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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (20/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 165

El Peruano Viernes 20 de diciembre de 2013 509999 Matsusaka, según consta en el Asiento C00005 de la partida en mención. Que, de conformidad al Art 49º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, los cambios de la Zonifi cación Comercial, Industrial, Pre-Urbana, Recreación Usos Especiales, Servicios Públicos Complementarios, Zona de Reglamentación Especial y Zona Monumental o impliquen la modifi cación, de Zona Residencial de Baja Densidad, a Densidad Media a Residencial de Alta Densidad se someten al procedimiento establecido en el Artículo en mención de la citada legal, por cuanto implican modifi cación y/o actualización de Plan de Desarrollo Urbano, debiendo en consecuencia ser este aprobado por el Concejo Municipal Provincial. Que, la zonifi cación es el instrumento técnico de gestión urbana que contiene el conjunto de normas técnicas urbanísticas para la regulación del uso y la ocupación del suelo en el ámbito de intervención del Plan de Desarrollo Urbano, en función a los objetivos de desarrollo sostenibles y a la capacidad de soporte del suelo, para localizar actividades con fi nes sociales y económicos, como vivienda, recreación, protección y equipamiento; así como la producción industrial, comercio, transporte y comunicaciones, siendo los cambios de zonifi cación tramitados ante la Municipalidad Provincial de Huaral, por los propietarios del predio objeto de cambio, acreditando la propiedad del mismo de acuerdo al Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA. Que, mediante Informe Nº 0643-2013-MPH/GDUOT/ SGEPT de fecha 18 de Junio del 2013, la Sub Gerencia de Estudios y Planeamiento Territorial, señala que la Solicitud de Cambio de Zonifi cación presentado por la administrada fue realizada bajo el amparo del D.S. Nº 004-2011- VIVIENDA mediante el cual se Aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, por lo que se deberá seguir el procedimiento establecido en dicha norma para el cambio de zonifi cación, e invocando el D.S. Nº 027-2003-VIVIENDA, ya que fue el marco normativo para la elaboración del Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de Huaral 2010-2015, aprobado con Ordenanza Municipal Nº 007-2010-MPH, Publicado en el Diario Ofi cial el Peruano de fecha (14-05-10). Que, asimismo, señala que la administrada ha cumplido con adjuntar los requisitos establecidos en el Artículo 50º numeral 50.3 de la norma precitada y que revisado el sustento de Cambio Zonifi cación del Predio parte del Lote 02 ubicado en la Campiña Los Naturales- Huaral, ubicado en el Distrito y Provincia de Huaral, a Zona de Comercio Vecinal (C2), estos justifi can la sufi ciencia de los servicios básicos de energía eléctrica, agua y alcantarillado así como de integración al sistema vial, servicios de limpieza pública, transporte; la dotación de equipamiento de educación, salud y recreación; estudio de la zonifi cación circundante. Que, además señala que el sustento de cambio de zonifi cación responde a demandas sociales, económicas y físicas señalado respecto a este último que con la fi nalidad de cubrir la demanda de un núcleo comercial de carácter vecinal y contribuir a generar áreas y ejes alternativas de desarrollo en el sector norte circundante, por lo que lo contemplado resulta sustento sufi ciente para atender el cambio de zonifi cación de Zona Residencial de Media Densidad (R3) a Zona de Comercio Vecinal (C2) con los parámetros establecidos en el Reglamento de Zonifi cación el cual forma parte del Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de Huaral 2010-2015. Que, asimismo tal cambio de zonifi cación abarca a la totalidad del sector circundado por la Avenida Grau, la Calle Alfonso Ugarte, la Calle Mariscal Castilla y la Avenida Jorge Chávez, por comprender inmuebles vecinos que conforman un área mínima de una manzana o un sector (Artículo 50, numeral 