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El Peruano Miércoles 28 de agosto de 2013 501908 convencional las normas de seguridad establecidas en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, emitió el Informe Nº 514-2013-DGE-DCE, recomendando el reconocimiento de la referida servidumbre; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión defi nitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de sistema de telecomunicaciones sobre bienes de propiedad de la Comunidad Campesina de Surco para la instalación de la Estación Repetidora Cerro Huacapune, ubicada en el cerro del mismo nombre, distrito de Surco, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Telecomunicaciones para Estación Repetidora de Telecomunicaciones, conforme consta en el Testimonio de Escritura pública de fecha 22 de agosto de 2006, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Propietario Tipo de Terreno 41226413 Estación Repetidora Cerro Huacapune Ubicación: distrito de Surco, provincia de Huarochirí, departamento de Lima Área de servidumbre de sistema de telecomunicaciones: Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este E 8 687 942,964 342 463,146 D 8 687 941,041 342 483,053 M 8 687 965,925 342 485,457 N 8 687 967,848 342 465,550 Suelo: 500,00 m² y sus aires Comunidad Campesina de Surco Eriazo Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 977894-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan Procuradora Pública del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 110-2013-JUS Lima, 27 de agosto de 2013 VISTO, el Ofi cio N.º 1538-2013-JUS/CDJE-ST, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N.º 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo N.º 1068 citado, establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, mediante Ofi cio N.º 196-2013-FONDEPES/ J, de fecha 31 de mayo de 2013, el Jefe del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, somete a consideración la propuesta de designación de la señora abogada Blanca Estela Zumaeta Oropeza, como Procuradora Pública del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES; Que, conforme al Ofi cio de visto, el Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto designar a la señora abogada Blanca Estela Zumaeta Oropeza, como Procuradora Pública del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, resultando pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; la Ley N.º 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo N.º 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la señora abogada Blanca Estela Zumaeta Oropeza, como Procuradora Pública del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y la Ministra de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos GLADYS MONICA TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 980940-6 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan representante del Ministerio ante el Consejo de Adopciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2013-MIMP Lima, 27 de agosto de 2013 Vista, la Nota Nº 077-2013-MIMP/DGA de la Dirección General de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;