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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de enero de 2013 485641 ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ Artículo Primero.- APROBAR, el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Pataz, el mismo que consta de siete (7) Títulos, nueve (9) Capítulos, ciento noventa y dos (192) Artículos y nueve (9) Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales. Artículo Segundo.- APROBAR, la Estructura Orgánica, la misma que forma parte integrante del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Pataz, que se aprueba en el artículo anterior. Artículo Tercero.- DEROGAR, toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Diario de mayor circulación en la Región y en la página web de la Municipalidad Provincial de Pataz. POR TANTO: Mando regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MESIAS E. RAMOS CUEVA Alcalde Provincial 884960-1 Aprueban Clasificador de Cargos y el nuevo Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2012/MPP-T Tayabamba, 27 de diciembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Pataz, en Sesión Extraordinaria de fecha 20 de diciembre de 2012, visto el proyecto del Clasifi cador de Cargos, el Informe Técnico Sustentatorio y el nuevo Proyecto de Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Provincial de Pataz, y; CONSIDERANDO: El artículo 194° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía Política, económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; El artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidos a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización del Estado, se declaró al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; La Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público en su artículo I, prescribe: La Presente Ley tiene como fi nalidad establecer los lineamientos generales para promover, consolidar y mantener una administración pública moderna, jerárquica, profesional, unitaria, descentralizada y desconcentrada, basada en el respeto al Estado de Derecho, los derechos fundamentales y la dignidad de la persona humana, el desarrollo de los valores morales y éticos y el fortalecimiento de los principios democráticos, para obtener mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal y el logro de una mejor atención a las personaS; Mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM se establecen los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) en las Entidades de la Administración Pública, cuya fi nalidad es generar la aprobación de un CAP que contenga una correcta defi nición de los cargos, acorde con la estructura orgánica de la entidad y con los diseños y estructura de la administración pública, que establece la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos; Los cargos contenidos en el Cuadro de Asignación de Personal son clasifi cados y aprobados por la propia Entidad Municipal, la clasifi cación debe contar con los requisitos de los mismos y se realiza de conformidad con la normatividad vigente; Mediante Acuerdo de Concejo Nº 065-2011-CM-MPP- T, de fecha 08 de setiembre del 2011, en Sesión Ordinaria se aprobó por unanimidad la Reorganización Orgánica y Restructuración Administrativa de la Municipalidad Provincial de Pataz; Mediante Resolución de Alcaldía N° 216-201-MPP- T/ALC, de fecha 27 de noviembre de 2012, se designó la comisión de Reestructuración Administrativa de los Instrumentos de Gestión de la Municipalidad Provincial de Pataz; Mediante Ordenanza Municipal N° 006-2012-MPP-T, de fecha 27 de diciembre se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Pataz; En el numeral 2) de las Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales del ROF, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 006-2012-MPP-T, señala: El Cuadro de Asignación de Personal (CAP) se aprobara mediante Ordenanza Municipal; En Sesión de Concejo Extraordinaria Nº 012 de fecha 20 de diciembre de 2012, el Concejo Municipal Provincial de Pataz, aprobó por mayoría califi cada, con seis votos a favor y dos en contra, el Clasifi cador de Cargos y el nuevo Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Provincial de Pataz; Estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Perú y en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el honorable Concejo Municipal Provincial de Pataz, aprobó por MAYORIA CALIFICADA la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL CLASIFICADOR DE CARGOS Y EL NUEVO CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ Artículo Primero.- APROBAR, el Clasifi cador de Cargos y el nuevo Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad Provincial de Pataz, cuyos textos forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- DEROGAR, toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Diario de mayor circulación en la Región y en la página web de la Municipal de la Provincia de Pataz POR TANTO: Mando regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MESIAS E. RAMOS CUEVA Alcalde Provincial 884961-1