Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2013 (20/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Martes 20 de agosto de 2013

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VISTO: La Resolucion Administrativa N° 140-2012-CE-PJ de fecha 24 de MORDAZA del 2013, Informe N° 023-2013-AEPRUPD-CSJLI/PJ de 3 de MORDAZA de 2013 y Acta de la MORDAZA sesion de trabajo de la Comision Distrital de Descarga Procesal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa N° 1402013-CE-PJ de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso prorrogar la fecha de funcionamiento del 1° al 5° Juzgado Penal Transitorios de San MORDAZA de Lurigancho hasta el 30 de Setiembre del 2013. Que, efectivamente, la MORDAZA de vista es MORDAZA en su articulo MORDAZA, al disponer que los organos a los cuales se les prorroga la continuidad, deberan de recibir de los organos permanentes, expedientes en cantidad proporcional al tiempo de plazo prorrogado de modo que se pueda liquidar en su totalidad. Por ninguna razon podran conocer procesos nuevos, debiendo de priorizar los mas antiguos y/o menor complejidad a fin de conseguir el objetivo de maximizar la capacidad resolutiva en beneficios de los justiciables y acercarse a la meta de lograr mayor cantidad de expedientes resueltos respecto a los ingresos. Que, la Comision Distrital de Descarga Procesal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, tiene como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de dichos organos jurisdiccionales. En ese sentido, la Comision Distrital de MORDAZA en su sesion de trabajo del dos de MORDAZA de los corrientes, acordo que los Juzgado Penales Transitorios de San MORDAZA de Lurigancho recepcionen expedientes en tramite de los Juzgados Permanentes a fin de que cuenten con la misma cantidad de expedientes en el mencionado estado, teniendo en cuenta determinadas consideraciones. Que, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo ha emitido el informe N° 023-2013-AEPR-UPD-CSJLI/PJ, el cual conforme a lo acordado por la Comision en mencion, se establece las cantidades a redistribuir de la carga procesal en giro de la Especialidad Penal del Juzgado Penal Permanente, 2°, 3° y 4° Juzgado Mixtos de San MORDAZA de Lurigancho en una cantidad total de 2244 expedientes hacia el 1°, 2°, 3°, 4° y 5° Juzgado Penal Transitorios de San MORDAZA de Lurigancho. Que, en merito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte de MORDAZA, disponer las acciones administrativas respectivas a fin de dar cumplimiento a lo arriba citado; en consecuencia, corresponde ordenar y ejecutar las medidas pertinentes para tal fin, con sujecion a los lineamientos dispuestos de la acotada Resolucion Administrativa. Que, la Resolucion Administrativa N° 031-2012-CEPJ de fecha el 02 de marzo del 2012, aprueba la Directiva N° 001-2012-CE-PJ referida a las Comisiones Nacional y Distrital de Descarga Procesal en cuyo Articulo 6 Numeral 3 Literal b, establece como integrante al Presidente de la Corte Superior de cada distrito judicial al ser la MORDAZA autoridad administrativa. En ese orden de ideas, en virtud del Articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 020-2013-CE-PJ se faculta al Presidente de la Comision Distrital de Descarga Procesal a dictar las acciones administrativas necesarias para monitorear las actividades de descarga. Que, por las razones expuestas, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial e inciso 3 del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolucion Administrativa N° 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012: SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que el Juzgado Penal Permanente de San MORDAZA de Lurigancho asi como el 2°, 3°

Que asimismo, por Resolucion de Superintendencia Nº 135-2005/SUNAT, se designo, entre otros, como Ejecutor Coactivo encargado de la gestion de cobranza coactiva de las Intendencias de Aduana de Iquitos, Pucallpa y Tarapoto al senor abogado MORDAZA MORDAZA Bedregal Anchahua; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto las designaciones indicadas en los considerandos precedentes y efectuar, a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en las citadas Intendencias de Aduana, la designacion de nuevos Ejecutores Coactivos; Que el articulo 114° del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece los requisitos que deberan cumplir los trabajadores de la Administracion Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que los trabajadores propuestos han presentado declaracion jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que la Decimo Cuarta Disposicion Final del TUO del Codigo Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7° de la Ley Nº 26979, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008JUS, no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso publico; Que de acuerdo con la Instruccion 5.1 de la Circular Nº 009-2005 modificada por la Circular Nº 003-2013-SUNAT200000, la SUNAT podra designar Ejecutores Coactivos para realizar la gestion de la cobranza coactiva, ejerciendo las facultades a que se refiere el articulo 116° del TUO del Codigo Tributario, para una sola dependencia o para mas de una dependencia; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 1152002-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dejar sin efecto la designacion del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Ejecutor Coactivo encargado de la gestion de cobranza coactiva de las Intendencias de Aduana de MORDAZA y MORDAZA, y del senor abogado MORDAZA MORDAZA Bedregal Anchahua como Ejecutor Coactivo encargado de la gestion de cobranza coactiva de las Intendencias de Aduana de Iquitos, Pucallpa y Tarapoto. Articulo 2°.- Designar como Ejecutor Coactivo encargado de la gestion de cobranza coactiva de las Intendencias de Aduana de MORDAZA y MORDAZA al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y como Ejecutor Coactivo encargado de la gestion de cobranza coactiva de las Intendencias de Aduana de Iquitos, Pucallpa y Tarapoto a la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marchena. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 976711-1

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen disposiciones para la remision de expedientes del Juzgado Penal Permanente y del 2°, 3° y 4° Juzgado Mixto de San MORDAZA de Lurigancho a la Mesa de Partes correspondiente
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 760-2013-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 1 de agosto del 2013

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