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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2013 (06/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de enero de 2013 485640 Artículo Cuarto.- Autorizar la instalación de la señalización que se detalla: - Al costado del cementerio nuevo de la ciudad: Vía de evitamiento, tránsito pesado. - Puente Chahualito: Vía de evitamiento, tránsito pesado. Artículo Quinto.- Autorizar el ingreso de vehículos de carga pesada para descargar sus productos a partir de las 10:00 pm hasta las 6:00 am; y prohíbase el ingreso a la ciudad desde 6:00 am hasta las 10:00 pm. Artículo Sexto: La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La presente Ordenanza Municipal será de aplicación dentro del ámbito jurisdiccional competente. Segunda.- Facúltese al Alcalde Provincial para que mediante Decreto de Alcaldía reglamente la presente Ordenanza Municipal, en un plazo de 90 días calendarios. Tercera.- Encárguese al Departamento de Tránsito y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Pataz la responsabilidad del cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Cuarta.- Solicitar el apoyo de la Policía Nacional del Perú, para el cumplimiento de las sanciones que impongan bajo responsabilidad. Quinta.- Derogar toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MESIAS E. RAMOS CUEVA Alcalde Provincial 884959-1 Aprueban nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2012/MPP-T Tayabamba, 27 de diciembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Pataz, en Sesión Extraordinaria de fecha 20 de Diciembre de 2012, visto el Informe Técnico Sustentatorio, el informe favorable de la Gerencia Municipal y el proyecto del nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Pataz, y; CONSIDERANDO: El artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de reforma Constitucional Nº 27680, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; En el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que las Ordenanzas de las Municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; En el inciso 3) del artículo 9º y el artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece como atribución del Concejo Municipal el aprobar el Régimen de Organización Interior y Funcionamiento del Gobierno Local, administración municipal que debe adoptar una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, supervisión, control concurrente y posterior y se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efi cacia, efi ciencia, participación y seguridad ciudadana y por los contenidos en la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; El artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la estructura orgánica municipal básica de la municipalidad comprende en el ámbito administrativo, a la gerencia municipal, el órgano de auditoría interna, la procuraduría pública municipal, la oficina de asesoría jurídica y la oficina de planeamiento y presupuesto; ella está de acuerdo a su disponibilidad económica y los límites presupuestales asignados para gasto corriente. Los demás órganos de línea, apoyo y asesoría se establecen conforme lo determina cada gobierno local; Mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización del Estado, se declaró al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Asimismo, en su artículo I, prescribe: La Presente Ley tiene como fi nalidad establecer los lineamientos generales para promover, consolidar y mantener una administración pública moderna, jerárquica, profesional, unitaria, descentralizada y desconcentrada, basada en el respeto al Estado de Derecho, los derechos fundamentales y la dignidad de la persona humana, el desarrollo de los valores morales y éticos y el fortalecimiento de los principios democráticos, para obtener mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal y el logro de una mejor atención a las persona; Mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM de fecha 26 de junio del 2006, se aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organizaciones y Funciones por parte de las entidades de la Administración Pública, el cual tiene por fi nalidad que las entidades públicas desarrollen su Reglamento de Organización y Funciones y la de los órganos que la integran, acorde con las disposiciones de la Ley Nº 27658, con el objetivo de priorizar, optimizar el uso de los recursos públicos e identifi car responsabilidades específi cas en las entidades públicas y sus unidades orgánicas; El artículo 9º del Decreto Supremo antes citado, prescribe: El Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión institucional de una entidad que establece: a) La Estructura Orgánica de la Entidad, b) Las Funciones generales y específi cas de la entidad y de cada uno de los órganos y unidades orgánicas, c) Las relaciones de coordinación y control entre órganos, unidades órganos y entidades cuando corresponda; Mediante Acuerdo de Concejo Nº 065-2011-CM-MPP- T, de fecha 08 de setiembre del 2011, en Sesión Ordinaria se aprobó por unanimidad la Reorganización Orgánica y Restructuración Administrativa de la Municipalidad Provincial de Pataz, de acuerdo al artículo 28º inciso d) del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece claramente que procede la aprobación del ROF cuando se tenga aprobada la reorganización de la entidad; Mediante Resolución de Alcaldía N° 216-201-MPP- T/ALC, de fecha 27 de noviembre de 2012, se designó la comisión de Reestructuración Administrativa de los Instrumentos de Gestión de la Municipalidad Provincial de Pataz; En Sesión de Concejo Extraordinaria Nº 012 de fecha 20 de diciembre de 2012, el Concejo Municipal Provincial de Pataz, aprobó por mayoría califi cada, con seis votos a favor y dos en contra, el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Pataz; Estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Perú y en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el honorable Concejo Municipal Provincial de Pataz, aprobó por MAYORIA CALIFICADA la siguiente: