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El Peruano Viernes 20 de diciembre de 2013 509998 Ordenanza Municipal para la Conformación de un Comité Multisectorial de Salud de la provincia de Huaral. Artículo Segundo: Como representante de la Municipalidad ante el acotado Comité se estima al señor Alcalde, en caso de que él no pueda asistir a las reuniones que se programen, deberá encomendársele la representación a un funcionario que sus responsabilidades estén afi nes con las labores del Comité mencionado. Que, estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) y 9) del Artículo 9º y 40º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el Voto Unánime de los señores Regidores, aprobaron lo siguiente: ORDENANZA “QUE APRUEBA LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ MULTISECTORIAL DE SALUD DE LA PROVINCIA DE HUARAL” Artículo Primero.- DECLARAR de interés Municipal la Implementación del Programa de Municipios y Comunidades Saludables, en la Provincia de Huaral Artículo Segundo.- FORTALECER EL COMITÉ MULTISECTORIAL DE SALUD DE LA PROVINCIA DE HUARAL, como órgano de coordinación y concertación de las Instituciones Públicas, Privadas y Organizaciones Sociales, encargada de promover políticas y acciones que contribuyan la Implementación del Programa Nacional de Municipios y Comunidades Saludables, promoviendo la generación de las Familias Saludables en la Provincia de Huaral. Artículo Tercero.- EL COMITÉ MULTISECTORIAL DE LA SALUD DE LA PROVINCIA DE HUARAL, tendrá las siguientes funciones: a) Formular propuesta de políticas locales de salud, que contribuyan mejorar los estilos de vida saludables de la población de la Provincia de Huaral b) Formular, aprobar y monitorear los planes y programas de salud en forma concertadas con las instituciones pertenecientes al Comité Multisectorial. c) Promover el desarrollo del Programa de Municipio y Comunidades Saludables, con incidencia en generación de las Familias Saludables en la Provincia de Huaral. d) Proponer la suscripción de alianzas de cooperación interinstitucional orientadas a las mejoras de las Políticas Locales de Salud. e) Promover la participación ciudadana en la promoción de la vida saludable y el cuidado de nuestro medio ambiente. f) Promover la conformación y fortalecimiento de los Comités Multisectoriales de los Distritos de la Provincia de Huaral. Artículo Cuarto.- EL COMITÉ MULTISECTORIAL DE LA SALUD DE LA PROVINCIA DE HUARAL, estará integrado por los Titulares debidamente acreditados, de las siguientes instituciones: a) Municipalidad Provincial de Huaral. b) Red salud de la Provincia de Huaral. c) ESSALUD – Huaral. d) UGEL Nº 10 – Huaral. e) División de PNP de la Provincia de Huaral. f) Gobernación de la Provincia de Huaral. g) Ofi cina Zonal Huaral – Gobierno Regional de Lima. h) Mesa de Concertación de la Lucha Contra la Pobreza de la Provincia de Huaral. i) Comités Multisectoriales de los Distritos de la Provincia de Huaral. j) Organizaciones Sociales de Nivel Provincial. k) Otras Instituciones Públicas Nivel Provincial. Artículo Quinto.- La Junta Directiva del COMITÉ MULTISECTORIAL DE SALUD DE LA PROVINCIA DE HUARAL, estará integrada por los siguientes cargos: a) Presidente: Alcalde Provincial de Huaral. b) Vicepresidente: Coordinador de la Mesa de Concentración de Lucha Contra la Pobreza. c) Secretario Técnico: Director del Hospital de Huaral. d) Vocal: Club de Leones de Huaral. e) Vocal: Rotary Club de Huaral. f) Vocal: Representante de la Federación de Instituciones Huaralinas. g) Vocal: Comité de Damas de Protección a la Madre y Niño de la Provincia de Huaral. Artículo Sexto.- FACULTAR al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral, otorgar el Reconocimiento de Creación y de Juntas Directivas de los Comités Multisectoriales de los Distritos de la Provincia de Huaral. Artículo Sétimo.- FACULTAR al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral, emitir las normas complementarias y reglamentos, para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal y disponer su implementación a la Sub Gerencia de Salud, DEMUNA y OMAPED. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su Publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR HERNAN BAZAN RODRIGUEZ Alcalde Provincial 1029438-1 Aprueban cambio de zonificación de zona residencial a zona de comercio vecinal respecto a predio ubicado en la Campiña de los Naturales ORDENANZA MUNICIPAL Nº 021-2013-MPH Huaral, 13 de diciembre del 2013. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 006-2013-MPH/CDUTSV de fecha 03 de Diciembre del 2013, de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, respecto al Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Cambio de Zonifi cación de Zona Residencial de Media Densidad (R3) a Zona de Comercio Vecinal (C2), según los parámetros establecidos en el Reglamento de Zonifi cación, respecto al Predio denominado: parte del Lote 02 ubicado en la Campiña de los Naturales – Huaral”; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 79º numeral 1.2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, las Municipalidades en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen las funciones exclusivas de: Aprobar el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamiento Humanos y demás Planees específi cas de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial. Que, mediante Expediente Administrativo Nº 17592 de fecha 08 de Agosto del 2012, la Sra. Dora Leonor Quiliano Jarra de Matsusaka, en calidad de co-propietaria, solicita el cambio de Zonifi cación del Predio denominado: Parte del Lote 02 ubicado en la Campiña Los Naturales, ubicado en el Distrito y Provincia de Huaral, Departamento de Lima. Que, conforme a la copia literal de la Partida 200011301 de la Zona Registral IX – Sede Lima de SUNARP; se tiene que el parte del Lote 02 ubicado en la Campiña Los Naturales- Huaral, del Distrito y Provincia de Huaral, Departamento de Lima con un área de 2,082.60 m2 (0.20826 Ha) se halla inscrito a nombre del Sr. Daniel Matsusaka Plaza y Sra. Dora Leonor Quiliano Jarra de