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El Peruano Miércoles 28 de agosto de 2013 501895 que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-90/PCM; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002/PCM y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 005-2006/PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013/PCM; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señora Eda Adriana Rivas Franchini, a la ciudad de Paramaribo, República de Surinam, del 28 al 30 de agosto de 2013, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0082625: Acciones de Política Exterior en América, debiendo presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Eda Adriana Rivas Franchini 2,615.00 370.00 2 740.00 Artículo 3º.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor Luis Miguel Castilla Rubio, Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 980941-2 Autorizan viaje de la Ministra de la Producción a Chile y encargan su Despacho a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 274-2013-PCM Lima, 27 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Red de Acuicultura de las Américas tiene como objetivo contribuir al desarrollo sostenible y equitativo de la acuicultura regional, a través de la cooperación regional de los países de las Américas, con énfasis en sus aspectos sociales, económicos, científi cos, tecnológicos y ambientales; Que, mediante documento del 9 de julio de 2013, el Ministro de Estado de la Pesca y Acuicultura de la República Federativa del Brasil, remite al Ministerio de la Producción la invitación a la I Reunión Ofi cial del Consejo de Ministros de la Red de Acuicultura de las Américas, que se realizará el día 29 de agosto de 2013 en la ciudad de Santiago, República de Chile; Que, el Ministerio de la Producción tiene competencias en materia de pesquería, acuicultura, industria, comercio interno, promoción y fomento de cooperativas, micro y pequeña empresa y las demás que se le asigne por Ley. Asimismo, a través de la Dirección de Acuicultura de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, tiene bajo su responsabilidad promover, formular y ejecutar programas y proyectos de alcance nacional y sectorial, para el desarrollo de la acuicultura; Que, la participación de la Ministra de la Producción en la I Reunión Ofi cial del Consejo de Ministros de la Red de Acuicultura de las Américas, resulta importante debido a que permitirá el intercambio de experiencias con los países de la Región en la implementación de estrategias para el incremento del consumo interno de pescado, así como el desarrollo y fortalecimiento de la acuicultura peruana y el logro de los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo Acuícola 2010-2021; Que, este viaje no irrogará gasto al Estado Peruano, al ser cubierto por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura; Que, por lo expuesto, resulta conveniente autorizar el viaje de la señora Ministra de la Producción, en comisión de servicios, a la ciudad de Santiago, República de Chile los días 28 y 29 de agosto de 2013, para participar en la I Reunión Ofi cial del Consejo de Ministros de la Red de Acuicultura de las Américas, y encargar el Despacho de la Producción en tanto dure su ausencia; De conformidad con lo establecido en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modifi catorias; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora GLADYS MÓNICA TRIVEÑO CHAN JAN, Ministra de Estado en el Despacho de la Producción, a la ciudad de Santiago, República de Chile, los días 28 y 29 de agosto de 2013, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Encargar el Despacho de la Producción a la señora BLANCA MAGALI SILVA VELARDE - ÁLVAREZ, Ministra de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no irrogará gastos al Estado Peruano, ni otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana o de cualquier clase o denominación. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 980941-3