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El Peruano Viernes 20 de diciembre de 2013 509982 Elecciones Municipales 2014 en los distritos electorales de su competencia. 5. En vista de lo expuesto, resulta imposible continuar con el proceso electoral en los mencionados distritos, y en consecuencia, al ser el proceso electoral la fi nalidad del Jurado Electoral Especial, es necesario disponer el cierre del mismo. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR que en los distritos electorales de Huancapón (Cajatambo, Lima), Atavillos Alto (Huaral, Lima) y Santa Cruz de Andamarca (Huaral, Lima) no se llevarán a cabo las Nuevas Elecciones Municipales 2014 convocadas para el 16 de marzo de 2014, por no haberse inscrito listas de candidatos. Artículo Segundo.- DISPONER el cierre del Jurado Electoral Especial de Huaura, que se hará efectivo el 31 de diciembre de 2013, previa entrega de bienes, acervo y la presentación del informe fi nal respectivo. Artículo Tercero.- DISPONER que el 31 de diciembre de 2013 cesa la función del presidente del Jurado Electoral Especial de Huaura, doctor Jorge Bayardo Calderón Castillo, del primer miembro, doctor José Ricardo Elías Erazo, y de la segunda miembro, María Antonia Choo Rosas. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Banco de la Nación, del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Corte Superior de Justicia de Huaura y de la presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal de Huaura, así como de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, para los fi nes pertinentes. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1029797-5 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Incorporan la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima al RENIEC, respecto al acervo documentario de la sección de Nacimientos de los años 1961 al 1970 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 383-2013/JNAC/RENIEC Lima, 19 de diciembre de 2013 VISTOS: El Informe N° 729-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC (12DIC2013), emitido por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000914-2013/GPP/ RENIEC (18ABR2013), emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Memorando N° 002192- 2013/GOR/RENIEC (04DIC2013), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, y el Informe N° 000172-2013/ GPRC/RENIEC (13DIC2013), emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifi can la capacidad y estado civil; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF, se delegó a las Ofi cinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM; Que, con Resolución Jefatural Nº 510-2010-JNAC/ RENIEC (09JUN2010), se revocó a partir del 12 de Julio del 2010, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del artículo 44° de la Ley N° 26497 que fueron conferidas a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima; Que, por el gran volumen de acervo documentario (Libros de Actas) y títulos archivados perteneciente a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, se realizaron las coordinaciones con los funcionarios de la referida Municipalidad, a fi n de realizar la transferencia del acervo documentario por tramos, diferenciándolos por tipo de registro, como una etapa previa a su incorporación; empezando por la sección de Defunciones, seguido por Matrimonios y concluyendo con Nacimientos; Que, mediante los Informes de vistos, la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles en su calidad de encargada del proceso de incorporación de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil, conforme lo establece el artículo 111° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), propone la incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima respecto al acervo documentario de la sección de Nacimientos que comprende los libros de actas y sus respectivos títulos archivados, del periodo comprendido entre los años 1961 a 1970; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; Que, a través de los documentos de vistos, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y la Gerencia de Operaciones Registrales, emiten opinión favorable respecto a la incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima; Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima respecto al acervo documentario de la sección de Nacimientos que comprende los libros de actas y sus respectivos títulos archivados, del periodo