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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2013 (12/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de enero de 2013 486080 Que, a mérito de las funciones transferidas, los alcances de la Ley del Sistema Nacional Portuario y su Reglamento, dicho Directorio debe estar conformado por seis integrantes designados por el Gobierno Regional de Ancash, los que de acuerdo a la normatividad vigente deben mantener vínculos interinstitucionales por la naturaleza de la misión y funciones institucionales con el Terminal Portuario; Que, en el Capítulo II del Reglamento de Organización y Funciones del Terminal Portuario de Chimbote, se precisa el apartado Del Órgano de Dirección, Artículo 7, Del Directorio, la misma que establece la naturaleza, atribuciones funciones del Directorio del Terminal Portuario de Chimbote, habiéndose omitido el nivel, cargo o rango de los integrantes del Directorio en concordancia a lo dispuesto en el último párrafo de la letra b), del Artículo 12 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación de los Reglamentos de Organización y Funciones de las entidades de la Administración Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, sin embargo esta omisión, viene generando diferente interpretación de sus alcances a los efectos de determinar la conformación y nivel de designación de quienes deben participar como miembros de dicho órgano directivo, razón por la que resulta conveniente su modifi cación a efectos de superar difi cultades en futuros procesos de designación de los representantes que deben conformarla, debiéndose precisar a los integrantes del Directorio del Terminal Portuario de Chimbote; Que, estando a lo propuesto y previo análisis de las líneas de coordinación, dependencia y otros del Terminal Portuario, resulta conveniente que dicho Directorio esté integrado por los siguientes funcionaros; a) El Presidente Regional del Gobierno Regional de Ancash o su Representante, quien preside el Directorio; b) El Gerente Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ancash; c) El Gerente Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Ancash; d) El Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de Ancash. e) El Director Regional de Transportes y Comunicaciones de Ancash, y f) Un Representante de la Autoridad Portuaria Regional de Ancash. Que, mediante Informe Nº 048-2012-REGION ANCASH/GRPPAT/SGDI-IN.48, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática del Gobierno Regional de Ancash, emite opinión favorable sobre la modifi cación de Artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Terminal Portuario de Chimbote; Que, mediante Ofi cio Nº 178-2012-REGION ANCASH/ GGR/GRPPAT, el Gerente General del Gobierno Regional de Ancash, remite al Pleno de Consejo Regional el Proyecto de Ordenanza sobre Modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones del Terminal Portuario de Ancash. En Sesión Ordinaria de Consejo Regional, realizada en la ciudad de Piscobamba, el día 13 de Noviembre del 2012, visto el Ofi cio Nº 017-2012-GRA/CPPAT, instrumento por el cual la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial remite el Dictamen Nº 008-2012-GRA/CPPAT, sobre Proyecto de Ordenanza Regional referido a Modifi car el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Terminal Portuario de Chimbote del Gobierno Regional de Ancash; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; El Consejo Regional de Ancash en uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias Leyes Nros. 27902, 28961, 28968 y 29053 y demás normas pertinentes; y estando a lo acordado por Unanimidad en Sesión Ordinaria, de fecha 13 de Noviembre del año dos mil doce y con la dispensa del trámite de la aprobación del acta; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL TERMINAL PORTUARIO DE CHIMBOTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH, Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo 7, del Reglamento de Organización y Funciones del Terminal Portuario de Chimbote, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 010-2012-REGION ANCASH/CR, debiendo quedar redactado como sigue: “Artículo 7.- 01.1 Del Directorio. Es el órgano colegiado y de máximo nivel jerárquico, responsable de determinar las políticas y acciones necesarias para el logro de los objetivos y metas del Terminal Portuario de Chimbote, en concordancia con los lineamientos de política regional y nacional, asumiendo la supervisión de la administración general del Terminal Portuario de Chimbote. El Directorio del Terminal Portuario de Chimbote está integrado por los siguientes funcionarios y/o representantes; El Presidente Regional del Gobierno Regional o su representante, quien preside el Directorio, Gerente Regional de Desarrollo Económico, Gerente Regional de Infraestructura, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Director Regional de Transporte y Comunicaciones de Ancash y un representante de la Autoridad Portuaria Regional de Ancash. Son atribuciones y funciones del Directorio las siguientes: 1. Elaborar y proponer al Gobierno Regional de Ancash y organismos competentes, el Plan Maestro Portuario e informar anualmente sobre el cumplimiento de las metas. 2. Establecer y dirigir los lineamientos de política del Terminal Portuario de Chimbote en concordancia con las políticas de desarrollo nacional y regional, 3. Proponer al Gobierno Regional de Ancash el Reglamento de Organización y funciones del Terminal Portuario de Chimbote para su aprobación. 4. Aprobar el Presupuesto, Organización y funcionamiento interno de la institución, basándose en criterios de racionalidad y efi ciencia indispensables para su operación. 5. Designar y remover al Gerente General. 6. Evaluar y aprobar las propuestas del Gerente en materia de Planifi cación, normatividad, vigilancia y control de los servicios y actividades portuarias. 7. Disponer la formulación de los planes generales de desarrollo portuarias. 8. Disponer la adquisición de activos necesarios para las actividades portuarias. 9. Nombrar, designar y remover en su caso, a los Gerentes de Área y Jefes de Ofi cina. 10. Revisar y dar conformidad a los Estados Financieros y la Memoria Anual del Terminal Portuario de Chimbote, con el fi n de presentarlos al Gobierno Regional de Ancash para su aprobación. 11. Proponer la Estructura Orgánica, el Cuadro para Asignación de personal – CAP, y sus modifi caciones para su aprobación por el Gobierno Regional de Ancash. 12. Supervisar el cumplimiento de los acuerdos de Directorio. 13. Proponer la política y estructura remunerativa del Terminal Portuario de Chimbote. 14. Proponer el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA para su aprobación por el Gobierno Regional de Ancash. 15. Aprobar el Manual de Organización y Funciones – MOF, del Terminal Portuario de Chimbote, los Reglamentos de Tarifas, de Seguridad, de Operaciones, de Personal y otros que requiera las administrativas del Terminal Portuario de Chimbote. 16. Aprobar la Baja de Activos Fijos. 17. Aprobar la venta o donación de los bienes de activos fi jos. 18. Nombrar Comités, cuando lo estime necesario, para supervisar el cumplimiento de las actividades del Terminal Portuario de Chimbote, así como de los acuerdos que adopte el Directorio.