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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de enero de 2013 486088 Artículo 2.- El paradero autorizado será identifi cado mediante la señalización horizontal de 07 casilleros, con medidas de acuerdo al Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor para Calles y Carreteras – MTC, y una señal vertical de código I-21. Artículo 3.- Encargar a la Sub Gerencia de Ingeniería de Tránsito, los trabajos de señalización horizontal y vertical de los espacios de la vía pública así como su retiro vencido el plazo, conforme lo establece el artículo 1º de la presente resolución, de acuerdo a su competencia. Artículo 4.- Encargar a la Sub Gerencia de Fiscalización de Transporte, la supervisión y fi scalización y cumplimiento de la presente resolución; de ser el caso, deberá coordinar con la Policía Nacional de Perú encargada del control del tránsito de acuerdo a su competencia y facultades de tal manera que permita garantizar el cumplimiento y respeto del paradero autorizado, en cumplimiento de las normas vigentes. Artículo 5.- Dispóngase la publicación de la presente resolución en la página web de la Gerencia de Transporte Urbano www.gtu.munlima.gob.pe y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAVEL G. CORILLOCLLA TERBULLINO Subgerente Subgerencia de Regulación del Transporte Gerencia de Transporte Urbano 887332-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Aprueban Cronograma de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Villa María del Triunfo DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2013/MVMT Villa María del Triunfo, 11 de enero del 2013 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO, el Memorándum Nº 041-2013-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, mediante el cual se remite el informe Nº 001-2013-CE-CCLD/MVMT del Comité Electoral para la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD en el Distrito de Villa María del Triunfo, periodo 2013 - 2014 y el Informe Legal Nº 006- 2013-GAJ/MVMT, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto a la propuesta del Cronograma de Elecciones de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local del Distrito de Villa María del Triunfo para el periodo 2013 – 2014, a fi n de que el mismo sea aprobado; CONSIDERANDO: Que, acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece en el artículo 17º, inciso 17.1 que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuestos y en la gestión pública según lo dispuesto en el artículo 42º, inciso g) de la misma Ley, los gobiernos locales aprueban y facilitan los mecanismos y espacios de participación, concertación y fi scalización de la comunidad en la gestión municipal; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, defi ne en sus artículos 102º, 103º y 104º la composición, instalación y funciones del Consejo de Coordinación Local Distrital como el órgano de coordinación y concertación del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital; Que, mediante la Ordenanza Nº 130, de fecha 18 de diciembre del 2003, se regula la conformación, instalación y funcionamiento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Villa María del Triunfo, y en el artículo 19º se señala que, la conducción del proceso electoral está a cargo del Comité Electoral elegido en Sesión Extraordinaria del Consejo de Coordinación Local Distrital; Que, en el artículo 2º de la Ordenanza Nº 158/MVMT, de fecha 31 de octubre del 2012, se autorizar a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe el cronograma de elecciones de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el CCLD periodo 2013-2014; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - 27972, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal. Que, mediante Acuerdo del Consejo de Coordinación Local Distrital Nº 001-2012-CCLD/MVMT, de fecha 26 de noviembre del 2012, se conformó el Comité Electoral para la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD en el Distrito de Villa María del Triunfo, periodo 2013 – 2014; Que, mediante el Informe Nº 001-2013-CE/CCLD/ MVMT el Comité Electoral para la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD en el Distrito de Villa María del Triunfo, periodo 2013 – 2014, se hace llegar el cronograma del proceso de elección para su aprobación; Que, mediante el Informe Legal Nº 006-2013-GAJ/ MVMT, la Gerencia de Asesoría Legal ha concluido emitiendo opinión en el sentido de que, estando al documento emitido por el Comité Electoral del Consejo de Coordinación Local Distrital, el mismo que anexa el cronograma del proceso electoral para la elección de los miembros de la Sociedad Civil, se deberá proceder a su aprobación, esto mediante norma municipal de conformidad a lo establecido en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 (Decreto de Alcaldía), una vez emitido, se efectuará la publicación en el Diario El Peruano, este procedimiento en virtud a lo establecido en el artículo 28º de la Ordenanza Nº 130 y el artículo segundo de la Ordenanza Nº 158/MVMT. Estando a los considerandos precedentes y en uso de las facultades contenidas en el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR.- El Cronograma de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Villa María del Triunfo, de acuerdo al detalle que obra en el Anexo 01 del presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Social y Lucha contra la Pobreza, y a la Sub Gerencia de Comunicación e Imagen Institucional la publicación del presente cronograma en el portal institucional: www.munivmt.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SILVIA BARRERA VÁSQUEZ Alcaldesa