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El Peruano Martes 10 de diciembre de 2013 508928 la Ofi cina de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación, respectivamente; cuyos gastos de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación – Unidad Ejecutora: 024; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de los señores HENRY PABLO ARMAS ALVARADO y JULIO HERLESS CORTAZAR LA ROSA, Jefe y Especialista de la Ofi cina de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación, respectivamente; a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 11 al 13 de diciembre de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación - Unidad Ejecutora: 024, de acuerdo al siguiente detalle: HENRY PABLO ARMAS ALVARADO Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US $ 519,40 Viáticos (por 2 días) : US $ 740,00 JULIO HERLESS CORTAZAR LA ROSA Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US $ 519,40 Viáticos (por 2 días) : US $ 740,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados profesionales deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1025734-3 INTERIOR Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 121-2013-IN Lima, 9 de diciembre de 2013 VISTO, el Circular EDPS/SCA/DCO del 16 de octubre de 2013, suscrito por el señor Gianni BALDI, Subdirector de Delincuencia Organizada y Drogas de la Organización Internacional de Policía Criminal - INTERPOL, con el cual hace de conocimiento de todos los Jefes de las Ofi cinas Centrales Nacionales de las Américas, que la “Primera Reunión de Trabajo sobre el Proyecto de Lucha Contra Organizaciones Criminales en América Latina”, se realizará del 11 al 13 de diciembre de 2013, en la ciudad de Bogotá - República de Colombia, enfocada a contar con la participación de ofi ciales de policía que realicen labores de inteligencia y operativas en el área de crimen organizado. CONSIDERANDO: Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 382-2013- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 14 de noviembre de 2013, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio del 10 al 13 de diciembre de 2013, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Roger TELLO RAMÍREZ, a fi n de que participe en la “Primera Reunión de Trabajo sobre el Proyecto de Lucha Contra Organizaciones Criminales en América Latina”, a realizarse del 11 al 13 de diciembre de 2013, en la ciudad de Bogotá - República de Colombia; Que, mediante Memorándum Nº 2031-2013-DIRGEN- PNP/EMP-OCNI del 15 de noviembre de 2013, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio del Ofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú antes indicado, el mismo que irrogará gastos al Estado peruano; Que, es conveniente para el interés institucional autorizar tal viaje al exterior en comisión del servicio, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio del orden interno y orden público dentro del ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú; teniendo en consideración que los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto serán cubiertos por el Estado peruano, en ese sentido mediante declaración jurada simple, el Coronel de la Policía Nacional del Perú Roger TELLO RAMÍREZ, se compromete a asumir cualquier otro gasto que genere su desplazamiento y estadía en dicho evento internacional, y a no realizar ningún tipo de trámite administrativo, ni judicial a efectos de reclamar viáticos; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la resolución de autorización de viajes al exterior de la república estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado con Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1135 – Ley