50.1 del D.S. Nº 004- 2011-VIVIENDA). Que, mediante Informe Nº 0509-2013-MPH/GDUOT de fecha 20 de Agosto del 2013, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, concluye que es PROCEDENTE la Aprobación del Cambio de Zonifi cación de Zona Residencial de Media Densidad (R3), a Zona de Comercio Vecinal (C2) de acuerdo al área contemplado en el Plano U-01, del Predio denominado: Parte del Lote 02 Ubicado en la Campiña Los Naturales – Huaral, de Propiedad del Sr. Daniel Matsusaka Plaza y Sra. Dora Leonor Quiliano Jarra de Matsusaka, Inscrita en la Partida Nº 20011301 – Zona Registral Nº IX – Sede Lima – SUNARP. Que, mediante Informe Legal Nº 964-2013-MPH-GAJ de fecha 16 de Setiembre del 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, es de opinión que se declare PROCEDENTE mediante Ordenanza Municipal, el Cambio de Zonifi cación de Zona Residencial de Media Densidad (R3) a Zona de Comercio Vecinal (C2). En consecuencia, es atribución del Concejo Municipal Aprobar el Cambio de Zonifi cación solicitado mediante el Proyecto de Ordenanza, de conformidad a lo previsto en el Artículo 9º numeral 8 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Dictamen Nº 006-2013-MPH/ CDUTSV de fecha 03 de Diciembre del 2013, la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Concejo Municipal Provincial de Huaral, Dictamina por Unanimidad y Recomienda Artículo Único: Aprobar el Trámite de Cambio de Zonifi cación de la Zona Residencial de Media Densidad (R3) a Zona de Comercio Vecinal (C2) del Predio parte del Lote 02 ubicado en la Campiña Los Naturales – Huaral, de Propiedad del Sr. Daniel Marsusaka Plaza y de la Sra. Dora Leonor Quiliano Jarra de Matsusaka, inscrita en la Partida Nº 20011301 – Zona Registral Nº IX – Sede Lima – SUNARP. Asimismo, de los inmuebles vecinos al mismo, conformando así un área mínima de una manzana o un sector, circundada por la Av. Grau, la Calle Alfonso Ugarte, la Calle Mariscal Castilla y la Av. Jorge Chávez, con un área total de 9,918.90 m2. Teniendo en cuenta que la administrada Sra. Dora Leonor Quiliano Jarra de Matsusaka ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA. Que, estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) y 9) del Artículo 9º y 40º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el Voto Unánime de los Señores Regidores, aprobaron lo siguiente: ORDENANZA “QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DE ZONA RESIDENCIAL DE MEDIA DENSIDAD (R3) A ZONA DE COMERCIO VECINAL (C2), SEGÚN LOS PARÁMETROS ESTABLECIDOS EN EL REGLAMENTO DE ZONIFICACIÓN, RESPECTO AL PREDIO DENOMINADO: PARTE DEL LOTE 02 UBICADO EN LA CAMPIÑA DE LOS NATURALES – HUARAL” Artículo Primero.- APROBAR LA MODIFICACIÓN del Plano de Zonifi cación Aprobado con El Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Huaral 2010 – 2015, mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2010-MPH, consistente en el Cambio de Zonifi cación de Zona Residencial de Media Densidad (R3) a Zona de Comercio Vecinal (C2), según los Parámetros establecidos en el Reglamento de Zonifi cación, respecto al Predio denominado: parte del Lote 02 Ubicado en la Campiña de los Naturales – Huaral, de Propiedad del Sr. Daniel Matsusaka Plaza y Sra. Dora Leonor Quiliano Jarra de Matsusaka, Inscrita en la Partida Nº 20011301 de la Zona Registral º IX – Sede Lima de SUNARP; y a los inmuebles vecinos al mismo, conformando así un área mínima de una manzana o un sector, circundada por la Av. Grau, la Calle Alfonso Ugarte, la Calle Mariscal Castilla y la Av. Jorge Chávez, con un Área Total de 9,918.90 m2 contemplado en el Plano U-01 que forma parte del expediente. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial y a la Sub Gerencia de Estudios y Planeamiento Territorial, en cuanto les corresponda. Artículo Tercero.- DISPONER la Publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de la Municipalidad Provincial de Huaral (www.munihuaral.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR HERNAN BAZAN RODRIGUEZ Alcalde Provincial 1029440-1