentro del año 2013. Artículo 4º.- Encargar a la Ofi cina General de Información y Sistemas, la actualización del Directorio Institucional que aparece en la Página Web www.ins.gob. pe, en atención a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5º.- Notifi car la presente Resolución a los interesados, a la Ofi cina Ejecutiva de Personal, al Órgano de Control Institucional y a todas las unidades orgánicas de la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR A. CABEZAS SÁNCHEZ Jefe 976628-1 ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Designan Jefe de la Oficina Zonal de Loreto del COFOPRI RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 087-2013-COFOPRI/DE Lima, 19 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27594, regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, estableciendo en su artículo 7° que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el Artículo 1º de la citada Ley; Que, de conformidad con el artículo 9º, concordado con el literal i) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene la potestad de designar y cesar a los empleados de confi anza, de conformidad con la legislación vigente; Que, mediante la Resolución Directoral N° 054-2013- COFOPRI/DE de fecha 10 de junio de 2013, se encargó a la señorita María Violeta Reyes Fanning, las funciones correspondientes al cargo de Jefe de la Ofi cina Zonal de Loreto del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI; Que, a fi n de continuar con el normal desarrollo de las funciones y actividades que ejecuta la citada Ofi cina Zonal, resulta necesario dar por concluida la encargatura a que se hace referencia en el considerando precedente y designar al Jefe de la Ofi cina Zonal de Loreto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de COFOPRI; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la encargatura de la señorita María Violeta Reyes Fanning, en el cargo de Jefe de la Ofi cina Zonal de Loreto del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Designar a la señorita María Violeta Reyes Fanning, en el cargo de Jefe de la Ofi cina Zonal de Loreto del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIS TARABAY YAYA Director Ejecutivo 976534-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Autorizan publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprueba el Procedimiento de Control de Calidad de Combustibles Líquidos, Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, Biocombustibles y sus Mezclas en el portal electrónico de OSINERGMIN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 146-2013-OS/CD Lima, 2 de julio de 2013 VISTO: El Memorando GFHL/DPD-1520-2013 de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ámbito y materia de su respectiva competencia, entre otros, las normas que regulan los procedimientos a su cargo y normas de carácter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, según lo dispuesto por el artículo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a través de resoluciones; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27699 – Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, estipula que el Consejo Directivo está facultado para aprobar procedimientos administrativos especiales que norman los procesos administrativos vinculados, entre otros, con la función supervisora; Que, asimismo, el artículo 5° de la Ley mencionada en el párrafo precedente, señala que OSINERGMIN ejerce de manera exclusiva las facultades de control metrológico y de calidad de combustibles y otros productos derivados de los hidrocarburos en las actividades que se encuentren bajo el ámbito de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, Ley N° 26221; Que, por su parte, el artículo 1° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo